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Celulares: Crecen los ciberataques y hallan más de un virus por día
Sábado 29 de
Junio 2013

En un año aumentaron 42% y la cantidad de “malware”, más del 600%. Es porque los teléfonos inteligentes se masificaron y doblan en ventas a las PC. Recomiendan usar antivirus para móviles.
La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Convención Interamericana de Derechos Humanos de la OEA ha alertado de las restricciones que para la libertad de expresión y de prensa se derivarán si entra en vigor la Ley de Comunicación aprobada por Ecuador el pasado 14 de junio. Su responsable, Catalina Botero, insta en una carta remitida al ministro de Relaciones Exteriores ecuatoriano, Ricardo Patiño, que adecue la disposición a los estándares internacionales en materia de libertad de expresión.
“La ley consagra algunos principios importantes para el ejercicio del derecho a la libertad de pensamiento y de expresión”, señala el documento remitido por la relatoría. “No obstante, al regular dichos principios, la ley establece gravosas restricciones que hacen que resulten prácticamente ineficaces”.
A lo largo de los 12 folios de los que consta la carta, la relatoría manifiesta su preocupación por el excesivo control sobre los medios que la norma atribuye al organismo denominado Superintendencia de Información y Comunicación y por la existencia de un régimen sancionador con obligaciones “ambiguas”, “exorbitantes” y “desproporcionadas”, que podría amenazar la existencia de medios de comunicación pequeños o más débiles y “crear un efecto intimidatorio incompatible con una sociedad democrática”.
Sobre ese efecto intimidatorio se insiste en varias ocasiones en el documento cuando se alerta sobre la nueva figura jurídica del “linchamiento mediático”, cuya aplicación podría derivar en una mordaza para la libertad de información. “Cualquier denuncia sostenida de corrupción que pueda conducir a la reducción de la credibilidad pública de un funcionario público podría ser calificada por el organismo administrativo competente como “linchamiento mediático” y ser objeto de las correspondientes sanciones”, señala Botero en la carta. En esa misma línea, se denuncian los estímulos a la autocensura que se esconden en la norma. “La ley prohíbe expresamente la autocensura, pero establece incentivos muy fuertes para que los periodistas, editores y propietarios de los medios adopten autorrestricciones desproporcionadas como medida de protección frente a la posibilidad incierta de ser objeto de las sanciones que la ley establece”.

Uno de los puntos sobre los que la carta llama la atención al Gobierno dirigido por Rafael Correa es el relativo a la extensión del deber de reserva respecto de la información pública clasificada, tanto a terceros no vinculados al Estado como a los medios de comunicación, que se incluye en la norma. Una circunstancia que, en Ecuador, convertiría en responsable legal a Julian Assange, a quien ese país ha concedido asilo y mantiene alojado en su Embajada de Londres, y, por supuesto, a Edward Snowden, quien también ha solicitado refugio a Ecuador, ya que trabajaba bajo una subcontrata para el Gobierno estadounidense cuando sustrajo los programas de espionaje de la Administración que luego filtró. “Bajo ninguna circunstancia los periodistas, integrantes de medios de comunicación o miembros de la sociedad civil que tengan acceso y difundan información reservada por considerarla de interés público, deben ser sometidos a sanciones por por violación del deber de reserva”, denuncia Botero.
En los últimos años, el Gobierno de Ecuador ha sido especialmente beligerante con la Relatoría sobre Libertad de Expresión de la CIDH, que se ha mostrado muy crítica con la situación de la libertad de expresión en ese país. Patiño y Correa han acusado a esta relatoría de contar con demasiados privilegios en relación a otras -por su carácter de especial se financia con recursos externos- y durante los debates para la reforma del Sistema Interamericano de Derechos Humanos presionaron, junto con el resto de países del ALBA, para eliminar la posibilidad de financiación externa de las relatorías, una decisión que otros Estados, además de organizaciones de derechos civiles, consideraron como un intento de debilitar a esa relatoría, abocándola a su desintegración al acabar con su fuente ingresos. Finalmente, la OEA acordó mantener la posibilidad de vías exteriores de financiación.
A lo largo de los 12 folios de los que consta la carta, la relatoría manifiesta su preocupación por el excesivo control sobre los medios que la norma atribuye al organismo denominado Superintendencia de Información y Comunicación y por la existencia de un régimen sancionador con obligaciones “ambiguas”, “exorbitantes” y “desproporcionadas”, que podría amenazar la existencia de medios de comunicación pequeños o más débiles y “crear un efecto intimidatorio incompatible con una sociedad democrática”.
Sobre ese efecto intimidatorio se insiste en varias ocasiones en el documento cuando se alerta sobre la nueva figura jurídica del “linchamiento mediático”, cuya aplicación podría derivar en una mordaza para la libertad de información. “Cualquier denuncia sostenida de corrupción que pueda conducir a la reducción de la credibilidad pública de un funcionario público podría ser calificada por el organismo administrativo competente como “linchamiento mediático” y ser objeto de las correspondientes sanciones”, señala Botero en la carta. En esa misma línea, se denuncian los estímulos a la autocensura que se esconden en la norma. “La ley prohíbe expresamente la autocensura, pero establece incentivos muy fuertes para que los periodistas, editores y propietarios de los medios adopten autorrestricciones desproporcionadas como medida de protección frente a la posibilidad incierta de ser objeto de las sanciones que la ley establece”.

Uno de los puntos sobre los que la carta llama la atención al Gobierno dirigido por Rafael Correa es el relativo a la extensión del deber de reserva respecto de la información pública clasificada, tanto a terceros no vinculados al Estado como a los medios de comunicación, que se incluye en la norma. Una circunstancia que, en Ecuador, convertiría en responsable legal a Julian Assange, a quien ese país ha concedido asilo y mantiene alojado en su Embajada de Londres, y, por supuesto, a Edward Snowden, quien también ha solicitado refugio a Ecuador, ya que trabajaba bajo una subcontrata para el Gobierno estadounidense cuando sustrajo los programas de espionaje de la Administración que luego filtró. “Bajo ninguna circunstancia los periodistas, integrantes de medios de comunicación o miembros de la sociedad civil que tengan acceso y difundan información reservada por considerarla de interés público, deben ser sometidos a sanciones por por violación del deber de reserva”, denuncia Botero.
En los últimos años, el Gobierno de Ecuador ha sido especialmente beligerante con la Relatoría sobre Libertad de Expresión de la CIDH, que se ha mostrado muy crítica con la situación de la libertad de expresión en ese país. Patiño y Correa han acusado a esta relatoría de contar con demasiados privilegios en relación a otras -por su carácter de especial se financia con recursos externos- y durante los debates para la reforma del Sistema Interamericano de Derechos Humanos presionaron, junto con el resto de países del ALBA, para eliminar la posibilidad de financiación externa de las relatorías, una decisión que otros Estados, además de organizaciones de derechos civiles, consideraron como un intento de debilitar a esa relatoría, abocándola a su desintegración al acabar con su fuente ingresos. Finalmente, la OEA acordó mantener la posibilidad de vías exteriores de financiación.
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