Condenaron a siete mapuches por la violenta usurpación de tierras en Villa Mascardi
Por:
Paz García Pastormerlo
Lunes 30 de
Septiembre 2024
Son seis mujeres y un hombre de la lof Lafken Winkul Mapu, desalojada en 2022; la líder espiritual de la comunidad fue absuelta; sigue la disputa por el sitio sagrado que montaron en el lugar
SAN CARLOS DE BARILOCHE.- A casi siete años del inicio de la causa, el juez federal Hugo Greca decidió hoy condenar a dos años de prisión en suspenso a siete miembros de la comunidad Lafken Winkul Mapu por los delitos de atentado y resistencia a la autoridad y usurpación, a raíz de la violenta ocupación de dos predios en Villa Mascardi, pertenecientes a la Administración de Parques Nacionales, entre 2017 y 2022.
La mayoría de los imputados –Martha Luciana Jaramillo, María Isabel Nahuel, Romina Rosas, Mayra Aylén Tapia– recibieron una pena de dos años con ejecución en suspenso, la obligación de fijar domicilio por ese plazo y de someterse al cuidado del Instituto de Asistencia de Presos y Liberados de la provincia de Río Negro.
Asimismo, Yessica Fernanda Bonnefoi recibió una condena de dos años y dos meses como coautora del delito de usurpación, que se suman a los seis meses de prisión que le impusieron en 2023 en la misma causa, por lesiones leves y dolosas agravadas, y resistencia a la autoridad. En tanto, Joana Micaela Colhuan y y Gonzalo Fabián Coña fueron condenados a dos años y seis meses de prisión en suspenso.
Si bien el juicio comenzó el jueves pasado con ocho imputados, la machi de la comunidad mapuche, Betiana Colhuan, fue absuelta durante la primera audiencia, ya que era menor de edad al momento del hecho: tenía 16 años.
La defensa había pedido que la machi declarara como testigo “para que detalle cómo se realizó el violento desalojo de la comunidad Lafken Winkul Mapu, el 23 de noviembre de 2017″. Consideraron “muy importante su palabra, porque sufrió en carne propia el violento desalojo que llevaron adelante las fuerzas federales”.
Sin embargo, el juez decidió que declarara como “amicus curiae”, para aportar sobre la cosmovisión mapuche. Así lo hizo Colhuan el viernes pasado, durante el segundo día de juicio: dijo que la comunidad no eligió ese lugar por “un negocio inmobiliario o turístico” sino porque “toda la vida estuvimos vinculados con ese territorio, y hoy ahí está la placenta de los hijos que parí en el lugar”. Colhuan indicó que en la zona en disputa entre la comunidad y el Estado vivió su abuelo, y que desde pequeña mantuvo contacto con la zona, al igual que toda su familia.
Durante la tercera y última jornada de juicio, los defensores de la Gremial de Abogados hicieron hincapié en que la decisión del juez podía inscribirse en un proceso histórico y dar un paso hacia una sociedad intercultural. De todos modos, desde la semana pasada venían manifestando que durante el juicio “se montó un show político para seguir estigmatizando al pueblo mapuche”, al tiempo que consideraron que la sentencia condenatoria “ya está escrita y firmada”.
Antes de la sentencia conocida hoy, dos de las mujeres mapuche afirmaron que continuarán luchando por las siete hectáreas donde actualmente está el rewe o sitio sagrado. El rewe se ubica en un terreno en el que funcionaba el hotel IOS, que fue destruido durante la usurpación.
“Allí está previsto hacer una Escuela de Guardaparques. Por eso es muy importante que el tótem que forma parte del rewe se retire. Es simbólico y es el lugar donde se produjeron los hechos de violencia. Para que podamos comenzar la construcción de la Escuela de Guardaparques, ese rewe debe ser retirado. Hoy la Justicia no permite ninguna modificación en ese espacio, pero esperamos que con la sentencia podamos empezar a poner las cosas en su lugar”, indicó a LA NACION el presidente de Parques Nacionales, Cristian Larsen.
La causa que hoy tuvo un cierre comenzó el 10 de noviembre de 2017, cuando un grupo de personas que se autodenominó como perteneciente a la comunidad mapuche Lof Lafken Winkul Mapu ingresó a un predio ubicado en el kilómetro 2006 de la ruta nacional 40 sur propiedad de Parques Nacionales.
La primera usurpación se extendió luego a otros terrenos lindantes, pertenecientes a entidades públicas, sindicales, religiosas y personas particulares.
Todos los predios ocupados sobre la ruta 40 fueron desalojados en octubre de 2022, durante un operativo del que participaron la Policía Federal, la Gendarmería, Prefectura Naval y la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA).
Durante el gobierno de Alberto Fernández, luego de ese desalojo, el Estado nacional se comprometió a reconocer el rewe como sitio sagrado de la comunidad mapuche en Villa Mascardi. El acuerdo, cuestionado por los vecinos y la oposición, se concretó en junio de 2023.
Tras conocerse la condena, Diego Frutos, propietario de La Cristalina, una casa que fue vandalizada durante los años de la usurpación en Villa Mascardi, consideró: “Desde la Junta Vecinal recibimos con satisfacción la condena aunque la consideramos exigua dado que el mínimo que establece el Código Penal para el delito de usurpación es de tres años. Además, quedó claramente demostrado que los usurpadores no pertenecían a una verdadera comunidad registrada ya que no figuran hasta el día de hoy ni en los registros del INAI a nivel nacional y tampoco en el CODECI a nivel provincial”.
Y agregó: “No pudieron demostrar en todo el debate que la supuesta comunidad invocada cumplía los requerimientos básicos de la ley 26.160: ocupación actual, tradicional, pública y estar fehacientemente reconocida”.
La mayoría de los imputados –Martha Luciana Jaramillo, María Isabel Nahuel, Romina Rosas, Mayra Aylén Tapia– recibieron una pena de dos años con ejecución en suspenso, la obligación de fijar domicilio por ese plazo y de someterse al cuidado del Instituto de Asistencia de Presos y Liberados de la provincia de Río Negro.
Asimismo, Yessica Fernanda Bonnefoi recibió una condena de dos años y dos meses como coautora del delito de usurpación, que se suman a los seis meses de prisión que le impusieron en 2023 en la misma causa, por lesiones leves y dolosas agravadas, y resistencia a la autoridad. En tanto, Joana Micaela Colhuan y y Gonzalo Fabián Coña fueron condenados a dos años y seis meses de prisión en suspenso.
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Sin embargo, el juez decidió que declarara como “amicus curiae”, para aportar sobre la cosmovisión mapuche. Así lo hizo Colhuan el viernes pasado, durante el segundo día de juicio: dijo que la comunidad no eligió ese lugar por “un negocio inmobiliario o turístico” sino porque “toda la vida estuvimos vinculados con ese territorio, y hoy ahí está la placenta de los hijos que parí en el lugar”. Colhuan indicó que en la zona en disputa entre la comunidad y el Estado vivió su abuelo, y que desde pequeña mantuvo contacto con la zona, al igual que toda su familia.
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