Inflación: el Gobierno flexibiliza la importación de alimentos para consolidar la baja del índice

Jueves 30 de Enero 2025

Se definieron cuáles serán los procedimientos para cada caso. La importación de alimentos y bebidas (bienes de consumo) básicos para el hogar y la de elaborados crecieron en diciembre 80,6% y 51,4% interanual, respectivamente.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) publicó este jueves los nuevos procedimientos y trámites que se gestionan a través del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) para la importación y exportación de alimentos.
 
Esto se había anticipado al modificar el Código Alimentario Argentino (CAA), el 20 de enero a través del Decreto 35/25. Con esta norma, el Gobierno Nacional anunció que buscaba agilizar tanto el ingreso de productos alimenticios extranjeros como la exportación de nacionales.
 
El objetivo es "agilizar la gestión", mejorar la eficiencia y "facilitando las operaciones".
 

Los nuevos procedimientos

 
La nueva disposición se centra en la aplicación y cumplimiento del Código Alimentario Argentino (CAA), con el objetivo de "unificar y modernizar" los trámites relacionados con el registro, autorización e importación y la exportación de alimentos.
 

Importaciones

 
Los nuevos procedimientos rigen para la importación de alimentos destinados a la comercialización, o para uso exclusivamente industrial del establecimiento (UPEI), o muestras sin valor comercial o envases y utensilios en contacto con alimentos, según la procedencia y los procedimientos para exportación, de ser requeridos por el país de destino.
 
Los procedimientos variarán según la procedencia de los productos. Para aquellos provenientes de países como Estados Unidos, Canadá, Suiza, Japón, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Australia, Nueva Zelanda, Israel y la Unión Europea, se aplican reglas específicas basadas en acuerdos bilaterales y normativas sanitarias internacionales.  
 
En este sentido, para los alimentos provenientes de países con altos estándares de vigilancia sanitaria (como Estados Unidos, Canadá, la Unión Europea y el Reino Unido), el proceso de importación se simplifica mediante la presentación de una declaración jurada. 
 
En estos casos, se deberá presentar una declaración jurada realizando el "Aviso de Importación" correspondiente mediante la plataforma TAD (Trámites a Distancia).
 
Por otro lado, los productos provenientes de países que no se encuentran en la lista de naciones con los que Argentina tiene acuerdos de reciprocidad sanitaria deben ser gestionados mediante el Sistema Federal de Gestión de Alimentos (SIFEGA). 
 
En este caso, se exigirá el registro en el Registro Nacional de Establecimientos (RNE) y el Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA), así como la autorización de envases y utensilios destinados a estar en contacto con alimentos. Una vez obtenidos los registros, se debe completar la "Autorización de Importación" en la plataforma TAD.

 

Exportaciones

 
Las exportaciones deberán cumplir únicamente con los requisitos del destino, para lo cual desde la autoridad sanitaria explicaron que "los exportadores deberán asegurarse de contar con la documentación respaldatoria exigida por el país de destino antes de iniciar el trámite, para evitar rechazos o demoras en el embarque de la mercadería".
 

Modificaciones en el sistema del INAL y monitoreo

 
También se aclara que el INAL continuará realizando inspecciones, especialmente para productos considerados de alto riesgo, como fórmulas infantiles, suplementos dietarios o alimentos para propósitos médicos específicos, una vez que los productos hayan ingresado al país.
 
El monitoreo tiene como finalidad proteger a los consumidores de los peligros transmitidos por los alimentos y materiales en contacto con alimentos, así como también evitar que los rótulos de dichos productos presenten información que pueda inducir a engaño o confusión.
 

Cómo gestionar los trámites

 
Las plataformas digitales TAD y SIFEGA permiten a los importadores y exportadores de alimentos gestionar sus trámites de manera digitalizada, mediante los procedimientos establecidos por la ANMAT.
 
A través de TAD, los importadores deben completar una declaración jurada con los datos del producto, su origen y procedencia, y presentar los documentos necesarios, como el "certificado de autorización de comercialización" o el "certificado de libre venta del producto".
 
En cuanto a los productos provenientes de países sin acuerdos de reciprocidad sanitaria, los trámites deben gestionarse mediante la plataforma SIFEGA.
 
Allí se registran en el Registro Nacional de Establecimientos (RNE) y el Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA). Para estos casos, informaron que el INAL también adaptó el sistema y sus procedimientos para que sean más ágiles y sencillos, y se adjuntará un informe para que el importador tenga en cuenta al momento del ingreso al país.
 
Con información de Cronista

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