Monotributo: cómo serán las nuevas escalas y aportes según el paquete fiscal del Gobierno

Viernes 15 de Marzo 2024

El proyecto de Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes propone
El proyecto de Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes que está enviando el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional para su tratamiento propone una actualización de los valores para el Monotributo sensiblemente menores con respecto a los que se proponían en la fallida Ley Ómnibus. 
 
Según el borrador que comenzó a circular este jueves, el tope de ingresos brutos anuales para estar en el régimen sería de $35.000.000 para servicios (+193%) y $68.000.000 para venta de cosas muebles (+300%).
 
El precio máximo unitario de venta, solo en los casos de venta de cosas muebles, llevándolo de $180.589,67 a $385.000, aumentándolo un 113,2%.
 
También actualiza el importe mensual a pagar, tanto del componente impositivo como de los aportes jubilatorios y a la obra social.
 
Los nuevos montos van desde $26.100 para la categoría A a $133.097 para la categoría más alta de servicios y a $246.919 para venta de bienes.
 
Escalas Monotributo 20240314
 
Cuotas de Monotributo
 
La cuota total de la categoría A, la mas baja, se iría a $27.500 mensuales (hoy en $12.128), mientras que la H, la mayor de servicios, la cuota total sería de $179.597 (hoy en $66.111).
 
En tanto, para la categoría K, la más alta del rubro ventas, se iría a $409.41 mensuales (hoy en $106.964.-
 
Por su parte, la contribución del Régimen Nacional de Obras Sociales de las categorías de las categorías A, B y C pasará a ser de $13.800. De este momento, 10% se destinará al Fondo Solidario de Redistribución. 
 
Las otras categorías abonarán: 
 
- Categoría D: $16.400
- Categoría E: $19.000
- Categoría F: $22.000
- Categoría G: $25.000
- Categoría H: $29.000
- Categoría I: $33.000
- Categoría J: $38.000
- Categoría K: $44.000
 
Actualizaciones de escalas y cuotas de Monotiributo
 
Los montos limites de las escalas de facturación, y las cuotas a ingresar se actualizarán trimestralmente de acuerdo al IPC, según lo que detalla el proyecto en su articulado:  "Los montos máximos de facturación, los montos de alquileres devengados y los importes del impuesto integrado a ingresar, correspondientes a cada categoría de pequeño contribuyente, así como las cotizaciones previsionales y los importes consignados en el inciso c) del tercer párrafo del artículo 2°, en el inciso e) del segundo párrafo del artículo 31 y en el primer párrafo del artículo 32, se actualizarán trimestralmente a partir del mes de abril del año fiscal 2024, inclusive, por la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el (INDEC).
Con información de Perfil

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