Corrientes
Corrientes se ubica entre la provincias que prohíben la eutanasia de animales
Jueves 23 de
Abril 2015
Diputados aprobó la esterilización quirúrgica como único método para el control del crecimiento poblacional de perros y gatos. Fue un Proyecto de los diputados Nora Nazar y Alberto Simón.
Corrientes se ubica entre las provincias argentinas que cuentan con una legislación específica de protección animal; en este caso, merced a la iniciativa presentada tiempo atrás por los diputados Nora Nazar (actualmente, senadora) y Ramón Simón (mandato cumplido). El texto aprobado ayer durante la sesión de la Cámara de Diputados de la provincia, ya contaba con media sanción con modificaciones del Senado.
En sus articulados señala que el objetivo es alcanzar - en todo el territorio de la Provincia de Corrientes- el equilibrio de la población de perros y gatos de forma humanitaria no eutanásica, siendo la autoridad de aplicación el Ministerio de Salud Pública, Dirección de Zoonosis. Es el artículo 3 el que Prohíbe en todas los organismos o dependencias oficiales de la Provincia de Corrientes la práctica del sacrificio de perros y gatos, como así también, todos los actos que impliquen malos tratos o actos de crueldad hacia los animales, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nacional Nº 14.346, exceptuándose en los casos en que la Autoridad de Aplicación considere causa de peligro o riesgo para la salud de la población. Para ello, se establece la práctica de la esterilización quirúrgica como único método para el control del crecimiento poblacional de perros y gatos, en todo el ámbito de la Provincia de Corrientes, declarándose obligatorio en la Provincia el tratamiento antiparasitario de los perros y gatos, así como la aplicación de todos los métodos preventivos contra las zoonosis.
Contra la violencia
Un proyecto con el mismo espíritu, autoría del diputado Manuel Sussini, de protección a los animales, tuvo media sanción, pasando al Senado para completar su trámite parlamentario. En este caso, la normativa será aplicable a los establecimientos dedicados a la producción, reproducción, adiestramiento, compraventa de mascotas. Se establece que el animal debe estar libre de hambre y sed; libre de dolor, lesiones y enfermedades, previniéndolas o diagnosticándolas rápidamente; y haciendo uso del tratamiento adecuado.
En síntesis: se estipula en la futura Ley que todos los animales tienen derecho a su propia existencia... El ser humano no puede atribuirse el derecho de exterminarlos o de explotarlo. De acuerdo con el texto, la presente ley es de orden público y tiene por objeto regular dentro del territorio de la Provincia de Corrientes la protección y el bienestar de los animales domésticos, bien sean productivos o de compañía, como los animales para experimentación y otros fines científicos. E insisten en que las disposiciones serán aplicables a los establecimientos dedicados a la producción, reproducción, adiestramiento, acicalamiento, custodia, compraventa, diagnóstico y tratamiento de enfermedades y a cualquier otro lugar donde se tengan animales, así como a la circulación de los mismos.
Con información de
nortecorrientes

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