Cuadernos de las coimas | La Cámara de Casación anuló su propio fallo: vuelven a investigarse como sobornos los pagos de Angelo Calcaterra
Viernes 29 de
Noviembre 2024
Por dos votos contra uno, el tribunal dejó sin efecto la sentencia que había sacado al empresario del juicio de los cuadernos de las coimas; aquel fallo decía que los pagos al kirchnerismo habrían sido meros ''aportes electorales'' no declarados
La Cámara Federal de Casación Penal anuló un fallo propio del 26 de junio pasado y volverán a investigarse como presuntos sobornos los pagos no declarados que Angelo Calcaterra hizo a exfuncionarios kirchneristas. El fallo que hoy quedó sin efecto sacaba al empresario del juicio oral del caso de los cuadernos de las coimas y disponía que fuera investigado por la justicia electoral, como supuesto responsable de meros aportes de campaña no declarados.
La decisión de hoy la tomó la Cámara por dos votos contra uno. Diego Barroetaveña y Daniel Petrone firmaron la nulidad, con la disidencia de Carlos Mahiques. Ellos tres fueron los autores del fallo de junio que favoreció a Calcaterra, empresario de la construcción y primo de Mauricio Macri.
El fiscal Raúl Pleé había pedido la nulidad de aquella decisión y lo mismo hizo el organismo que combate el lavado de dinero, la Unidad de Información Financiera (UIF). Pleé argumentó que los jueces decidieron sin escuchar a ese organismo, que es una de las partes en la causa de los cuadernos de las coimas.
Hoy, Barroetaveña y Petrone le dieron la razón: “El trámite de la incidencia no fue integrado correctamente al omitirse desde Secretaría dar noticia del mismo a la UIF”, escribieron. Ahora la escucharon. Y tras leer los argumentos de este organismo -y luego de las fuertes críticas que generó la medida que beneficiaba a Calcaterra- anularon su decisión.
Los camaristas dijeron que sus fallos no son susceptibles, como regla, del recurso de nulidad, pero que en este caso excepcional aceptarían el planteo porque habían dejado a la UIF sin la posibilidad de ser oída y eso generó un “perjuicio real y concreto para esa parte”.
Los jueces advirtieron que en la presentación de la UIF había “un argumento nuevo” en el que “hace hincapié” ese organismo que “no había sido mencionado en esos términos” por la fiscalía. “Concretamente -dicen los jueces-, aquella parte refiere que en este caso resulta ‘ineludible realizar un análisis conglobado del plexo probatorio obrante en estas actuaciones con las restantes constancias acumuladas al proceso vinculado al expediente 13.816/2018 (un caso conocido como “camarita″, en el que también está Calcaterra y fueron procesados empresarios por asociación ilícita).
“Al respecto -continuaron Barroetaveña y Petrone-, debe destacarse que lo novedoso de tal argumentación no gravita en torno a la referencia en estos actuados de aquella causa acumulada sino a la concreta mención de la existencia de determinadas declaraciones a ella incorporadas”. Las declaraciones en cuestión son de los arrepentidos Ernesto Clarens y Carlos Wagner. De ellas surge que los empresarios hacían pagos “para beneficiarse de las licitaciones de obra pública”, recuerda la Casación.
El fiscal Pleé había dicho, más allá de la omisión de notificar a la UIF: “La decisión de enviar el caso al fuero electoral implica una absolución encubierta y directa para Calcaterra y Javier Sánchez Caballero [su empleado] por hechos por los que fue acusado por esta fiscalía y la querella de la UIF (Unidad de Información Financiera), y que se pretende que queden afuera del juicio”.
En la audiencia con el tribunal, la abogada de Calcaterra Valeria Oneto había replicado que no había perjuicio por asignar la causa a la justicia electoral (y que sin perjuicio no había nulidad) y sostuvo que “solo la repercusión pública” y la “campaña mediática” que se desató contra el fallo que declaró la competencia electoral explicaban que la Cámara de Casación revisara su propia decisión.
La justicia electoral, en lugar de juzgar el pago como un posible delito penal, hubiera podido, de máxima, aplicarle una multa a Calcaterra por haber realizado un aporte electoral no declarado. Eso, siempre y cuando no declarara que la infracción electoral -que tiene un castigo bajo- está prescripta debido al tiempo transcurrido.
Los magistrados de Casación habían entendido que Calcaterra no pagó sobornos para mantener sus contratos con el kirchnerismo sino que efectuó aportes económicos para las campañas electorales de 2013 y de 2015. En el fallo hoy anulado consideraron que los pagos que realizó a funcionarios del Ministerio de Planificación Federal en el garaje subterráneo del hotel Hilton no eran coimas, sino que era dinero para la campaña electoral. De esta manera, Calcaterra fue excluido del juicio del caso de los cuadernos y se envió el expediente a la jueza federal electoral María Servini para que en lugar de acusarlo de cohecho, se lo investigue por una leve falta al Código Electoral. Ahora, eso deberá revertirse.
