SANTA FE | ARMSTRONG
Una aseguradora deberá pagar los daños de un accidente, pese a que su clienta no tenía licencia de conducir
Lunes 01 de
Agosto 2016
Una compañía de seguros deberá cubrir los daños de un accidente de tránsito que protagonizó una de sus clientas, quien, pudo constatarse, no tenía licencia de conducir. La información fue publicada hoy por el portal especializado Tiempo de Justicia.

La Cámara de Apelaciones de Circuito de los tribunales provinciales de Rosario rechazó un recurso planteado por la Federal Argentina por un fallo de primera instancia debía cubrir los gastos producidos por un choque ocurrido en el 2007 en la localidad santafesina de Armstrong.
Sin embargo, consideró que era causal de exclusión de cobertura que la automovilista no tuviera carné de conductor habilitante al momento del siniestro.
Los camaristas Eduardo Pagnacco, Ricardo Netri y René Galfré entendieron que la aseguradora debió exigirle a la clienta el carnet de conducir al momento de celebrar el contrato.
Para el tribunal, la empresa tenía la obligación de realizar todas las averiguaciones necesarias y no haberlo hecho es un acto de mala fe que la habilitó a cobrar las cuotas, pero en caso de un siniestro podía eludir su responsabilidad de cobertura.
Con información de
La Capital

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