Se recorta a la mitad la tasa de interés para deudas con AFIP
Lunes 20 de
Mayo 2024

La tasa de intereses resarcitorios será del 6,41% mensual y la de intereses punitorios, del 7,39%
A partir del mes próximo, se reducirá a la mitad la tasa de interés que corre cuando los contribuyentes se endeudan con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Se trata de una consecuencia de la baja de tasas de interés que viene realizando el Banco Central (BCRA) en las últimas semanas.
Para el bimestre de junio y julio, la tasa de interés resarcitorio por falta de pago en término de las obligaciones impositivas, previsionales y aduaneras disminuirá del 12,07% al 6,41% mensual.
Además, en el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños contribuyentes y entidades financieras sin fines de lucro, existen planes de pago con reducciones de las tasas de interés resarcitorios en un 40% o 50%.
En tanto, la tasa de intereses punitorios, deuda que se encuentra en gestión judicial, bajará del 13,93% actual al 7,39% mensual. Es decir, se hunde un 46,95%.
“Esta drástica disminución se debe a que el Banco Nación Argentina (BNA) ha bajado la tasa activa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitado previamente, utilizada como base para determinar la tasa de intereses”, dijo Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios.
A finales de enero, el Gobierno determinó un esquema de actualización automático bimestral para las tasas de interés resarcitorio y punitorio, con el objetivo de “estimular la cancelación en término de las obligaciones y obligaciones y evitar que los contribuyentes morosos financien sus actividades mediante el incumplimiento de los impuestos”.
Para eso, a través de una Resolución Oficial, se determinó que la tasa de interés resarcitorio sea 1,3 veces la tasa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitado previamente del Banco Nación, vigente el día 20 del mes inmediato anterior al inicio de cada bimestre; esta relación se fijó en 1,5 para la tasa de intereses punitorios. Pero consecuencia del constante recorte de tasas de interés del Banco Central en los últimos dos meses, el Banco Nación también adecuó estas tasas a la baja.
“A pesar de esta significativa disminución, la tasa de intereses resarcitorios sigue siendo superior a la que puede obtener un contribuyente mediante una inversión financiera. Esto busca evitar que algunos contribuyentes se financien con los impuestos y realicen inversiones financieras con mayor rendimiento, afectando las cuentas públicas”, agregó Domínguez.
Sin embargo, para el tributarista, el Ministerio de Economía todavía tiene “la asignatura pendiente” de fijar la misma tasa de interés para las devoluciones, acciones de repetición, entre otras que deudas que la AFIP tiene con los contribuyentes.
“No es justo que la AFIP cobre una tasa cuando el contribuyente se atrasa en el pago de sus obligaciones y no pague la misma tasa cuando se demora (y en muchos casos sin razones) en efectuar las devoluciones”, cerró.
Para el bimestre de junio y julio, la tasa de interés resarcitorio por falta de pago en término de las obligaciones impositivas, previsionales y aduaneras disminuirá del 12,07% al 6,41% mensual.
Además, en el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños contribuyentes y entidades financieras sin fines de lucro, existen planes de pago con reducciones de las tasas de interés resarcitorios en un 40% o 50%.
En tanto, la tasa de intereses punitorios, deuda que se encuentra en gestión judicial, bajará del 13,93% actual al 7,39% mensual. Es decir, se hunde un 46,95%.
“Esta drástica disminución se debe a que el Banco Nación Argentina (BNA) ha bajado la tasa activa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitado previamente, utilizada como base para determinar la tasa de intereses”, dijo Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios.
A finales de enero, el Gobierno determinó un esquema de actualización automático bimestral para las tasas de interés resarcitorio y punitorio, con el objetivo de “estimular la cancelación en término de las obligaciones y obligaciones y evitar que los contribuyentes morosos financien sus actividades mediante el incumplimiento de los impuestos”.
Para eso, a través de una Resolución Oficial, se determinó que la tasa de interés resarcitorio sea 1,3 veces la tasa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitado previamente del Banco Nación, vigente el día 20 del mes inmediato anterior al inicio de cada bimestre; esta relación se fijó en 1,5 para la tasa de intereses punitorios. Pero consecuencia del constante recorte de tasas de interés del Banco Central en los últimos dos meses, el Banco Nación también adecuó estas tasas a la baja.
“A pesar de esta significativa disminución, la tasa de intereses resarcitorios sigue siendo superior a la que puede obtener un contribuyente mediante una inversión financiera. Esto busca evitar que algunos contribuyentes se financien con los impuestos y realicen inversiones financieras con mayor rendimiento, afectando las cuentas públicas”, agregó Domínguez.
Sin embargo, para el tributarista, el Ministerio de Economía todavía tiene “la asignatura pendiente” de fijar la misma tasa de interés para las devoluciones, acciones de repetición, entre otras que deudas que la AFIP tiene con los contribuyentes.
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Con información de
La Nación
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