La Corte Suprema falló contra el “Señor Tabaco”: tendrá que pagar los impuestos que había evadido

Martes 28 de Mayo 2024

El empresario, propietario de Tabacalera Sarandí, había eludido el pago de estos tributos gracias a resoluciones judiciales previas que lo favorecían.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó una serie de medidas cautelares que habían permitido a Pablo Otero, más conocido como “Señor Tabaco”, evitar el pago de impuestos mínimos. El empresario, propietario de Tabacalera Sarandí, había eludido el pago de estos tributos gracias a resoluciones judiciales previas que lo favorecían.
 
La sentencia implica que Otero deberá cumplir con el pago de impuestos, enfrentando una deuda millonaria con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Este fallo establece que los tributos mínimos al tabaco son constitucionales y deben ser abonados “por todos los actores del mercado”, sin excepciones.
 
Pablo Otero había ganado una significativa participación en el mercado del tabaco mediante la venta de cigarrillos a precios muy bajos, amparado por medidas cautelares que le permitían evadir impuestos. Este crecimiento agresivo había puesto en jaque a competidores y al propio sistema fiscal.
 
Entre sus argumentos, la Corte Suprema subrayó las normas establecidas por el Congreso, como el impuesto interno mínimo a los cigarrillos, no pueden ser suspendidas mediante medidas cautelares sin un perjuicio concreto. En el caso de Tabacalera Sarandí, no se demostró un daño significativo que justificara la suspensión del impuesto.
 
También mencionó que la medida cautelar otorgada previamente generó una situación de desigualdad ante el fisco, ya que permitía a Tabacalera Sarandí vender cigarrillos a precios mucho más bajos que sus competidores, quienes sí cumplían con la normativa tributaria. Esto no solo afectaba a las ventas de las demás compañías, sino también a la recaudación fiscal del Estado.
 
La Corte tomó en cuenta las pérdidas significativas que ocasionaron al Estado. Desde 2016, se estima que los recursos fiscales perdidos ascienden a más de 2.517 millones de dólares. Solo en 2023, las pérdidas alcanzaron aproximadamente 202.500 millones de pesos.
 
El máximo tribunal recordó que anteriormente había revocado medidas cautelares similares, reiterando que no es posible suspender la aplicación de una ley con base en un perjuicio no demostrado.
Con información de TN

NOTA22.COM

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