Bullrich explicó por qué “es necesario” el ciberpatrullaje y mostró dos ejemplos
Miércoles 29 de
Mayo 2024

La ministra de Seguridad de la Nación intentó demostrar el motivo por el cual aprobó una resolución que da potestad a las fuerzas federales para monitorear redes sociales e internet
La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, habilitó este martes a las fuerzas federales a realizar “ciberpatrullaje” en internet, incluyendo las redes sociales, para hacer inteligencia criminal y detectar posibles delitos o prevenirlos. Ahora, en su cuenta de X hizo mención a esta decisión y la respaldó con dos ejemplos: en una de las imágenes que subió muestra “venta de cocaína a través del canal de comunicación Telegram” y en la otra, la trata de personas organizada por redes sociales.
La resolución 428/2024 fue publicada en el Boletín Oficial, porque la decisión se mete en la Ley de Seguridad Interior. Bullrich reconoce en el texto que hay un vacío legal sobre este tema porque resoluciones firmadas por ella cuando era ministra de Mauricio Macri fueron derogadas por la gestión de Alberto Fernández.
Con esta habilitación las fuerzas federales abordarán delitos que van desde venta de armas a explotación sexual. La determinación generó controversia. Uno de los especialistas consultados por LA NACION sostiene que la resolución en líneas generales viene a dar marco normativo a algo que ya existe, que es el mundo digital. Y que si bien en líneas generales está bien, hay tres incisos de dos artículos que podrían ser inconstitucionales.
La resolución estipula que se busca la prevención de delitos en el mundo del ciberespacio y agrega: “Que dicho plan establece los lineamientos generales de las políticas públicas relacionadas con las responsabilidades referentes al ciberespacio y su impacto en la seguridad nacional. Que se necesitan adoptar acciones sostenibles y estratégicas que permitan afrontar de la forma más práctica los flagelos relacionadas con los delitos informáticos de manera integral”.
La ministra resalta que las investigaciones deberán limitarse a sitios de acceso público: “Especialmente en redes sociales de cualquier índole, fuentes, bases de datos públicas y abiertas, páginas de Internet, Dark-Web y espacios de relevancia de acceso público”. También destaca que el monitoreo se hará en medios de carácter no sensible y sin clasificación de seguridad, “cuyo acceso no implica una transgresión al derecho a la intimidad de las personas”.
Para la ministra Bullrich, los eventuales delitos a encontrar son: “Venta o permuta ilegal de armas por Internet. Venta o permuta de artículos cuyo origen, presumiblemente, provenga de la comisión de un acto o de un hecho ilícito. Hechos que presuntamente se encuentren vinculados con la aplicación de la Ley Nº 23.737. Difusión de mensajes e imágenes que estimulen o fomenten la explotación sexual o laboral, tanto de mayores como de menores de edad, y que prima facie pareciera estar vinculados con la trata y tráfico de personas. Hostigamiento sexual a menores de edad a través de aplicaciones o servicios de la web. Venta o permuta de objetos que, presumiblemente, hayan sido obtenidos en infracción a las disposiciones aduaneras”.
También detalla que se utilizará para la búsqueda de personas desaparecidas y extraviadas, así también como la de personas que escaparon de la Justica.
La resolución 428/2024 fue publicada en el Boletín Oficial, porque la decisión se mete en la Ley de Seguridad Interior. Bullrich reconoce en el texto que hay un vacío legal sobre este tema porque resoluciones firmadas por ella cuando era ministra de Mauricio Macri fueron derogadas por la gestión de Alberto Fernández.
Con esta habilitación las fuerzas federales abordarán delitos que van desde venta de armas a explotación sexual. La determinación generó controversia. Uno de los especialistas consultados por LA NACION sostiene que la resolución en líneas generales viene a dar marco normativo a algo que ya existe, que es el mundo digital. Y que si bien en líneas generales está bien, hay tres incisos de dos artículos que podrían ser inconstitucionales.
La resolución estipula que se busca la prevención de delitos en el mundo del ciberespacio y agrega: “Que dicho plan establece los lineamientos generales de las políticas públicas relacionadas con las responsabilidades referentes al ciberespacio y su impacto en la seguridad nacional. Que se necesitan adoptar acciones sostenibles y estratégicas que permitan afrontar de la forma más práctica los flagelos relacionadas con los delitos informáticos de manera integral”.
La ministra resalta que las investigaciones deberán limitarse a sitios de acceso público: “Especialmente en redes sociales de cualquier índole, fuentes, bases de datos públicas y abiertas, páginas de Internet, Dark-Web y espacios de relevancia de acceso público”. También destaca que el monitoreo se hará en medios de carácter no sensible y sin clasificación de seguridad, “cuyo acceso no implica una transgresión al derecho a la intimidad de las personas”.
Para la ministra Bullrich, los eventuales delitos a encontrar son: “Venta o permuta ilegal de armas por Internet. Venta o permuta de artículos cuyo origen, presumiblemente, provenga de la comisión de un acto o de un hecho ilícito. Hechos que presuntamente se encuentren vinculados con la aplicación de la Ley Nº 23.737. Difusión de mensajes e imágenes que estimulen o fomenten la explotación sexual o laboral, tanto de mayores como de menores de edad, y que prima facie pareciera estar vinculados con la trata y tráfico de personas. Hostigamiento sexual a menores de edad a través de aplicaciones o servicios de la web. Venta o permuta de objetos que, presumiblemente, hayan sido obtenidos en infracción a las disposiciones aduaneras”.
También detalla que se utilizará para la búsqueda de personas desaparecidas y extraviadas, así también como la de personas que escaparon de la Justica.
Con información de
La Nación


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