ENTRE RÍOS

El sobreseimiento dictado a un conductor que chocó y mató fue revocado

Martes 29 de Marzo 2016

Así lo dictaminó la jueza Elisa Zilli, tras el planteo presentado por los querellantes Hernán García Guiffre y Mario Paz.
 
Un error de procedimiento del juez de Garantías de Paraná, Eduardo Ruhl, provocó que el sobreseimiento dictado a Luis Alfredo Vaca, un conductor que chocó y mató a Carlos Gauna de 70 años, en el acceso a El Pingo sea revocado. Así lo dictaminó la jueza Elisa Zilli, tras el planteo presentado por los querellantes Hernán García Guiffre y Mario Paz.
 
El 21 de agosto de 2015, Vaca, de 28 años, embistió con su Peugeot 206 a Gauna, que había descendido de un colectivo a la vera de la ruta 127, en el acceso a El Pingo. Tras cinco días de internación, Gauna murió. Vaca fue acusado de Homicidio Culposo, pero el 2 de marzo fue sobreseido a pedido del fiscal Gervacio Labriola. 
 
Según Guiffre y Paz en el fallo de Ruhl hay incongruencias e inconsistencias, ya que primero enumera las faltas cometidas por el conductor y luego dice que no las cometió. Los querellantes dicen que la pericia oficial, que se tuvo en cuenta en el fallo, indica que no se puede determinar la velocidad, pero después indica que el auto iba a 40 kilómetros por hora, en base a un cartel indicador que hay en la ruta. En ese sentido, Guiffre y Paz sostienen que el perito privado Alberto Bilotta sostiene que el auto transitaba por la ruta a una velocidad de 80 o 90 kilómetros por horas por eso el cuerpo de Gauna quedó a 17 metros de distancia del lugar del impacto. La querella opinó que en el fallo culpan al peatón por haber estado alcoholizado (1,8 grados de alcohol en sangre) cuando la mayor responsabilidad es del automovilista. Labriola justificó su pedido de sobreseimiento diciendo que el pidió la medida el 19 de febrero y la querella presentó su pericia recién el 26. Argumentó que la velocidad probable del auto era de 40 kilómetros, pero aseguró que no se puedo determinar. Recordó que la Ley Nacional de Tránsito en su artículo 38 dispone deberes a cumplir por parte del peatón, que fueron obviados por Gauna. 
Con información de unoentrerios

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