El fin de la triangulación: las prepagas ya no podrán derivar fondos con obras sociales

Lunes 07 de Octubre 2024

A través de una resolución publicada en el Boletín Oficial de este lunes, la Superintendencia de Salud estableció que las empresas de asistencia médica dejan de tener convenios con los sindicatos
Tal como lo anticipó El Cronista, el Gobierno avanzó este lunes con la medida que pone fin al sistema de triangulación entre obras sociales y prepagas al diponer que estas últimas se deben inscribir en el Registro de Agentes del Seguro de Salud y no derivar aportes a través de las primeras.
 
Lo hizo a través de la Resolución 3284/2024, publicada en el Boletín Oficial, que dispone que las empresas de salud deberán declarar que dejan de tener convenios con obras sociales o sindicatos que intermedien en el pago de la cuota por parte del afiliado.
 
La medida se concreta luego de una serie de encuentros que el nuevo ministro de Salud, Mario Lugones, mantuvo con los titulares de los principales actores del sector para anticiparles el cambio que el Ejecutivo pondría en marcha a través de la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación (SSS), el órgano de contralor del mercado de la salud.
 
Prepagas y obras sociales: qué dice la resolución que termina con la triangulación
En concreto la Resolución dispone en su artículo 1° que "a partir del  1 de diciembre de 2024, todas las entidades que ofrezcan planes de salud financiados, total o parcialmente, con fondos provenientes de la seguridad social, deberán estar inscriptas en el Registro de Agentes del Seguro de Salud (R.N.A.S.) con encuadre en el inciso i) del artículo 1° de la Ley N° 23.660.
 
El artículo 2° de la norma, en tanto, añade: "La inscripción mencionada en el artículo 1º habilitará a las entidades a ofrecer planes de salud, siempre y cuando, cumplan con los requisitos establecidos en las Leyes 23.660, 23.661, 26.682, sus modificatorias y reglamentarias".
 
En esa línea, el artículo 3° advierte: "El incumplimiento de la inscripción conforme lo establecido en el artículo 1°, impedirá la comercialización de dichos planes y dará lugar al inicio del procedimiento sumarial para la aplicación de las sanciones previstas en el artículo 24 de la Ley Nº 26.682.
 
Prepagas y obras sociales: cómo funciona la triangulación
Según los últimos datos disponibles, que datan de 2023, un 52% de la población de la Argentina (unos 23,4 millones de personas) tiene obra social, un 34% (15,3 millones) no tiene cobertura y se atiende en el sistema público y un 14% (6,3 millones de personas) está cubierta por alguna empresa de medicina privada.
 
En el caso de las prepagas, si bien el universo es bastante heterogéneo, hay siete empresas que concentran más de 80% de los afiliados: se trata de OSDE, Swiss Medical, Galeno, Sancor Salud, Omint, Medicus, Accord Salud (UPCN) y Medifé. La mayoría de ellas, además de financiadoras son prestadoras, es decir, tienen centros médicos y hospitales propios.
 
Las prepagas reciben aportes por dos vías: 
 
- Un 30% son afiliados directos que abonan el valor total de la cuota, mientras que 
- Un 70% deriva aportes desde su obra social y paga la diferencia.
 
En este último caso, el afiliado transfiere los aportes que realiza a la obra social que por su actividad le corresponde, a la prepaga que elige.
 
Como estas últimas no estaban inscriptas en el RNAS, debían acudir a una obras social que oficiara de intermediaria para recepcionar los fondos y luego transferírselos. 
 
Esta modalidad encarecía el servicio ya que del monto derivado por el trabajador, una parte quedaba en manos de la obra social, y lo que iba a la prepaga, en general, no cubría la totalidad del valor del plan lo que lo obiligaba a pagar una diferencia.
Con información de Cronista

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