Sobre cuándo se deben jubilar Sus Señorías

Lunes 27 de Marzo 2017

El tema tiene rango constitucional, porque la mayoría menemista desconoció la reforma de 1994 e hizo los cargos vitalicios. El caso Schiffrin y el amparo de la suprema Highton de Nolasco.
La Corte Suprema ya tiene los votos definidos para cambiar la llamada “doctrina Fayt” y establecer que los jueces no tienen cargos vitalicios sino que deben jubilarse a los 75 años. El fallo está casi terminado y se conocería en las próximas semanas. No será unánime pero tiene mayoría. El caso que resolverá el máximo tribunal es una demanda promovida por el juez de la Cámara Federal de La Plata Leopoldo Schiffrin y pondría a unos setenta jueces en situación de tener que retirarse. La sentencia será un modo de ratificar el texto de la reforma constitucional de 1994, que la vieja mayoría automática menemista había desconocido para que Carlos Fayt siguiera en su puesto y con miras a futuras jubilaciones. 
 
La proximidad de esta sentencia explica, en buena medida, que la jueza Elena Highton de Nolasco se haya apurado en conseguir un amparo de un juez contencioso administrativo para poder continuar después de su cumpleaños, que será en diciembre próximo. Presentó su demanda sobre fines del año pasado y en febrero el juez Enrique Lavié Pico le dio la razón, invocando el fallo del caso Fayt. Antes de la resolución el Gobierno amagó con rechazar el pedido de continuidad de la jueza, pero a la hora de apelar resolvió desistir, lo que dejó firme el amparo favorable a Highton. 
 
En una Corte de cinco integrantes, tres hacen mayoría. Por eso no importa que Highton ahora se excuse para resolver el planteo de Schiffrin, al haber estado implicada en un reclamo personal sobre el tema, y que Carlos Rosenkrantz vote por reconocer la continuidad después de los 75 años, como tiene pensado hacerlo. Entre Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti harán la sentencia que cambiará el rumbo de la doctrina que primó hasta ahora, que fue producto de un fallo de la Corte de los tiempos de la mayoría menemista que en 1999 le dio la razón a Fayt y le permitió seguir un camino que no abandonaría hasta los 97 años, cuando ya era insostenible su continuidad en el tribunal.  
 
Cristina Fernández de Kirchner fue quien puso el dedo en la llaga  cuando cuestionó a Fayt públicamente en un acto en Río Gallegos, en junio de 2013, en momentos en que impulsaba una reforma democratizadora de la “Justicia”. El debate se generalizó, tiempo después, con un pedido del entonces jefe de gabinete Aníbal Fernández ante la comisión de juicio político de la Cámara de Diputados para que hicieran una evaluación psicofísica del fallecido supremo. Su situación tenía un contraste fuerte con la renuncia de Raúl Zaffaroni al alto tribunal que se anticipó a su cumpleaños número 75, con una carta dirigida a la ex presidenta en la que le decía que dejaba su lugar, no sólo porque lo marca la Constitución, sino porque está convencido de que el carácter vitalicio de los jueces es un rasgo propio de los sistemas monárquico.
 
La Constitución de 1994 establece que la edad jubilatoria de los jueces y juezas es a los 75 años, con posibilidad de continuar cinco años más (que se pueden renovar indefinidamente) si consiguen acuerdo del Senado. Cuando el reclamo de Fayt para seguir en el cargo llegó  a la propia Corte, ninguno de los jueces se excusó (pese a que era obvio que el caso tocaba un tema que les incumbía personalmente, a futuro). El entonces procurador Nicolás Becerra advirtió sobre ese punto y los recusó, pero a los ex supremos no les hizo ni cosquillas. La mayoría automática en pleno hizo algo insólito: declaró nulo el inciso 4 del artículo 99 de la Constitución, ya que consideró que los convencionales constituyentes se habían extralimitado al incluir la cuestión de la duración de los jueces en sus cargos. Decían que la cuestión de la “inamovilidad” no había sido incluido entre los temas que previó el Congreso ni en el Núcleo de Coincidencias Básicas. El único supremo que no votó nada fue Enrique Petracchi (a la larga, al cumplir sus 75, presentó una demanda invocando aquel fallo, con la conciencia tranquila). Gustavo Bossert hizo una disidencia parcial. 
 
Los efectos de aquella sentencia persisten hasta el día de hoy. Cada vez que un juez llega a la edad de jubilarse e inicia una demanda, es cantado que en primera instancia le irá bien, porque los jueces y juezas -además de proceder con el espíritu de cuerpo que caracteriza a muchos de ellos/as- toman al pie de la letra el precedente “Fayt”. En la Corte calculan que alrededor de 70 jueces/as pasaron ya los 75 años, por lo tanto al cambiar el criterio deberían jubilarse. No todos inician una demanda para conseguir que un fallo los confirme. Schiffrin lo hizo, el expediente llegó a la  Corte y será el que los jueces utilicen para resolver. 
 
Una particularidad de la Corte actual es que dos de sus integrantes fueron convencionales constituyentes en 1994: Rosatti y Maqueda. Como era predecible, se pondrán firmes en defender su propia redacción. Ambos están convencidos de que la constituyente estaba facultada para tratar el límite de edad de los jueces, al menos de manera implícita, dentro del universo de cuestiones que había habilitadas desde el Congreso. Dentro de eso, dirán, la asamblea es soberana. 
 
Alrededor de la situación de Highton, que salió invicta en esta pelea, se tejen especulaciones. Puertas adentro del máximo tribunal le atribuyen un pacto con el Gobierno para hacer un contrapeso interno a Lorenzetti. Ella ha deslizado en su círculo cercano que teme dejar el único lugar que les queda a las mujeres en la Corte. 
Con información de pagina12

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