Diciembre con modificaciones en los impuestos de combustibles líquidos y dióxido de carbono
Viernes 01 de
Noviembre 2024

El incremento total derivado de las actualizaciones de los primeros dos trimestres de 2024 surtirá efectos completos a partir del 1° de diciembre de 2024.
El Decreto 973/2024 introduce modificaciones en relación con los impuestos sobre combustibles líquidos y dióxido de carbono, establecidos en la Ley N° 23.966, y se enfoca en actualizar los montos impositivos para combustibles específicos.
A continuación, te resumo los puntos clave:
1. Montos Fijos para Impuestos: La Ley N° 23.966 establece montos fijos en pesos por unidad de medida para el cálculo de los impuestos sobre combustibles líquidos y dióxido de carbono. Además, define un monto diferencial para el gasoil consumido en áreas específicas de la Argentina, principalmente en provincias patagónicas y otras zonas específicas de Buenos Aires y Mendoza.
2. Actualización Trimestral de Montos: Según el Decreto N° 501/2018, estos montos deben actualizarse trimestralmente basándose en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, tomando en cuenta las variaciones desde enero de 2018. La AFIP se encarga de esta actualización cada enero, abril, julio y octubre.
3. Postergación de Aumentos: Con el objetivo de mitigar el impacto de estos incrementos impositivos, los Decretos anteriores (466/2024 y sus modificatorios) aplazaron los aumentos programados para distintos períodos. Esto incluyó los aumentos correspondientes al cuarto trimestre de 2023 y los primeros dos trimestres de 2024.
4. Nuevas Postergaciones:
- El artículo 1 del Decreto actual agrega un nuevo inciso que establece que entre el 1° y el 30 de noviembre de 2024 se aplicarán incrementos específicos sobre los impuestos para la nafta sin plomo (hasta y más de 92 RON y nafta virgen) y el gasoil.
- La tabla incluida establece el monto del incremento en pesos para cada tipo de impuesto según el tipo de combustible.
5. Implementación Completa del Incremento: En el artículo 2, se define que el incremento total derivado de las actualizaciones de los primeros dos trimestres de 2024 surtirá efectos completos a partir del 1° de diciembre de 2024. Esto significa que, desde esa fecha, los impuestos ya incluirán las actualizaciones correspondientes a esos trimestres.
6. Vigencia: Este decreto ajusta los impuestos para ciertos combustibles, implementando un aumento gradual a lo largo de noviembre y un aumento completo en diciembre. Además, extiende las postergaciones previas para reducir el impacto financiero en consumidores y empresas de combustibles durante estos meses.
A continuación, te resumo los puntos clave:
1. Montos Fijos para Impuestos: La Ley N° 23.966 establece montos fijos en pesos por unidad de medida para el cálculo de los impuestos sobre combustibles líquidos y dióxido de carbono. Además, define un monto diferencial para el gasoil consumido en áreas específicas de la Argentina, principalmente en provincias patagónicas y otras zonas específicas de Buenos Aires y Mendoza.
2. Actualización Trimestral de Montos: Según el Decreto N° 501/2018, estos montos deben actualizarse trimestralmente basándose en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, tomando en cuenta las variaciones desde enero de 2018. La AFIP se encarga de esta actualización cada enero, abril, julio y octubre.
3. Postergación de Aumentos: Con el objetivo de mitigar el impacto de estos incrementos impositivos, los Decretos anteriores (466/2024 y sus modificatorios) aplazaron los aumentos programados para distintos períodos. Esto incluyó los aumentos correspondientes al cuarto trimestre de 2023 y los primeros dos trimestres de 2024.
4. Nuevas Postergaciones:
- El artículo 1 del Decreto actual agrega un nuevo inciso que establece que entre el 1° y el 30 de noviembre de 2024 se aplicarán incrementos específicos sobre los impuestos para la nafta sin plomo (hasta y más de 92 RON y nafta virgen) y el gasoil.
- La tabla incluida establece el monto del incremento en pesos para cada tipo de impuesto según el tipo de combustible.
5. Implementación Completa del Incremento: En el artículo 2, se define que el incremento total derivado de las actualizaciones de los primeros dos trimestres de 2024 surtirá efectos completos a partir del 1° de diciembre de 2024. Esto significa que, desde esa fecha, los impuestos ya incluirán las actualizaciones correspondientes a esos trimestres.
6. Vigencia: Este decreto ajusta los impuestos para ciertos combustibles, implementando un aumento gradual a lo largo de noviembre y un aumento completo en diciembre. Además, extiende las postergaciones previas para reducir el impacto financiero en consumidores y empresas de combustibles durante estos meses.
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Con información de
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