La Corte falló contra otra tabacalera que no pagaba el impuesto interno

Por: Hernán Cappiello
Martes 04 de Junio 2024

La Cámara Federal de Rosario le había permitido a la empresa Bronway no abonar ese tributo; la sentencia del máximo tribunal va en consonancia con el dictado en contra de Tabacalera Sarandí
La Corte Suprema, por unanimidad, revocó una medida cautelar que le permitía a la tabacalera Bronway no pagar el impuesto interno al tabaco. El fallo va en el mismo sentido que el de la semana pasada, cuando el máximo tribunal revocó otra sentencia que favorecía a la empresa Tabacalera Sarandí, para que no abonase esos impuestos. Esto les permitió a estas tabacaleras crecer en su posición de mercado con respecto de la competencia de las marca líderes, que sí pagan ese tributo.
 
Lo que hizo la Corte es revocar la sentencia de la Sala B de la Cámara Federal de Rosario que, a pesar de haber rechazado la cautelar solicitada por Bronway para que no se le aplicase el piso mínimo del impuesto a los cigarrillos, había hecho lugar a un pedido de la compañía para que se aplique una resolución de la AFIP que le permitía fijar el impuesto manualmente.
 
Es decir que el tribunal federal rosarino había hecho lugar al pedido de Bronway de suspender la resolución general de AFIP N° 5290, en su versión 5, que no permite autodeterminar el tributo de forma manual, sino que ya fija el valor de venta sin posibilidad de modificación.
 
En los hechos, la decisión de la Cámara Federal de Rosario, a pesar de seguir la doctrina fijada por la Corte en la causa de la Tabacalera Sarandí, permitía a la empresa Bronway determinar el tributo de manera manual y por lo tanto, no abonar el impuesto fijado por ley.
 
La Corte agregó que el planteo de Bronway respecto al supuesto “oligopolio del mercado del tabaco” no puede ser abordado desde una aplicación matizada de principios constitucionales de la tributación.
 
Asimismo, agregó que el legislador al fijar el impuesto tuvo en miras fines extrafiscales (tales como desalentar el consumo del tabaco), que los jueces no pueden pasar por alto.
 
Bronway es una tabacalera de origen rosarino que supo tener el 10% del mercado argentino de cigarrillos y que no opera formalmente desde noviembre 2023, debido a que la AFIP dejó de darle estampillas fiscales por no pagar el impuesto correspondiente.
 
La Justicia penal federal se encuentra investigando a Bronway por sacar a la venta cigarrillos sin estampillas. Actualmente trabaja en una planta en Santiago del Estero para retomar la actividad. El dueño de la empresa es Darío Ippolito, que está bajo investigación penal.
 
La empresa Bronway Technology o Bronway Tabacos, tiene su fábrica de producción en Villa Gobernador Gálvez, Rosario, Santa Fe, y oficinas comerciales en la ciudad de Rosario. Fue constituida en 2017 como empresa de cigarrillos, pero antes se dedicaba a la producción de CDs y artículos tecnológicos.
 
Su conexión con el tabaco consta de larga data, dado que sus dueños estaban relacionados al tabaco y tenían vínculos con otras empresas pequeñas que operaban en el mercado.
 
La empresa decidió ingresar al mercado comercializando la marca Boxer y al tiempo incorpora a su portafolio Dolchester y Pier. La comercialización de todas estas marcas era realizada a un precio muy bajo y de amplia disponibilidad, en un principio en la región del litoral y centro del país. Luego se expandió a nivel nacional, llegando a tener una participación de mercado cercana al 10% en la actualidad.
 
En 2019 fue allanada dos veces por la utilización de estampillas fiscales falsificadas. En 2021, por un hecho similar, fue allanada nuevamente. Y en 2023 el juez Luis Armella la volvió a allanar en el marco de la causa FLP 54510/2022.
 
Está enfrentada de hecho a Tabacalera Sarandí de Pablo Otero, al punto que lo denunció ante la Justicia a través de la Cámara Argentina Nacional de Empresas Tabacalera (Camet) que reúne a Bronway, For Men de Santa Fe y Cigarrillos y Tabacos de Jujuy.
 
En el fallo de este lunes, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) revocó la medida cautelar que le permitió desde el 29 de diciembre de 2022 hasta el 23 de octubre de 2023 autodeterminar el monto del impuesto a pagar.
 
La medida cautelar que le dio la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario les permitía no utilizar el aplicativo que obliga a pagar el Impuesto Interno Mínimo, pero no era una cautelar sobre el Impuesto Interno Mínimo, como sí supo tener Tabacalera Sarandí.

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