Entre Ríos
Condenaron a un hombre por aguantar droga en su casa
Sábado 17 de
Enero 2015
El hombre que vive en la ciudad de San Benito, pero nació en Villaguay, aceptó cumplir tres años de cárcel por tenencia simple, pero como llevaba detenido casi un año quedó libre enseguida
El Tribunal Oral Federal de Paraná condenó a tres años de prisión efectiva a un hombre de 34 años que tenía pequeñas cantidades de droga en su casa en la ciudad de San Benito. Pero por llevar casi un año detenido, el procesado obtuvo la libertad condicional.
El hombre que dijo en la justicia ganarse la vida trabajando como ladrillero fue arrestado el 6 de febrero de 2014 por la Policía entrerriana. En el operativo los uniformados hallaron 18 cigarrillos armados, dos bolsas de nailon y 20 envoltorios de nailon todos ellos con marihuana, otro envoltorio con cocaína, papeles para armar cigarrillo y un picador con restos de marihuana; resultando ser un total de 111,985 gramos de cannabis sativa y 0,425 gramos de clorhidrato de cocaína. “Tienen pocas cantidades para evitar mayores problemas. Ellos van moviendo la mercancía de a pocos gramos”, dijo una fuente judicial a UNO.
El hombre, como todos los que son detenidos por comercializar estupefaciente, prefirió guardar silencio y no dar datos sobre el verdadero distribuidor. A través de su abogado, el procesado pidió que se le cambie la calificación legal: de tenencia con fines comerciales a tenencia simple. Tras lograr un acuerdo con la Fiscalía, el hombre firmó el acta que le imponía cumplir la pena de tres años de prisión y una multa de 2.000 pesos, más las costas del juicio. El pacto fue muy beneficioso para el procesado, ya que atento al tiempo de detención que llevaba se fue a su casa el mismo 31 de diciembre de 2014.
En su fallo el Tribunal Oral Federal de Paraná sostuvo: “…no caben dudas de que el material ilícito se encontraba bajo su esfera de custodia, pudiendo disponer de aquel en cualquier momento. Sin embargo no puede acreditarse, con el grado de certeza exigido en esta etapa del proceso, la ultraintención del sujeto en la comercialización de aquella, ya que no existe elemento alguno que permita probar acabadamente que se dedicaba a vender dicha sustancia y, por otra parte, no puede sostenerse que poseía dicha sustancia para su consumo personal exclusivamente, ya que no puede acreditarse ‘el destino inequívoco de consumo personal’ porque surge de la pericia química que no se halló ninguna sustancia estupefaciente en el análisis que se le realizó al imputado, con lo cual el cambio de calificación efectuado por las partes deviene acertado”.
Poca plata para la deuda
El tribunal en la sentencia hizo referencia al dinero secuestrado en poder del ladrillero y el destino que se le debe dar al mismo. En el punto 5 de la sentencia dictada se dispuso decomisar la suma de dinero secuestrada (5 pesos) y aplicarla al pago parcial de las costas impuestas. No obstante, el condenado tiene que cumplir una serie de requisitos para no volver a prisión: fijar domicilio legal, abstenerse de consumir bebidas alcohólicas y estupefacientes, adoptar profesión u oficio, no cometer nuevos delitos y someterse al control del Patronato de Liberados.
Casos de personas que tienen estupefaciente en su casa para ganar unos pesos hay muchos en la Justicia federal. Lamentablemente los poderosos siguen ganando.
El hombre que dijo en la justicia ganarse la vida trabajando como ladrillero fue arrestado el 6 de febrero de 2014 por la Policía entrerriana. En el operativo los uniformados hallaron 18 cigarrillos armados, dos bolsas de nailon y 20 envoltorios de nailon todos ellos con marihuana, otro envoltorio con cocaína, papeles para armar cigarrillo y un picador con restos de marihuana; resultando ser un total de 111,985 gramos de cannabis sativa y 0,425 gramos de clorhidrato de cocaína. “Tienen pocas cantidades para evitar mayores problemas. Ellos van moviendo la mercancía de a pocos gramos”, dijo una fuente judicial a UNO.
El hombre, como todos los que son detenidos por comercializar estupefaciente, prefirió guardar silencio y no dar datos sobre el verdadero distribuidor. A través de su abogado, el procesado pidió que se le cambie la calificación legal: de tenencia con fines comerciales a tenencia simple. Tras lograr un acuerdo con la Fiscalía, el hombre firmó el acta que le imponía cumplir la pena de tres años de prisión y una multa de 2.000 pesos, más las costas del juicio. El pacto fue muy beneficioso para el procesado, ya que atento al tiempo de detención que llevaba se fue a su casa el mismo 31 de diciembre de 2014.
En su fallo el Tribunal Oral Federal de Paraná sostuvo: “…no caben dudas de que el material ilícito se encontraba bajo su esfera de custodia, pudiendo disponer de aquel en cualquier momento. Sin embargo no puede acreditarse, con el grado de certeza exigido en esta etapa del proceso, la ultraintención del sujeto en la comercialización de aquella, ya que no existe elemento alguno que permita probar acabadamente que se dedicaba a vender dicha sustancia y, por otra parte, no puede sostenerse que poseía dicha sustancia para su consumo personal exclusivamente, ya que no puede acreditarse ‘el destino inequívoco de consumo personal’ porque surge de la pericia química que no se halló ninguna sustancia estupefaciente en el análisis que se le realizó al imputado, con lo cual el cambio de calificación efectuado por las partes deviene acertado”.
Poca plata para la deuda
El tribunal en la sentencia hizo referencia al dinero secuestrado en poder del ladrillero y el destino que se le debe dar al mismo. En el punto 5 de la sentencia dictada se dispuso decomisar la suma de dinero secuestrada (5 pesos) y aplicarla al pago parcial de las costas impuestas. No obstante, el condenado tiene que cumplir una serie de requisitos para no volver a prisión: fijar domicilio legal, abstenerse de consumir bebidas alcohólicas y estupefacientes, adoptar profesión u oficio, no cometer nuevos delitos y someterse al control del Patronato de Liberados.
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Con información de
unoentrerios
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