BUENOS AIRES | MAR DEL PLATA
La Defensoría del Pueblo consideró "ilegal" la incautación de bebidas alcohólicas en balnearios
Sábado 14 de
Enero 2017
La Defensoría del Pueblo de General Pueyrredon se refirió a los controles que se vienen realizando a turistas y marplatenses en distintos sectores costeros. Instó al Ejecutivo Municipal a desistir de estas prácticas.
El organismo manifestó su preocupación por los operativos en las playas, en especial en Playa Grande, por ser "lesivas a los derechos y garantías de los usuarios de dichos espacios públicos”.
El ejecutivo comunal inició este año operativos en la zona de Playa Grande y otros balnearios para detectar la portación de bebidas alcohólicas por lo que se procede a la revisación de bolsos, heladeras portátiles y demás pertenencias personales.
Fernando Rizzi, titular de la Defensoría, aseguró: “la prohibición de alcohol se viola cuando se está consumiendo. Y la única sanción que implica la ordenanza es una multa de 50 pesos. No está previsto siquiera el decomiso así como revisar los bolsos. No hay ninguna legislación provincial ni municipal que lo habilite”.
La Ordenanza 15743 prohíbe en el ámbito del Partido de General Pueyrredon la venta, suministro a cualquier título, y consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, espacios públicos, interior de estadios, polideportivos, u otros sitios de igual naturaleza.
El artículo 18 establece que las violaciones a lo dispuesto en la ordenanza darán lugar a una multa de 50 pesos, el máximo permitido.
El ejecutivo comunal inició este año operativos en la zona de Playa Grande y otros balnearios para detectar la portación de bebidas alcohólicas por lo que se procede a la revisación de bolsos, heladeras portátiles y demás pertenencias personales.
Fernando Rizzi, titular de la Defensoría, aseguró: “la prohibición de alcohol se viola cuando se está consumiendo. Y la única sanción que implica la ordenanza es una multa de 50 pesos. No está previsto siquiera el decomiso así como revisar los bolsos. No hay ninguna legislación provincial ni municipal que lo habilite”.
La Ordenanza 15743 prohíbe en el ámbito del Partido de General Pueyrredon la venta, suministro a cualquier título, y consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, espacios públicos, interior de estadios, polideportivos, u otros sitios de igual naturaleza.
El artículo 18 establece que las violaciones a lo dispuesto en la ordenanza darán lugar a una multa de 50 pesos, el máximo permitido.
Con información de
telam

Suscribite!
Y recibí las noticias más importantes!
Y recibí las noticias más importantes!
Nota22.com
Con Maxi Romero y Carlos Renna
LO MÁS VISTO
¿Qué diferencia existe entre la invalidez y la nulidad en el CPP Santa Fe y en el CPP Federal?
En el Código Procesal Penal de Santa Fe.
El Poder Ejecutivo pretende que los salarios se negocien con un salario mínimo garantizado de $1 millón para quitar presión a las paritarias
El nuevo esquema oficial busca ampliar el financiamiento para la vivienda. Cuáles son las condiciones, tasas y plazos
Los números de los especialistas se van achicando y, en algunos casos extremos, caen hasta el 2% cuando en enero esperaban hasta 3,5 por ciento. Entre los factores identifican la negativa del Gobierno a salir al mercado internacional y el freno del crédito por el aumento de la mora

