ARCA extendió el periodo para presentar Ganancias: cuál es la nueva fecha elegida
Lunes 21 de
Septiembre 2026

ARCA hizo el anuncio a través de la Resolución General 5898/2026 publicada la madrugada de este lunes en el Boletín Oficial.
A través de la Resolución General 5898/2026, que se publicó la madrugada de este lunes en el Boletín Oficial, ARCA anunció una nueva prórroga para la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias “de personas humanas y sucesiones indivisas” que corresponde al período fiscal 2025.
Según esta medida, el plazo se extiende hasta el 13 de octubre de 2026.
El texto comienza recordando que “mediante la Resolución General N° 4.172, sus modificatorias y complementarias, se establecieron las fechas de vencimiento general para el año calendario 2018 y siguientes, respecto de determinadas obligaciones fiscales, entre ellas, las de presentación de la declaración jurada y pago del impuesto a las ganancias de personas humanas y sucesiones indivisas, en función de la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente y/o responsable de dicho gravamen”.
Para luego remarcar que “a través de la Resolución General N° 5.851 se extendió hasta el 27 de julio de 2026 el plazo fijado para el cumplimiento de las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas e ingreso del saldo resultante del citado impuesto -entre otros-, correspondiente al período fiscal 2025”.
A continuación, se recuerda que ese periodo volvió a extenderse: “A su turno, la Resolución General Nº 5.876 y su modificatoria N° 5.890, otorgaron un plazo adicional hasta el 22 de septiembre de 2026 a los fines de cumplir con la obligación de presentación de la declaración jurada del impuesto a las ganancias del período fiscal 2025 y hasta el 24 de septiembre de 2026 respecto de la obligación de ingreso del primer anticipo correspondiente al período fiscal 2026”.
Ahora se define un nuevo plazo y se explican los motivos detrás de esa decisión: “Que razones de administración tributaria tornan aconsejable extender hasta el 13 de octubre de 2026 el vencimiento de la obligación de presentación de la declaración jurada del impuesto a las ganancias del período fiscal 2025, con el fin de facilitarles a los sujetos comprendidos en la Resolución General N° 5.692, su modificatoria y sus complementarias, el cumplimiento de sus obligaciones tributarias”.
Según esta medida, el plazo se extiende hasta el 13 de octubre de 2026.
Qué dice la Resolución General 5898/2026
El texto comienza recordando que “mediante la Resolución General N° 4.172, sus modificatorias y complementarias, se establecieron las fechas de vencimiento general para el año calendario 2018 y siguientes, respecto de determinadas obligaciones fiscales, entre ellas, las de presentación de la declaración jurada y pago del impuesto a las ganancias de personas humanas y sucesiones indivisas, en función de la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente y/o responsable de dicho gravamen”.
Para luego remarcar que “a través de la Resolución General N° 5.851 se extendió hasta el 27 de julio de 2026 el plazo fijado para el cumplimiento de las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas e ingreso del saldo resultante del citado impuesto -entre otros-, correspondiente al período fiscal 2025”.
A continuación, se recuerda que ese periodo volvió a extenderse: “A su turno, la Resolución General Nº 5.876 y su modificatoria N° 5.890, otorgaron un plazo adicional hasta el 22 de septiembre de 2026 a los fines de cumplir con la obligación de presentación de la declaración jurada del impuesto a las ganancias del período fiscal 2025 y hasta el 24 de septiembre de 2026 respecto de la obligación de ingreso del primer anticipo correspondiente al período fiscal 2026”.
Ahora se define un nuevo plazo y se explican los motivos detrás de esa decisión: “Que razones de administración tributaria tornan aconsejable extender hasta el 13 de octubre de 2026 el vencimiento de la obligación de presentación de la declaración jurada del impuesto a las ganancias del período fiscal 2025, con el fin de facilitarles a los sujetos comprendidos en la Resolución General N° 5.692, su modificatoria y sus complementarias, el cumplimiento de sus obligaciones tributarias”.
Con información de
Perfil

Suscribite!
Y recibí las noticias más importantes!
Y recibí las noticias más importantes!
Nota22.com
LO MÁS VISTO
Fútbol infantil en Santa Fe: qué hay detrás de la formación de nuestros chicos
Nota22.com dialogó con Federico Elgart, titular de la Academia de Fútbol JCE, quien abordó distintas aristas de la formación infantil: las precauciones que deben tenerse en cuenta, la responsabilidad de los clubes y de la familia, la importancia de contar con un formador preparado y el valor de una adecuada educación deportiva de los niños.
La desprotección en el mercado laboral afecta mayormente a jóvenes, mujeres y adultos mayores.
El Gobierno compartió cómo prevé que se comportarán las principales variables económicas en lo que queda del año y en 2027.
Ocurrió en el asentamiento Villa Junín, Departamento Las Heras. La víctima fue identificada como Leonel Ortiz. Los autores escaparon en un auto y son intensamente buscados por la Policía provincial

