BUENOS AIRES
Multas millonarias y penas de cárcel para quienes no cumplan la ley de control de eventos
Viernes 30 de
Septiembre 2016
Un registro de productores de eventos masivos, multas de hasta un millón de pesos y penas de hasta 60 días son parte de una nueva ley para el control de eventos masivos en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires
Los diputados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancionaron una ley que regula "los eventos masivos, entendiendo como tales a los espectáculos y diversiones públicas de carácter eventual, que se lleven a cabo en un predio no habilitado para tal fin", según expresa el primer artículo de la nueva norma.
Por la misma se crea el "registro de productores de eventos masivos", en el ámbito de la Agencia Gubernamental de Control (AGC); y además se determinaron asimismo requisitos estrictos sobre higiene, seguridad, prevención de incendio o incidentes, planes de evacuación, sistema médico asistencial, información y prevención sobre el uso de drogas.
El texto también dice que en este tipo de fiestas deberá haber acceso fácil, gratuito y seguro al agua potable por parte de los asistentes, servicio médico en el lugar, socorristas y baños adecuados a la cantidad de concurrentes.
Para quienes omitan el cumplimiento de las regulaciones establecidas, se fijaron sanciones de 60 días de arresto o multa de casi un millón de pesos, informa la legislatura en un comunicado.
La norma definió como evento masivo a "todo acto, reunión o acontecimiento de carácter eventual cuyo objeto sea artístico, musical o festivo, capaz de producir una concentración igual o mayor a un mil asistentes, y que se lleve a cabo en establecimientos abiertos, cerrados o semi cerrados en el ámbito de la ciudad y en el que el público concurrente es un mero espectador (Espectáculo Público) y/o participa del entretenimiento ofrecido y/o de la actividad que se desarrolla (Diversión Pública)".
El texto establece que en los eventos en predios abiertos la capacidad máxima que podrá otorgarse será a razón de tres personas por metro cuadrado para los espectáculos públicos y de dos personas por metro cuadrado para las diversiones públicas. Para el caso de establecimientos cerrados o semi cerrados, deberá contarse primero con una habilitación en la que se estipulará la capacidad otorgada.
El análisis de la norma comenzó a raíz de un proyecto de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad, a la que luego se sumaron sendas iniciativas de los diputados María Rosa Muiños (BP), Gabriel Fuks (FPV), Andrea Conde (FPV), Roy Cortina (PS), Daniel Presti (PRO), Carlos Tomada (FPV) y de la Defensoría del Pueblo.
Con información de
telam

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Con Maxi Romero y Carlos Renna
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