Entre Ríos: ordenan desmantelar un barrio privado porque provoca inundaciones
Miércoles 16 de
Octubre 2019
Para el Supremo Tribunal de Justicia, quedó “efectivamente patentizada la existencia de una alteración negativa del medio ambiente”, y por eso solicitó la “recomposición del ambiente, volviendo las cosas a su estado anterior”.
La Justicia entrerriana ordenó hoy la “demolición y desmantelamiento” del barrio náutico “Amarras”, situado en la localidad de Pueblo Belgrano -distrito Gualeguaychú-, por su “impacto negativo sobre el medio ambiente”, ya que las obras de elevación de la tierra que se hicieron para construirlo provocaron “la crecida del río e inundaciones”.
En el fallo que se conoció esta mañana, firmado por los vocales Claudia Mizawak, Juan Ramón Smaldone y Martín Carbonell, del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (Stjer), se ordenó además “dejar la zona en su estado anterior”.
En junio último la Municipalidad de Gualeguaychú había pedido la “paralización y demolición” del barrio, ya que “las obras de elevación de la tierra habían provocado la crecida del río y la evacuación de más de 150 personas”.
“La crecida repentina también generó que lugares emblemáticos, como el Parque Unzué, la costanera, caminos turísticos, clubes, playas, campos y barrios de la zona de la costanera y el puerto, quedaran bajo agua”, afirmaron.
La comuna agregó en esa ocasión que “Amarras era el único lugar no inundado de toda la zona” y que “el agua que los terrenos sobreelevados del barrio desplazaba ingresaba profundamente en el casco urbano, afectando zonas densamente pobladas”.
Los jueces entrerrianos señalaron que quedó “efectivamente patentizada la existencia de una alteración negativa del medio ambiente”, y por eso se solicitó la “recomposición del ambiente, volviendo las cosas a su estado anterior”.
La decisión se basa en “la prevención del daño futuro y la recomposición de la polución ambiental ya causada”, y ordena además un “resarcimiento pecuniario por los daños irreversibles”.
La justicia le dio 180 días a la empresa Altos de Unzué, encargada de la construcción del barrio, para “desmantelar” la zona, e instruyó a la Secretaría Ambiental de Gualeguaychú para “controlar el cumplimiento de la sentencia”.
En el fallo que se conoció esta mañana, firmado por los vocales Claudia Mizawak, Juan Ramón Smaldone y Martín Carbonell, del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (Stjer), se ordenó además “dejar la zona en su estado anterior”.
En junio último la Municipalidad de Gualeguaychú había pedido la “paralización y demolición” del barrio, ya que “las obras de elevación de la tierra habían provocado la crecida del río y la evacuación de más de 150 personas”.
“La crecida repentina también generó que lugares emblemáticos, como el Parque Unzué, la costanera, caminos turísticos, clubes, playas, campos y barrios de la zona de la costanera y el puerto, quedaran bajo agua”, afirmaron.
La comuna agregó en esa ocasión que “Amarras era el único lugar no inundado de toda la zona” y que “el agua que los terrenos sobreelevados del barrio desplazaba ingresaba profundamente en el casco urbano, afectando zonas densamente pobladas”.
Los jueces entrerrianos señalaron que quedó “efectivamente patentizada la existencia de una alteración negativa del medio ambiente”, y por eso se solicitó la “recomposición del ambiente, volviendo las cosas a su estado anterior”.
La decisión se basa en “la prevención del daño futuro y la recomposición de la polución ambiental ya causada”, y ordena además un “resarcimiento pecuniario por los daños irreversibles”.
La justicia le dio 180 días a la empresa Altos de Unzué, encargada de la construcción del barrio, para “desmantelar” la zona, e instruyó a la Secretaría Ambiental de Gualeguaychú para “controlar el cumplimiento de la sentencia”.
Con información de
Aire de Santa Fe

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