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Empresarios piden la Ley de Góndolas: "En Argentina no se puede competir"

Jueves 19 de Septiembre 2019

El empresario Víctor Fera, dueño de los supermercados mayoristas "Maxiconsumo", reclamó hoy una Ley de Góndolas para evitar la concentración de mercado, ya que a su criterio en la Argentina "no se puede competir".
No debería haber concentración en el mercado. La Argentina tiene que ser un país normal, donde se pueda competir. Acá no es así: no todos tenemos derecho a competir. Y el Estado no está haciendo nada", se quejó el ejecutivo.
 
Según Fera, "necesitamos una Ley de Góndolas bien clara, que marque bien las cosas y que no deje grises para que no haya abusos".
 
En declaraciones radiales, Fera advirtió que el país "está en una situación muy difícil. Hoy la gente tiene menos plata que en 2001. Y si continúan subiendo los precios, la gente no va a poder comer".
 
En ese sentido, resaltó: "Los empresarios tenemos que ser responsables, no subir los precios por subir. Cuanta más necesidad tiene la gente, peor nos va a todos".
 
"Es una locura que un país como la Argentina viva esta situación. La devaluación y la especulación de las grandes empresas hacen que la inflación se dispare. Hay una desconfianza muy grande hacia el Estado, por muchas medidas que han hecho que la credibilidad se haya perdido y, cuando se pierde eso, se pierde todo el timón", enfatizó.
 
El diputado porteño del GEN, Sergio Abrevaya, impulsor del proyecto de Ley, señaló a Radio Continental que el objetivo es que " haya al menos 5 proveedores por producto y a mediano plazo que ninguna marca ocupe más del 30% de cada rubro".
 
"Queremos que ninguna marca tenga más del 40% del espacio de cada producto" explicó Abrevaya.
 
¿En qué consiste la Ley de Góndolas?
 
En 2016, el ex ministro de Economía, Alfonso Prat Gay, manifestó el interés del Gobierno nacional por impulsar una ley que ayudara al desarrollo de las economías regionales y a las pymes y ejemplificó con el caso de Ecuador. 
 
Entre los puntos clave de la Ley de Góndolas ecuatoriana se destacan algunos lineamientos como, por ejemplo, que las cadenas comerciales que vendan hasta 10.000 productos deben invertir el 10% de su facturación anual en productos nacionales, porcentaje que sube a 14% si el comercio ofrece más de 10.000 productos. 
 
Además, la normativa exige que el 20% de las góndolas debe estar ocupadas con productos nacionales y ningún producto o empresa puede ocupar más del 15% de la góndola.
 
Según establece la ley, está prohibido el establecimiento unilateral del precio por parte de los proveedores o de los supermercadistas, es decir, la fijación de precios es de común acuerdo entre las partes.
 
Las cadenas tienen plazos máximos de pago a proveedores y los más pequeños tienen prioridad. Por ejemplo, las deudas a las micro empresas deben ser canceladas en quince días, las de las pequeñas empresas en treinta, las medianas entre 31 y 15 y a las grandes empresas se les puede pagar dentro de los 46 a 60 días.
 
Por último, en lo que respecta a las obligaciones de los proveedores, éstos deben notificar a las cadenas acerca de cualquier circunstancia que pueda ocasionar desabastecimiento.
Con información de BAE Negocios

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