SANTA FE

Avanza la creación del comité de seguridad para los estadios de fútbol

Viernes 19 de Septiembre 2014
La Cámara alta dio media sanción al proyecto. Entre las facultades del comité que velará por la
La Cámara alta dio media sanción al proyecto. Entre las facultades del comité que velará por la "protección de la integridad física, la salud y los bienes de las personas", podrá aplicar el derecho de admisión.

La Cámara alta dio media sanción al proyecto. Entre las facultades del comité que velará por la "protección de la integridad física, la salud y los bienes de las personas", podrá aplicar el derecho de admisión.
A instancia del senador por el departamento La Capital, Hugo Marcucci (UCR), la Cámara alta dio media sanción al proyecto de ley de creación de un Comité de Seguridad del Fútbol en el marco de la Coordinación de Espectáculos Deportivos y Masivos, que puso en funciones el Ejecutivo provincial. La iniciativa adquiere relevancia después de los sucesivos hechos de violencia protagonizados entre dos facciones de barrabravas del Club Atlético Unión. La competencia del comité sería “la organización, preparación, desarrollo y concreción de cualquier espectáculo futbolístico en todo el territorio de la provincia, velando por la protección de la integridad física, la salud y los bienes de las personas”. A su vez, estaría integrado por el secretario de Coordinación de Seguridad en Competencias Deportivas, los intendentes de aquellas ciudades cuyos equipos militen en la Primera División y Nacional “B” de los Torneos de AFA, y un representante de la policía. En cuanto a las facultades que tendrá dicho comité, enumeró: “la calificación de riesgo del evento, la determinación de efectivos policiales, ordenar la realización de un evento sin público visitante, proposición de sedes alternativas de acuerdo al riesgo que se suponga, así como suspensiones, horarios de realización, y clausuras temporarias o definitivas de los estadios, entre otras funciones”. Otra actuación del organismo sería la facultad de prohibir la concurrencia de aquellos individuos que hayan sido imputados por cualquier delito del Código Penal, y aplicar el derecho de admisión previa comunicación a un juez.
Con información de UNO

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