SANTA FE
Trámites para justificar la no emisión del voto en las PASO
Viernes 15 de
Mayo 2015
Se pueden realizar online en la página web del Tribunal Electoral.
La Secretaría Electoral de la provincia dio a conocer los detalles para justificar la no emisión de voto en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (Paso) que tuvieron lugar el 19 de abril en Santa Fe. El trámite comienza en la página web del Tribunal Electoral, www.tribunalelectoral.santafe.gov.ar, y culmina con el envío de documentación respaldatoria por correo postal, teniendo como plazo hasta el 19 de junio.
El primer paso es buscar dentro de esta web el banner que indique “Justificación de la no emisión del voto”. Una vez allí, la persona que realiza el trámite debe identificarse colocando su número de DNI y su sexo. Se exhibirá entonces en pantalla el artículo 12 del Código Electoral Nacional, que establece el “Deber de votar”. Este artículo indica quiénes quedarán exentos a través de una serie de incisos que enumeran los motivos de la no concurrencia. El usuario debe elegir el inciso pertinente por el cual no concurrió al sufragio, completando un cuadro con el N° de teléfono, correo electrónico y el inciso propiamente dicho. Finalmente, el usuario puede elegir imprimir la constancia.
Luego, para finalizar el trámite, deberá enviar a la Secretaría Electoral (sita en Bv. Pellegrini 2947) la documentación que respalde su solicitud de justificación. El envío deberá hacerse por correo tradicional, con respuesta postal paga. Esa documentación será evaluada por las autoridades, para decidir si corresponde justificar la no concurrencia a votar (si el caso se encuadra en las causales previstas por la normativa).
Los ciudadanos que no votaron también pueden hacer el trámite en otras dependencias públicas pertinentes a su lugar de residencia, donde recibirán la asistencia para realizarlo bajo la modalidad online. A saber:
>>> En Buenos Aires: Delegación Buenos Aires del Gobierno de la Provincia (Casa de Santa Fe, 25 de Mayo 178, C.A.B.A.).
>>> En Santa Fe: Sede del Tribunal Electoral: Bv. Pellegrini 2947 y Sede de la Región 3 (Ruta 11, Km: 482, Recreo).
>>> En Reconquista: Sede de la Región 1 (Bulevar Irigoyen 1415, Reconquista).
>>> En Rafaela: Sede de la Región 2 (Bulevar Santa Fe 2771, Rafaela).
>>> En Rosario: Sede de la Región 4 (Santa Fe 1950, subsuelo, Rosario).
>>> En Venado Tuerto: Sede de la Región 5 (9 de Julio 1765).
>>> Oficinas de los centros Municipales de Distrito de Santa Fe (A. del Valle 9446, Tte. Loza 6970, Gorriti 3900, Blas Parera 5401, General Paz y Hernandarias, Bulevar Gálvez 1150, General López 3685 y Ruta 1 Km. 2,7, San José del Rincón) y Rosario (Weelwright 1486, Warnes 1917, Provincias Unidas 150 bis, Presidente Perón 4602, Francia 4435 y Uriburu 637).
>>> Juzgados comunitarios y oficinas del Registro Civil.
Ante cualquier consulta, comunicarse a los teléfonos 342 -4577041/42/43 ó al 0800-555-0801 de 7:00 a 19:00 Hs.
Ante cualquier consulta, visitar la pagina web del Tribunal Electoral Provincial (www.tribunalelectoral.santafe.gov.ar),- o comunicarse a los teléfonos 342 4577041/42/43.-
El primer paso es buscar dentro de esta web el banner que indique “Justificación de la no emisión del voto”. Una vez allí, la persona que realiza el trámite debe identificarse colocando su número de DNI y su sexo. Se exhibirá entonces en pantalla el artículo 12 del Código Electoral Nacional, que establece el “Deber de votar”. Este artículo indica quiénes quedarán exentos a través de una serie de incisos que enumeran los motivos de la no concurrencia. El usuario debe elegir el inciso pertinente por el cual no concurrió al sufragio, completando un cuadro con el N° de teléfono, correo electrónico y el inciso propiamente dicho. Finalmente, el usuario puede elegir imprimir la constancia.
Luego, para finalizar el trámite, deberá enviar a la Secretaría Electoral (sita en Bv. Pellegrini 2947) la documentación que respalde su solicitud de justificación. El envío deberá hacerse por correo tradicional, con respuesta postal paga. Esa documentación será evaluada por las autoridades, para decidir si corresponde justificar la no concurrencia a votar (si el caso se encuadra en las causales previstas por la normativa).
Los ciudadanos que no votaron también pueden hacer el trámite en otras dependencias públicas pertinentes a su lugar de residencia, donde recibirán la asistencia para realizarlo bajo la modalidad online. A saber:
>>> En Buenos Aires: Delegación Buenos Aires del Gobierno de la Provincia (Casa de Santa Fe, 25 de Mayo 178, C.A.B.A.).
>>> En Santa Fe: Sede del Tribunal Electoral: Bv. Pellegrini 2947 y Sede de la Región 3 (Ruta 11, Km: 482, Recreo).
>>> En Reconquista: Sede de la Región 1 (Bulevar Irigoyen 1415, Reconquista).
>>> En Rafaela: Sede de la Región 2 (Bulevar Santa Fe 2771, Rafaela).
>>> En Rosario: Sede de la Región 4 (Santa Fe 1950, subsuelo, Rosario).
>>> En Venado Tuerto: Sede de la Región 5 (9 de Julio 1765).
>>> Oficinas de los centros Municipales de Distrito de Santa Fe (A. del Valle 9446, Tte. Loza 6970, Gorriti 3900, Blas Parera 5401, General Paz y Hernandarias, Bulevar Gálvez 1150, General López 3685 y Ruta 1 Km. 2,7, San José del Rincón) y Rosario (Weelwright 1486, Warnes 1917, Provincias Unidas 150 bis, Presidente Perón 4602, Francia 4435 y Uriburu 637).
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