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SANTA FE | CIUDAD

Avanza el proyecto para que todos los colectivos tengan aire acondicionado frío-calor

Martes 11 de Abril 2017

Se debatiría en el Concejo Municipal en próximas sesiones. La intención es equilibrar la temperatura en el interior de los vehículos en cualquier época del año.
Se trata de una iniciativa presentada por el concejal Ignacio Marinez Kerz, que plantea incorporar a la Ordenanza 11580, marco regulatorio del Sistema de Transporte Público de Pasajeros por Colectivos, la obligatoriedad de instalar equipos de aire acondicionado en las nuevas unidades que se habiliten.
De acuerdo a lo que manifestó el legislador local a UNO Santa Fe, el texto fue trabajado en comisiones, y está próximo a ser tratado en sesión. En esa dirección contó que se busca que la iniciativa tenga el mayor consenso posible, tanto dentro del recinto, como en el ámbito municipal para que su implementación sea efectiva.
Según sostuvo el edil en la fundamentación del proyecto, el colectivo es uno de los servicios más utilizados por los santafesinos, y por dicha razón se debe revisar y readecuar constantemente la normativa atendiendo las necesidades de los vecinos.
"Las altas temperaturas que cada vez son más prolongadas, hacen necesario adoptar medidas del tipo de la propuesta. Los usuarios del servicio público de colectivos, deben poder transportarse en un ambiente cómodo y confortable", afirmó.
En esa línea, Martinez Kerz destacó que "poder transportarse en un ambiente agradable contribuye con el cuidado de la salud de los usuarios y trabajadores del transporte ya que, es habitual ante las altas temperaturas y la baja presión que azota con más frecuencia estos últimos años nuestra ciudad que se produzcan descompensaciones y golpes de calor principalmente en adultos mayores y niños".
A su vez, el proyecto establece condiciones técnicas mínimas con las que deberán contar las unidades:
  • Estar calibrados a fin de mantener una temperatura interior de veinticuatro grados centígrados, debiendo garantizar que con una temperatura externa superior a treinta grados, la diferencia entre temperatura exterior e interior no sea inferior a ocho grados;
  • La tasa de renovación de mínima de aire, con el equipo encendido, debe ser de ocho metros cúbicos por persona, considerando el ómnibus completo;
  • Podrán disponer de ventanillas de paños fijos, vidrios tonalizados en las ventanillas del pasaje y cortinas de aire en las puertas;
  • Si el aire acondicionado está desactivado, el sistema de ventilación deberá asegurar la renovación del aire en la unidad, como mínimo veinte veces el volumen interior por hora;
  • Las unidades dotadas de aire acondicionado deberán disponer de un display digital, donde el pasajero pueda observar la temperatura exterior y la temperatura de calibración del equipo;
  • Si la temperatura exterior es menor a veinticuatro grados, los equipos podrán estar apagados a fin de hacer racional el uso de energía.

Por último, la iniciativa determina que las prestatarias del servicio de transporte público de pasajeros por colectivo deberán readecuar cada unidad en un plazo improrrogable de hasta dos años.
Con información de unosantafe

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