SANTA FE
Condenaron a 17 años de prisión a un hombre por abusar del hijo de su pareja
Martes 10 de
Septiembre 2019
Se trata de Aldo Exequiel Núñez de 38 años. La pena fue impuesta por unanimidad en el marco de un juicio oral que finalizó hoy en los tribunales de Santa Fe
Un hombre de 38 años identificado como Aldo Exequiel Núñez fue condenado a 17 años de prisión por cometer delitos contra la integridad sexual en Santo Tomé en perjuicio de un niño menor de edad, hijo de la mujer que era su pareja.
La pena fue resuelta por unanimidad por los jueces Sergio Carraro (presidente), José Luis García Troiano y Héctor Gabriel Candioti en el marco de un juicio oral que finalizó esta mañana en los tribunales de la ciudad de Santa Fe.
Núñez fue condenado por ser autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal calificado (por la guarda y por la convivencia preexistente con una víctima menor de 18 años) en reiteradas oportunidades, en concurso real con el delito de promoción a la corrupción de menores agravada (por la guarda y por la intimidación).
Por su parte, fue absuelto por el beneficio de la duda (in dubio pro reo) de la autoría del delito de abuso sexual simple calificado en perjuicio de una joven mayor de edad, hermana del niño abusado.
Unanimidad
La investigación de los hechos delictivos estuvo a cargo de la fiscal Alejandra Del Río Ayala, quien en el debate oral estuvo acompañada por el fiscal Federico Grimberg.
Luego de conocer la sentencia, los funcionarios del MPA valoraron “la decisión de los magistrados de condenar al acusado”. También destacaron que “impusieron una pena elevada que se aproxima a los 20 años de prisión que habíamos solicitado desde la Fiscalía. Además, la decisión fue por unanimidad”.
“Los ilícitos fueron cometidos entre 2011 y 2012, es decir, hace más de nueve años”, recordó Del Río Ayala. También se refirió a los ilícitos y dijo que “como ocurre en muchos de estos casos, el padecimiento interno de las víctimas imposibilita que puedan contar lo ocurrido inmediatamente después de sufrir los abusos. Además –agregó la fiscal–, cuando son abusos reiterados hay un sometimiento de base que impide que puedan hablar y lo hacen recién varios años después, como en este caso”.
Del Río Ayala también se refirió a la absolución que resolvió el tribunal. “Era un abuso simple del que no se hizo entrevista en cámara Gesell, pero sí contamos con la declaración de la víctima en el juicio. No obstante, son casos de difícil prueba porque son hechos ocurridos en la clandestinidad, entre cuatro paredes, sin testigos y que no dejan huellas físicas”, sostuvo la fiscal.
Por su parte, el fiscal Grimberg concluyó que “aguardaremos los fundamentos de los magistrados para analizar los pasos a seguir”.
La pena fue resuelta por unanimidad por los jueces Sergio Carraro (presidente), José Luis García Troiano y Héctor Gabriel Candioti en el marco de un juicio oral que finalizó esta mañana en los tribunales de la ciudad de Santa Fe.
Núñez fue condenado por ser autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal calificado (por la guarda y por la convivencia preexistente con una víctima menor de 18 años) en reiteradas oportunidades, en concurso real con el delito de promoción a la corrupción de menores agravada (por la guarda y por la intimidación).
Por su parte, fue absuelto por el beneficio de la duda (in dubio pro reo) de la autoría del delito de abuso sexual simple calificado en perjuicio de una joven mayor de edad, hermana del niño abusado.
Unanimidad
La investigación de los hechos delictivos estuvo a cargo de la fiscal Alejandra Del Río Ayala, quien en el debate oral estuvo acompañada por el fiscal Federico Grimberg.
Luego de conocer la sentencia, los funcionarios del MPA valoraron “la decisión de los magistrados de condenar al acusado”. También destacaron que “impusieron una pena elevada que se aproxima a los 20 años de prisión que habíamos solicitado desde la Fiscalía. Además, la decisión fue por unanimidad”.
“Los ilícitos fueron cometidos entre 2011 y 2012, es decir, hace más de nueve años”, recordó Del Río Ayala. También se refirió a los ilícitos y dijo que “como ocurre en muchos de estos casos, el padecimiento interno de las víctimas imposibilita que puedan contar lo ocurrido inmediatamente después de sufrir los abusos. Además –agregó la fiscal–, cuando son abusos reiterados hay un sometimiento de base que impide que puedan hablar y lo hacen recién varios años después, como en este caso”.
Del Río Ayala también se refirió a la absolución que resolvió el tribunal. “Era un abuso simple del que no se hizo entrevista en cámara Gesell, pero sí contamos con la declaración de la víctima en el juicio. No obstante, son casos de difícil prueba porque son hechos ocurridos en la clandestinidad, entre cuatro paredes, sin testigos y que no dejan huellas físicas”, sostuvo la fiscal.
Por su parte, el fiscal Grimberg concluyó que “aguardaremos los fundamentos de los magistrados para analizar los pasos a seguir”.
Con información de
UNO

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