Pirotecnia cero para los actos oficiales del gobierno provincial
Martes 31 de
Diciembre 2019
El gobierno de Santa Fe resolvió por decreto prohibir el uso de pirotecnia en actos oficiales.
El decreto Nº267 firmado por el gobernador Omar Perotti adhiere al decreto nacional Nº96 por el cual se prohíbe la adquisición y uso de artículos de pirotecnia, de estruendo o sonoros en eventos y espectáculos que se organicen por parte del sector público provincial.
La decisión fue informada, incluso, por el propio Perotti en sus redes sociales, junto con el senador capitalino Marcos Castelló.
En la ciudad de Santa Fe rige plenamente la ordenanza de Pirotecnia Cero, sancionada en 2017, pero cuyos alcances entraron completamente en vigencia en noviembre de este año.
El decreto provincial se basa en el artículo 41 de la Constitución Nacional, en cuanto establece que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano. Y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las generaciones futuras.
En ese sentido, el gobierno santafesino considera importante desempeñar su función promulgando y aplicando legislación rigurosa sobre el ruido derivado de actividades recreativas que afectan la vida de las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA). Asimismo, insta a todos los poderes del Estado provincial, a los Municipios y a las Comunas que no hayan adoptado aun disposiciones de similar tenor.
Excepciones
Por último, cabe señalar que quedan excluidos de dicha prohibición aquellos artificios pirotécnicos o explosivos utilizados para emitir señales de auxilio o emergencia, aquellos que sean de uso de la Policía de la Provincia o en acciones de defensa y protección civil.
La decisión fue informada, incluso, por el propio Perotti en sus redes sociales, junto con el senador capitalino Marcos Castelló.
En la ciudad de Santa Fe rige plenamente la ordenanza de Pirotecnia Cero, sancionada en 2017, pero cuyos alcances entraron completamente en vigencia en noviembre de este año.
El decreto provincial se basa en el artículo 41 de la Constitución Nacional, en cuanto establece que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano. Y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las generaciones futuras.
En ese sentido, el gobierno santafesino considera importante desempeñar su función promulgando y aplicando legislación rigurosa sobre el ruido derivado de actividades recreativas que afectan la vida de las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA). Asimismo, insta a todos los poderes del Estado provincial, a los Municipios y a las Comunas que no hayan adoptado aun disposiciones de similar tenor.
Excepciones
Por último, cabe señalar que quedan excluidos de dicha prohibición aquellos artificios pirotécnicos o explosivos utilizados para emitir señales de auxilio o emergencia, aquellos que sean de uso de la Policía de la Provincia o en acciones de defensa y protección civil.
Con información de
LT10