El acceso a la historia clínica es un derecho: por qué recomiendan solicitarla
Miércoles 08 de
Octubre 2014
Se trata de un documento médico legal que cada paciente tiene y que muchas veces por desconocimiento no se pide a las instituciones. Los beneficios de contar con una copia y el proyecto de ley que busca hacer valer este derecho
El acceso a la historia clínica en forma gratuita es un derecho que tienen todos los pacientes pero que en general, se desconoce. Se trata de un documento médico legal donde se recoge la información necesaria para la correcta atención de los pacientes. ¿Por qué no se hace valer ese derecho?
La legisladora de la Ciudad por Confianza Pública, Graciela Ocaña, presentó un proyecto de ley en el que acentúa el derecho que tienen todos los pacientes a recibir una copia autenticada de su historia clínica, en forma gratuita y dentro del plazo de 48 horas de solicitada la misma.
En la iniciativa presentada, se destaca que: "Resulta obligatorio para la totalidad de las Instituciones de Salud públicas y privadas, habilitados en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la exhibición, en un lugar del establecimiento o consultorio destacado y perfectamente visible a los pacientes, un cartel con el siguiente texto: La Historia Clínica es propiedad del paciente. Los pacientes tienen derecho a recibir copia autenticada. Artículo 14, ley 26.529".
Qué datos contiene la historia clínica
La Historia Clínica debe contener toda la información en forma secuencial del acontecer en el paciente; con los pasos cronológicos seguidos y de todos los actos de los profesionales y auxiliares, con sus firmas y aclaraciones, así como, los tratamientos que se hubieran aplicado y el profesional que los hubiera indicado, debiendo contener como mínimo y con carácter enunciativo y no limitativo los siguientes ítems:
-Datos personales del paciente
-Fecha de ingreso y egreso
-Antecedentes heredo-familiares
-Estado del paciente a su ingreso
-Motivo de consulta o ingreso
-Antecedentes de la enfermedad actual
-Estado de su enfermedad actual
-Examen físico, general y específico
-Exámenes complementarios solicitados y sus respectivos resultados
-Diagnósticos presuntivo/s y diferencial/es
-Plan terapéutico
-Evolución diaria u horaria según la gravedad del cuadro
-Alta o Egreso y recomendaciones
En diálogo con Infobae, la legisladora explica: "Muchas veces por una cuestión de confianza con el médico no se solicita. Lo que estamos proponiendo es que todos los consultorios hagan esta aclaración y que los pacientes puedan requerirlo, porque un derecho no conocido es un derecho no ejercido".
En ese aspecto, es central para llevar adelante futuros tratamientos, contar con todos los estudios previos, "sino es como empezar de nuevo".
"Por ejemplo, cuando venís con una atención médica regular y cambiás de trabajo, al mismo tiempo te puede cambiar la obra social y ya perdiste toda tu historia".
Una vez que el proyecto pase a consideración de asesores y diputados, podría aprobarse entonces la disposición de carteles para recordar la importancia de hacer uso de este derecho.
La legisladora de la Ciudad por Confianza Pública, Graciela Ocaña, presentó un proyecto de ley en el que acentúa el derecho que tienen todos los pacientes a recibir una copia autenticada de su historia clínica, en forma gratuita y dentro del plazo de 48 horas de solicitada la misma.
En la iniciativa presentada, se destaca que: "Resulta obligatorio para la totalidad de las Instituciones de Salud públicas y privadas, habilitados en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la exhibición, en un lugar del establecimiento o consultorio destacado y perfectamente visible a los pacientes, un cartel con el siguiente texto: La Historia Clínica es propiedad del paciente. Los pacientes tienen derecho a recibir copia autenticada. Artículo 14, ley 26.529".
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La Historia Clínica debe contener toda la información en forma secuencial del acontecer en el paciente; con los pasos cronológicos seguidos y de todos los actos de los profesionales y auxiliares, con sus firmas y aclaraciones, así como, los tratamientos que se hubieran aplicado y el profesional que los hubiera indicado, debiendo contener como mínimo y con carácter enunciativo y no limitativo los siguientes ítems:
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-Estado del paciente a su ingreso
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Con información de
infobae
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