Santa Fe - Docentes: Es la “declaración jurada” individual impuesta de modo anterior a una medida colectiva (paro) lo que la censura previa a la libertad de expresión. Maxi Romero
Entre Rios | Gualeguaychú

Una mujer fue detenida cuando intentaba sacar ilegalmente de Gualeguaychú tres pinturas valuadas en 120.000 dólares

Martes 07 de Julio 2015

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Aduana, evitó la salida ilegal del país de tres obras del pintor uruguayo Carlos Páez Vilaró valuadas en 120.000 dólares, durante un control de rutina realizado en el puente internacional Libertador General San Martín de Gualeguaychú.

Se trata de las pinturas “Teresa y sus dos gatos”, valuada en 45.000 dólares; “La divina del río”, cuyo valor asciende a 40.000 dólares; y “Reflexión”, tasada en 35.000 dólares, que fueron secuestradas y puestas a custodia del administrador de la Aduana de Gualeguaychú por infringir la Ley de Código Aduanero.
 
Los lienzos estaban envueltos en un rollo de papel afiche y fueron encontrados durante el control realizado en el interior de un vehículo, un Peugeot 208, que se dirigía a Uruguay, conducido por una mujer argentina que no declaró inicialmente la tenencia de las obras de arte.
 
El primer análisis de los expertos de la Aduana indica que las obras habían sido quitadas recientemente de un bastidor y llamó la atención el modo en que eran llevadas, ya que no cumplía con ningún protocolo de transporte de obras de arte.
 
Los agentes aduaneros constataron que la mujer que transportaba las obras –de 43 años, quien declaró tener domicilio en Buenos Aires- tiene un perfil fiscal nulo, es decir, no tiene el alta en ningún impuesto ni un trabajo declarado en el país a pesar de que el auto en el que viajaba era de su propiedad.
 
En enero pasado, la AFIP creó el Registro Fiscal de Operadores de Obras de Arte, y un régimen de información respecto a operaciones de compra, venta e intermediación de obras de arte, para otorgar transparencia al mercado de obras de arte, verificar la capacidad patrimonial de sus tenedores y el cumplimiento fiscal por parte de los intermediarios.
Con información de unoentrerios

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