SANTA FE | ROSARIO
Un sanatorio debe indemnizar a una mujer que sufrió heridas al caer de una camilla
Lunes 16 de
Noviembre 2015
La Justicia de Rosario condenó a un sanatorio privado por las heridas que sufrió una paciente que en medio de convulsiones cayó de una camilla y sufrió serias lesiones.
El centro médico deberá indemnizar a la mujer con 200 mil pesos.
El fallo es de primera instancia y fue apelado por los abogados defensores de la entidad y por lo tanto no está firme.
El hecho ocurrió el 6 de diciembre de 1012, y luego de sufrir una convulsión la mujer fue derivada al Sanatorio Nuestra Señora del Rosario. ubicado en Sarmiento 3125. En la guardia la colocaron en una camilla y cuando padeció una nueva convulsión, la paciente cayó al piso.
La mujer por entonces tenia 49 años y a raíz de la caída sufrió un severo traumatismo facial, fractura en la zona derecha del rostro, edemas en las partes blandas y traumatismos en lar región bucal.
El juez en lo Civil y Comercial Nª 10 Marcelo Quaglia remarcó en su resolución que los centros asistenciales "tienen una obligación tácita de seguridad en relación con la eficacia de la prestación médica, como también a la integridad física del paciente".
El magistrado agregó que "antes las convulsiones sufridas por las pacientes, el sanatorio debió extremar los recaudos necesarios para evitar situaciones de riesgo". Por la caída al piso, esta mujer sufre una incapacidad permanente del 26 por ciento.
Al hacer lugar a la demanda, el juez Quaglia hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios y condenó al centro médico Ipam a abonar a la paciente entre capital e interés más de 200 mil pesos. La resolución fue apelada y por lo tanto no está firme.
El fallo es de primera instancia y fue apelado por los abogados defensores de la entidad y por lo tanto no está firme.
El hecho ocurrió el 6 de diciembre de 1012, y luego de sufrir una convulsión la mujer fue derivada al Sanatorio Nuestra Señora del Rosario. ubicado en Sarmiento 3125. En la guardia la colocaron en una camilla y cuando padeció una nueva convulsión, la paciente cayó al piso.
La mujer por entonces tenia 49 años y a raíz de la caída sufrió un severo traumatismo facial, fractura en la zona derecha del rostro, edemas en las partes blandas y traumatismos en lar región bucal.
El juez en lo Civil y Comercial Nª 10 Marcelo Quaglia remarcó en su resolución que los centros asistenciales "tienen una obligación tácita de seguridad en relación con la eficacia de la prestación médica, como también a la integridad física del paciente".
El magistrado agregó que "antes las convulsiones sufridas por las pacientes, el sanatorio debió extremar los recaudos necesarios para evitar situaciones de riesgo". Por la caída al piso, esta mujer sufre una incapacidad permanente del 26 por ciento.
Al hacer lugar a la demanda, el juez Quaglia hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios y condenó al centro médico Ipam a abonar a la paciente entre capital e interés más de 200 mil pesos. La resolución fue apelada y por lo tanto no está firme.
Con información de
La Capital

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