Córdoba
Acusados de trata, condenados a seis años por rufianería
Martes 07 de
Abril 2015
En concordancia con lo solicitado por el fiscal Maximiliano Hairabedian, el tribunal presidido por José Fabián Asís, integrado además por Luis Roberto Rueda y José Quiroga Uriburu, condenó a dos acusados por el delito de trata agravada de menores para explotación sexual por la figura de rufianería agravada y les impuso la pena de seis años de prisión.
Antes de conocerse la parte resolutiva del fallo, los imputados permanecieron en silencio.
Los condenados son los riocuartenses Carlos Rubén Escudero (32) y Franco Domingo Gallo (31), quienes fueron pareja de una menor de edad que ejercía la prostitución y, además con hacerse del dinero recaudado por la joven identificada como Malena, la sometían a brutales golpizas y amenazas de todo tipo.
Aunque los fundamentos del fallo recién se conocerán el lunes de la semana próxima, el argumento principal del fiscal para cambiar la carátula de un grave delito del fuero federal y acusar por rufianería agravada, figura contemplada en el artículo 127 del Código Penal, fue que la víctima ejercía la prostitución antes de los 15 años, edad que tenía cuando se fue a vivir con el imputado Gallo y que recién después de dos años de convivencia, ella volvió a prostituirse. Es decir que la niña no fue “captada” para ser explotada sexualmente, requisito esencial en el delito de trata. Tanto a Gallo como a Escudero se les enrostraba una violencia poco común hacia la menor. El primero llegó a calentar una cuchara para agredirla, además de las palizas acostumbradas que por lo general obedecían a “celos”. Escudero la castigaba e incluso se ponía un arma en la cabeza y amenazaba con suicidarse si Malena lo dejaba.
Al referirse a estas relaciones “enfermizas”, el fiscal recordó que la víctima tenía serios problemas familiares y encuadró esos golpes, amenazas y violencia psicológica, en una “violencia de corte machista”. Además de otras consideraciones opinó que era un típico caso de “violencia doméstica”.
Los condenados son los riocuartenses Carlos Rubén Escudero (32) y Franco Domingo Gallo (31), quienes fueron pareja de una menor de edad que ejercía la prostitución y, además con hacerse del dinero recaudado por la joven identificada como Malena, la sometían a brutales golpizas y amenazas de todo tipo.
Aunque los fundamentos del fallo recién se conocerán el lunes de la semana próxima, el argumento principal del fiscal para cambiar la carátula de un grave delito del fuero federal y acusar por rufianería agravada, figura contemplada en el artículo 127 del Código Penal, fue que la víctima ejercía la prostitución antes de los 15 años, edad que tenía cuando se fue a vivir con el imputado Gallo y que recién después de dos años de convivencia, ella volvió a prostituirse. Es decir que la niña no fue “captada” para ser explotada sexualmente, requisito esencial en el delito de trata. Tanto a Gallo como a Escudero se les enrostraba una violencia poco común hacia la menor. El primero llegó a calentar una cuchara para agredirla, además de las palizas acostumbradas que por lo general obedecían a “celos”. Escudero la castigaba e incluso se ponía un arma en la cabeza y amenazaba con suicidarse si Malena lo dejaba.
Al referirse a estas relaciones “enfermizas”, el fiscal recordó que la víctima tenía serios problemas familiares y encuadró esos golpes, amenazas y violencia psicológica, en una “violencia de corte machista”. Además de otras consideraciones opinó que era un típico caso de “violencia doméstica”.
Con información de
La Voz

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