SAN JAVIER

La policía investigada por matar a su pareja en San Javier seguirá en prisión preventiva

Lunes 06 de Abril 2020

El juez de Cámara Sebastián Creus confirmó la medida cautelar impuesta en el mes de enero. Federico Rodríguez recibió un disparo en la puerta de la casa de la mujer y falleció en el acto.
La mujer policía de 41 años a la que se investiga como autora del homicidio de su pareja en San Javier continuará en prisión preventiva. La medida cautelar, que fue impuesta en primera instancia el jueves 16 de enero, fue confirmada por el juez de la Cámara de Apelaciones, Sebastián Creus.
 
El fiscal que investiga el ilícito es Francisco Cecchini, quien recordó que Tania Carolina C. es investigada como autora del delito de homicidio calificado (por el vínculo y por el empleo de arma de fuego). El hecho fue cometido el domingo 12 de enero y la víctima fue identificada como Federico Hermes Rodríguez.
 
La revisión de la prisión preventiva se realizó en una audiencia el pasado 10 de marzo, a pedido del abogado defensor particular de la imputada, Sebastián Oroño, quien cuestionó la resolución emitida por la jueza de baja instancia, Rosana Carrara.
 
 
Infundada
 
Para Oroño, la jueza Carrara impuso la prisión preventiva sin justificar el riesgo de fuga o de entorpecimiento probatorio por parte de la imputada. En la audiencia, el letrado sostuvo que fue la mujer quien alertó a la policía y llamó a la ambulancia tras el disparo, y que en ningún momento intentó frustrar la investigación o modificar la escena del crimen. Incluso indicó donde estaba el arma, y en el lugar se encontró una vaina servida, recordó el defensor.
 
En cuanto al riesgo de fuga, Oroño remarcó que la mujer tiene arraigo familiar y laboral: es madre de tres hijos, dos de ellos de cinco años, y tiene dos trabajos -policía y docente.
 
En la audiencia, el defensor solicitó que se revoque la prisión preventiva impuesta por Carrara, o en su defecto sea otorgada la prisión domiciliaria, especialmente para poder atender a los dos niños pequeños.
 
Vecinos y testigos
 
A su turno el fiscal Cecchini solicitó que se confirme la resolución de la magistrada de baja instancia, ya que en caso de que la imputada vuelva al lugar donde ocurrió el hecho, desalentaría a los vecinos a prestar testimonio. “También entre esos testigos hay posibilidad que haya menores de edad. Era un día de enero a la siesta. Los únicos que estaban jugando en la calle eran los hijos de los vecinos. Toda esa prueba se vería frustrada si ella volviera a ser vecina”, insistió el fiscal.
 
Para Cecchini también está vigente el peligro de fuga, dado a la pena en expectativa de prisión perpetua que enfrenta la imputada. En este sentido el fiscal recordó que “el homicidio de Rodríguez –que tenía 20 años al momento de su muerte– fue cometido en la parte externa de la casa de la imputada, ubicada en calle Pueblo Mocoví al 1.500”. En tal sentido, señaló que “la mujer le disparó intencionalmente con una pistola calibre 9 milímetros que tenía en su poder como arma reglamentaria a raíz de que integra la policía de la provincia de Santa Fe”.
 
 
¿Violencia?
 
Al igual que en la audiencia de prisión preventiva, la mujer solicitó declarar ante el camarista e insistió en que Rodríguez era violento con ella. En tanto expresó que ella no es una persona agresiva ni violenta, y que sus hijos tenían un ambiente de armonía. “Están hoy separados, están viviendo con mis hermanas que tienen su trabajo. Hay momento que deben quedar solos”, remarcó. La imputada reiteró que Rodríguez era violento con ella, y que ella le tenía terror.
 
Entorpecimiento
 
El juez de la Cámara de Apelaciones, Sebastián Creus, resolvió mantener la prisión preventiva de la imputada por considerar que en el presente caso “tiene central importancia no solo los testimonios de familiares sino, especialmente, los vecinos”. El camarista remarcó que “ queda claro que el hecho se produjo en la puerta -o en sus proximidades- de la vivienda de la imputada y, los vecinos, escucharon el disparo, eventualmente observaron el cadáver en la acera, etc.- Siendo así, la presencia de la imputada en su domicilio, favorecerá los contactos con esos vecinos y, aún en el caso que se pueda confiar en que respetará estrictamente una prohibición de contacto, éste resulta inevitable por la sola proximidad”.
 
Para Creus, “es válido razonar que, los vecinos, por la sola observación de la imputada en su vivienda (quien produjo el hecho violento, es policía), se sientan condicionados”. Esta última situación, unida a la pena en expectativa de prisión perpetua resulta indicio suficiente de peligro de entorpecimiento probatorio.
 
“Es válido razonar que, los vecinos, por la sola observación de la imputada en su vivienda (quien produjo el hecho violento, es policía), se sientan condicionados”
 
Creus coincidió con el defensor que la mujer imputada “tuvo una actitud inmediata de sometimiento, advirtiendo del hecho. Inmediatamente llamó a Oficiales superiores suyos con responsabilidad funcional en la investigaciones de la zona. (…) ni esos oficiales hicieron algo que pudiera ser interpretado como dilatorio o favorecedor de la posición de la imputada, ni se impidió la investigación ulterior”, remarcó en su resolución.
 
Por último, el camarista remarcó el carácter provisorio de su resolución, y que “lo es exclusivamente en este momento del proceso y solo tendría valor si se realiza rápidamente el juicio”. Para Creus, el hecho de que no se cuestione la materialidad ni la autoría del hecho en responsabilidad de la imputada, sino la existencia de un contexto de violencia que pueda beneficiar la situación de la mujer, “no existe razón alguna que justifique demorar en la elevación a juicio en algunos breves meses más”.
Con información de Aire de Santa Fe

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