25 DE ABRIL 2024

La AFIP posterga el plazo para presentar las declaraciones de Ganancias y Bienes Personales

Jueves 08 de Junio 2023

El organismo conducido por Carlos Castagneto fijó como nuevas fechas el 22, 23 y 26 de junio, al tiempo que para ingresar el pago habrá tiempo desde el 23 y al 28 del mismo mes.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) postergó el plazo para la presentación de declaraciones juradas del impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales de acuerdo a la terminación de CUIT.
 
El organismo conducido por Carlos Castagneto anunciará este viernes, a través de la Resolución General 5367/2023 del Boletín Oficial, como nuevas fechas el 22, 23 y 26 de junio. Además, establecerá que para ingresar el pago, las personas tendrán tiempo desde el 23 hasta el 28 del mismo mes.
 
Los contribuyentes obligados a pagar y presentar el impuesto a los Bienes Personales son quienes posean bienes gravados que superen al 31 de diciembre de 2022 los $11.282.141,08. La vivienda única y de uso permanente (casa habitación) no será incluida en el impuesto en la medida en que sea inferior a $56.410.705,41.
 
Por su parte, las declaraciones juradas correspondientes al Impuesto Cedular, se podrán presentar desde el 22 al 26 de junio, inclusive, en tanto el plazo para integrar el pago irá del 23 al 28 de junio inclusive.
 
Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales: cuándo se podrá presentar las declaraciones juradas
- El calendario de vencimientos operará de acuerdo a la terminación de la CUIT de cada contribuyente, de la siguiente forma
- Para los CUIT terminados en 0 - 1 - 2 y 3, la fecha de presentación será el 22 de junio, inclusive, mientras que la fecha de pago el 23, inclusive.
- Para los CUIT terminados en 4 - 5 y 6, la fecha de presentación será el 23 de junio, inclusive y el pago hasta el 26 de junio inclusive.
- Para los CUIT terminados en 7 - 8 y 9, la fecha de presentación será el 26 de junio y el pago será hasta el 28 de junio inclusive.
 
Extensión de plazos: cuándo vence el impuesto Cedular
El impuesto cedular se presenta de manera anual y se aplica sobre ingresos financieros generados durante el período.
 
Para los CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3 la fecha de presentación será el 22 de junio, mientras que la fecha de pago el 23.
- A los finalizados en 4, 5 y 6, la presentación será el 23 de junio y el pago se extenderá al 26 del mes.
- Para los terminados en 7, 8 y 9, la fecha de presentación será el 26 de junio, en tanto que la fecha de pago se extendió al 28.
 
Cómo presentar la declaración jurada de Ganancias, Bienes Personales e Impuesto Cedular
En el caso de Impuesto a las Ganancias y del Impuesto Cedular se realizan:
 
- A través del servicio con clave fiscal “Ganancias Personas Humanas – Portal integrado”.
 
Mientras que el Impuesto sobre los Bienes Personales, la presentación se realiza:
 
- Mediante el servicio web con clave fiscal “Bienes Personales Web”.

Con información de TN

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