SANTA FE | VERA
Denegaron la libertad para el empleado judicial de Vera acusado de abusar de su hija
Martes 09 de
Mayo 2017
La defensa de Manuel D., solicitó la excarcelación pero el juez, Gonzalo Basualdo, hizo lugar al pedido de la Fiscalía y determinó que el imputado continúe detenido en Las Flores.
El juez Gonzalo Basualdo rechazó la solicitud de libertad para un expleado judicial de los tribunales de Vera que se encuentra imputado por abusar de su hija y otros delitos. El pedido había sido rechazado por el fiscal del caso, Leandro Benegas, por lo cual M. A. D. deberá continuar privado de su libertad en la cárcel de Las Flores.
El acusado, que deberá esperar el juicio tras las rejas, es un funcionario –suspendido en sus funciones– del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal (SPPDP). El mismo permanece detenido desde el 26 de junio del 2015 por orden de otro magistrado de primera instancia, Gustavo Gon.
Según el funcionario del MPA, "la Defensa fundó su pretensión en el artículo 227 del Código Procesal Penal de la provincia, en el que se establece que la libertad debe disponerse aún de oficio cuando la duración de la prisión preventiva excediere los dos años".
En tanto, Benegas aclaró que "el planteo no correspondía porque al viernes 5 de mayo, restaban 53 días para el vencimiento de la cautelar fijada". "La medida cautelar que está cumpliendo Manuel D. en este momento, fue dictada en el marco de la segunda investigación penal que se le inició y vence a los dos años, es decir, el próximo 26 de junio de este año". Por tal razón, concluyó que "no existe fundamento legal, jurisprudencial ni doctrinario para resolver conforme a lo erróneamente peticionado por la defensa".
El caso se encuentra con la acusación presentada y se solicitó la inmediata conformación del tribunal para el desarrollo del juicio oral y público.
El acusado, que deberá esperar el juicio tras las rejas, es un funcionario –suspendido en sus funciones– del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal (SPPDP). El mismo permanece detenido desde el 26 de junio del 2015 por orden de otro magistrado de primera instancia, Gustavo Gon.
Según el funcionario del MPA, "la Defensa fundó su pretensión en el artículo 227 del Código Procesal Penal de la provincia, en el que se establece que la libertad debe disponerse aún de oficio cuando la duración de la prisión preventiva excediere los dos años".
En tanto, Benegas aclaró que "el planteo no correspondía porque al viernes 5 de mayo, restaban 53 días para el vencimiento de la cautelar fijada". "La medida cautelar que está cumpliendo Manuel D. en este momento, fue dictada en el marco de la segunda investigación penal que se le inició y vence a los dos años, es decir, el próximo 26 de junio de este año". Por tal razón, concluyó que "no existe fundamento legal, jurisprudencial ni doctrinario para resolver conforme a lo erróneamente peticionado por la defensa".
El caso se encuentra con la acusación presentada y se solicitó la inmediata conformación del tribunal para el desarrollo del juicio oral y público.
Con información de
unosantafe