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Córdoba
Alcoholemia cero: arrancaron los controles en las rutas
Martes 11 de
Marzo 2014
Durante 90 días informarán a los conductores las penas que les correspondería en caso de que tomen alcohol. El operativo está enmarcado en la nueva ley de tránsito. Los castigos pueden alcanzar los 12 mil pesos
Con campañas de concientización y difusión, comenzó a regir desde ayer en Córdoba el programa "Alcoholemia Cero" en todas las rutas de la provincia. La tarea informativa se extenderá por 90 días y luego regirá el cobro de las multas a los infractores, informaron las autoridades.

Los controles entraron en funcionamiento en virtud de la Ley de Tránsito 10.181, que también entró en vigencia desde este lunes y baja el nivel máximo de alcohol en sangre para los conductores de automóviles de 0,4 a cero gramo por litro de sangre.
Durante tres meses, la normativa correrá solo para constatar infracciones y comunicar a los conductores la pena que les hubiera correspondido por sus respectivas faltas, quedando excepcionalmente, y por única vez, exentos de la aplicación de la sanción.
Concluidos esos 90 días corridos, la Policía Caminera cordobesa aplicará las sanciones previstas en la ley, para los casos en que se detecten tasas de alcoholemia superiores a cero gramos por litro de sangre. La norma fue aprobada en diciembre pasado y el Gobierno consideró que los meses de la temporada turística debían servir para concientizar a los conductores.
Los castigos se medirán en función de la cantidad de gramos presentes por mil centímetros cúbicos de sangre. Cuando la tasa de alcoholemia sea superior a 0,4 gramo, corresponderá el pago de 200 unidades fijas (2.000 pesos aproximadamente) más la inhabilitación para conducir por un máximo de tres meses. Para transportes de pasajeros, mercancías, y servicios de salud, rige esa penalidad si se detecta la ingesta y alcanza hasta 0,2 gramo.
Entre 0,4 gramo y menor a 0,55 gramo, cuatro mil pesos, más la inhabilitación por un máximo de seis meses; superior a 0,55 gramo y menor a 1 gramo, 8.000 pesos, más la inhabilitación para manejar por un máximo de un año; y más de 1 gramo, una sanción económica de 12 mil pesos, más la inhabilitación por un máximo de un año.
Los conductores estarán obligados a aceptar los controles de alcoholemia, que consistirán en la verificación del aire aspirado mediante alcoholímetros autorizados. El personal policial que practique este tipo de control está obligado a suministrar a cada conductor una boquilla esterilizada y descartable, dentro de envases inviolables.
La suspensión de la licencia de conducir y la inhabilitación del conductor, determinada por la autoridad de juzgamiento, con validez en todo el territorio nacional.
También se prevé que las municipalidades y comunas suscriban un convenio con el Ministerio de Gobierno y Seguridad local para la realización de los controles de alcoholemia en calles y avenidas, dentro de sus radios urbanos.
Entre enero y febrero, la Policía Caminera provincial labró un total de 97974 actas. De ellas, 1961 detectaron alcoholemia positiva. Al menos hasta la puesta en vigor de la ley 10.181, la cantidad de apercibimientos por ingesta de alcohol siempre era inferior a otras causas, como la velocidad excesiva, el adelantamiento debido o no respetar señales.

Los controles entraron en funcionamiento en virtud de la Ley de Tránsito 10.181, que también entró en vigencia desde este lunes y baja el nivel máximo de alcohol en sangre para los conductores de automóviles de 0,4 a cero gramo por litro de sangre.
Durante tres meses, la normativa correrá solo para constatar infracciones y comunicar a los conductores la pena que les hubiera correspondido por sus respectivas faltas, quedando excepcionalmente, y por única vez, exentos de la aplicación de la sanción.
Concluidos esos 90 días corridos, la Policía Caminera cordobesa aplicará las sanciones previstas en la ley, para los casos en que se detecten tasas de alcoholemia superiores a cero gramos por litro de sangre. La norma fue aprobada en diciembre pasado y el Gobierno consideró que los meses de la temporada turística debían servir para concientizar a los conductores.
Los castigos se medirán en función de la cantidad de gramos presentes por mil centímetros cúbicos de sangre. Cuando la tasa de alcoholemia sea superior a 0,4 gramo, corresponderá el pago de 200 unidades fijas (2.000 pesos aproximadamente) más la inhabilitación para conducir por un máximo de tres meses. Para transportes de pasajeros, mercancías, y servicios de salud, rige esa penalidad si se detecta la ingesta y alcanza hasta 0,2 gramo.
Entre 0,4 gramo y menor a 0,55 gramo, cuatro mil pesos, más la inhabilitación por un máximo de seis meses; superior a 0,55 gramo y menor a 1 gramo, 8.000 pesos, más la inhabilitación para manejar por un máximo de un año; y más de 1 gramo, una sanción económica de 12 mil pesos, más la inhabilitación por un máximo de un año.
Los conductores estarán obligados a aceptar los controles de alcoholemia, que consistirán en la verificación del aire aspirado mediante alcoholímetros autorizados. El personal policial que practique este tipo de control está obligado a suministrar a cada conductor una boquilla esterilizada y descartable, dentro de envases inviolables.
La suspensión de la licencia de conducir y la inhabilitación del conductor, determinada por la autoridad de juzgamiento, con validez en todo el territorio nacional.
También se prevé que las municipalidades y comunas suscriban un convenio con el Ministerio de Gobierno y Seguridad local para la realización de los controles de alcoholemia en calles y avenidas, dentro de sus radios urbanos.
Entre enero y febrero, la Policía Caminera provincial labró un total de 97974 actas. De ellas, 1961 detectaron alcoholemia positiva. Al menos hasta la puesta en vigor de la ley 10.181, la cantidad de apercibimientos por ingesta de alcohol siempre era inferior a otras causas, como la velocidad excesiva, el adelantamiento debido o no respetar señales.
Con información de
infobae

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