El caso de los cuadernos tiene 161 imputados. La principal acusada es Cristina Kirchner, como jefa de una asociación ilícita. Las acusaciones surgieron de Oscar Centeno, un chofer del Ministerio de Planificación que anotó en cuadernos los viajes que hacía con funcionarios kirchneristas para retirar sobornos pagados por empresarios. Funcionarios “arrepentidos” admitieron los cobros y los empresarios reconocieron los pagos ante la Justicia. LA NACION hizo la investigación periodística que permitió destapar la maniobra.
La decisión de hoy la tomó la Cámara por dos votos contra uno. Diego Barroetaveña y Daniel Petrone firmaron la nulidad, con la disidencia de Carlos Mahiques. Ellos tres fueron los autores del fallo de junio que favoreció a Calcaterra, empresario de la construcción y primo de Mauricio Macri.
El fiscal Raúl Pleé había pedido la nulidad de aquella decisión y lo mismo hizo el organismo que combate el lavado de dinero, la Unidad de Información Financiera (UIF). Pleé argumentó que los jueces decidieron sin escuchar a ese organismo, que es una de las partes en la causa de los cuadernos de las coimas.
Hoy, Barroetaveña y Petrone le dieron la razón: “El trámite de la incidencia no fue integrado correctamente al omitirse desde Secretaría dar noticia del mismo a la UIF”, escribieron. Ahora la escucharon. Y tras leer los argumentos de este organismo -y luego de las fuertes críticas que generó la medida que beneficiaba a Calcaterra- anularon su decisión.
Los camaristas dijeron que sus fallos no son susceptibles, como regla, del recurso de nulidad, pero que en este caso excepcional aceptarían el planteo porque habían dejado a la UIF sin la posibilidad de ser oída y eso generó un “perjuicio real y concreto para esa parte”.
Los jueces advirtieron que en la presentación de la UIF había “un argumento nuevo” en el que “hace hincapié” ese organismo que “no había sido mencionado en esos términos” por la fiscalía. “Concretamente -dicen los jueces-, aquella parte refiere que en este caso resulta ‘ineludible realizar un análisis conglobado del plexo probatorio obrante en estas actuaciones con las restantes constancias acumuladas al proceso vinculado al expediente 13.816/2018 (un caso conocido como “camarita″, en el que también está Calcaterra y fueron procesados empresarios por asociación ilícita).
“Al respecto -continuaron Barroetaveña y Petrone-, debe destacarse que lo novedoso de tal argumentación no gravita en torno a la referencia en estos actuados de aquella causa acumulada sino a la concreta mención de la existencia de determinadas declaraciones a ella incorporadas”. Las declaraciones en cuestión son de los arrepentidos Ernesto Clarens y Carlos Wagner. De ellas surge que los empresarios hacían pagos “para beneficiarse de las licitaciones de obra pública”, recuerda la Casación.
El fiscal Pleé había dicho, más allá de la omisión de notificar a la UIF: “La decisión de enviar el caso al fuero electoral implica una absolución encubierta y directa para Calcaterra y Javier Sánchez Caballero [su empleado] por hechos por los que fue acusado por esta fiscalía y la querella de la UIF (Unidad de Información Financiera), y que se pretende que queden afuera del juicio”.
En la audiencia con el tribunal, la abogada de Calcaterra Valeria Oneto había replicado que no había perjuicio por asignar la causa a la justicia electoral (y que sin perjuicio no había nulidad) y sostuvo que “solo la repercusión pública” y la “campaña mediática” que se desató contra el fallo que declaró la competencia electoral explicaban que la Cámara de Casación revisara su propia decisión.
La justicia electoral, en lugar de juzgar el pago como un posible delito penal, hubiera podido, de máxima, aplicarle una multa a Calcaterra por haber realizado un aporte electoral no declarado. Eso, siempre y cuando no declarara que la infracción electoral -que tiene un castigo bajo- está prescripta debido al tiempo transcurrido.
Los magistrados de Casación habían entendido que Calcaterra no pagó sobornos para mantener sus contratos con el kirchnerismo sino que efectuó aportes económicos para las campañas electorales de 2013 y de 2015. En el fallo hoy anulado consideraron que los pagos que realizó a funcionarios del Ministerio de Planificación Federal en el garaje subterráneo del hotel Hilton no eran coimas, sino que era dinero para la campaña electoral. De esta manera, Calcaterra fue excluido del juicio del caso de los cuadernos y se envió el expediente a la jueza federal electoral María Servini para que en lugar de acusarlo de cohecho, se lo investigue por una leve falta al Código Electoral. Ahora, eso deberá revertirse.
El caso de los cuadernos tiene 161 imputados. La principal acusada es Cristina Kirchner, como jefa de una asociación ilícita. Las acusaciones surgieron de Oscar Centeno, un chofer del Ministerio de Planificación que anotó en cuadernos los viajes que hacía con funcionarios kirchneristas para retirar sobornos pagados por empresarios. Funcionarios “arrepentidos” admitieron los cobros y los empresarios reconocieron los pagos ante la Justicia. LA NACION hizo la investigación periodística que permitió destapar la maniobra.
Con información de
La Nación
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