Con los cambios, el gobierno subió de 3 a 30 el número de personas habilitadas para reunirse en el espacio público

Lunes 22 de Enero 2024

A pesar de que la ministra Patricia Bullrich dijo que se quitaría ese artículo del proyecto de ley ómnibus, solo se modificó el número a partir del cual pasa a considerarse como una “manifestación”
En medio de otros cambios que son motivo de debate entre el gobierno y la oposición, el borrador del dictamen del megaproyecto de Javier Milei incorporó un artículo en el que define como “reunión” o “manifestación” a la agrupación de 30 personas, o más, en el espacio público. Esta regulación fue uno de los puntos que la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, había afirmado que se eliminaría del articulado de la ley ómnibus, tras la polémica que generó que el número del texto original fuera de solo tres personas.
 
“Entiendo la razón de por qué ha podido haber una mala interpretación del artículo 331, que plantea que se debería pedir un permiso para una reunión de tres personas. Ese artículo está vinculado a la Ley del Tránsito y no a la ley en general. Quizás deberíamos haber puesto que ese artículo era el inciso final del artículo que cambiamos de la ley de Tránsito. Para facilitar la discusión, porque da lo mismo cuántos cortan el tránsito, les vengo a decir que vamos a retirar ese artículo”, había dicho la funcionaria cuando expuso ante el plenario de comisiones de la Cámara de Diputados sobre las reformas en su área previstas en el proyecto de ley ómnibus.
 
Sin embargo, este ordenamiento no fue quitado. Solo se incrementó -de tres a 30- la cantidad de personas a partir de las que se considera que componen una “manifestación”. El resto de las definiciones, como la restricción para congregarse con niños menores de 13 años, la imposibilidad de bloquear la calle y la obligatoriedad de responsabilizar a los organizadores de los daños ocasionados, persisten en el detalle del texto.
 
Además, se estipula que “toda reunión o manifestación deberá ser notificada fehacientemente ante el Ministerio de Seguridad de la Nación, con una antelación no menor de cuarenta y ocho (48) horas”. Allí, se deberán detallar las características de la manifestación, los datos de la persona humana o jurídica que la organiza detallando nombres propios y datos personales de sus organizadores, delegados o autoridades, independientemente de que participen o no de la reunión o manifestación; el objeto y finalidad, la ubicación y recorrido, tiempo de duración y cantidad estimada de convocados.
 
En el Capítulo I del texto enviado al Congreso se establece la sustitución del artículo 194 del Código Penal, que prevé penas de tres meses a dos años para quienes corten calles, elevándolas a penas de prisión de uno a tres años y seis meses. “El que, sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido con prisión de uno a tres años y seis meses”, señala el texto.
 
Entre otros puntos vinculados a la seguridad, la ley ómnibus agrava las penas (de dos a cuatro años de prisión) para quien porte un “arma propia, impropia, se causare daño a la integridad física de las personas”. Y el castigo se eleva con dos a cinco años de prisión para los organizadores de las manifestaciones, “estén o no presentes en la manifestación o acampe”.
 
Con información de La Nación

NOTA22.COM

Manuel Adorni: fin

El discurso moral con el que el Gobierno hizo campaña -donde el jefe de Gabinete fue la exageración de ese estilo-, le vuelve más costosos todos estos hechos sospechosos; el debilitamiento del sistema de poder de Karina Milei; Macri juega al ajedrez con Milei; el clima social rehabilita el juego político fuera de LLA

¿Qué es e Derecho procesal constitucional?

Para responder esta pregunta es necesario saber que el Derecho Procesal Constitucional es, en esencia, el "escudo de protección" de la Constitución. Mientras que el Derecho Constitucional nos dice qué derechos tenemos, el Procesal Constitucional nos dice cómo defenderlos cuando alguien intenta vulnerarlos.

Inflación detona rentabilidad de los plazos fijos tradicionales y revive el interés por los UVA

Los plazos fijos tradicionales están pagando menos tasa frente a una inflación más elevada de lo previsto. Así es la carrera que viene por la rentabilidad

Suscribite!
Y recibí las noticias más importantes!

Nota22.com
Conducen: Maxi Romero y Carlos Renna

LO MÁS VISTO
Goity: el músculo político baja… y el peso de las fotos también
Cuando un gobierno pierde volumen político, se nota… y bastante.
¿Cuáles son los desafíos actuales de la justicia?
Se trata de la prohibición de toda actividad relacionada al cuidado de vehículos en la vía pública; de la modificación del art.66 del del Código Procesal Penal Juvenil; y de la adhesión a la Ley Nacional 27786: Organizaciones criminales
Entre medidados y fines de 2026 podría consolidarse el evento climático, con riesgo de temperaturas récord, eventos meteorológicos extremos y un giro decisivo en la dinámica de precipitaciones del Cono Sur

arrow_upward