SANTA FE

La provincia confirmó que los viveros están autorizados para trabajar

Viernes 24 de Abril 2020 - 08:53

El gobierno de Santa Fe indicó que este rubro está incluido dentro de las excepciones previstas por el artículo referido a la “producción, distribución y comercialización agropecuaria”
En el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio, el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología de Santa Fe, a través de la Secretaría de Agroalimentos, aclaró que están autorizadas las actividades vinculadas a la producción y comercialización de plantas forestales, ornamentales, aromáticas, medicinales, flores y follaje de corte. O sea el trabajo de los viveros.
 
Al mismo tiempo, indican que la venta mayorista y minorista se debe hacer en forma online o vía telefónica y el reparto a domicilio. Y el ingreso a los locales se debe realizar dentro de las normativas sanitarias vigentes.
 
El gobierno provincial precisó que esas actividades se encuentran incluidas dentro de las excepciones previstas por el artículo 6 inciso 13 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional, correspondiente a la “producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca”.
 
Este rubro se encuentra excluido de la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” establecida por los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 297/20, 325/20 y 355/20 del Poder Ejecutivo Nacional, a los cuales la provincia de Santa Fe adhirió mediante los Decretos N° 270/20, 304/20 y 328/20.
 
Asimismo, aclaran que los establecimientos y las personas involucradas en el rubro deberán apegarse y cumplimentar estrictamente las normas, recomendaciones e instrucciones de las autoridades competentes, especialmente en materia sanitaria, incorporando y haciendo cumplir los protocolos vigentes.
 
También remarcan la necesidad de respetar la organización por turnos para la prestación de tareas, adecuando los modos de trabajo, los traslados a tales efectos, garantizando las condiciones de higiene y seguridad exigidas, “bajo apercibimiento de ser pasibles en caso contrario de las sanciones contempladas normativamente”.
 
Asimismo, la resolución establece que toda venta mayorista y/o minorista se realizará a través de plataformas de comercio electrónico o venta telefónica, con la modalidad de entrega a domicilio, y el ingreso de clientes a los locales se efectuará con turnos previos y de a una persona por vez con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística.
Con información de Rosario3

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