Santa Fe | Inédito en democracia
Los candidatos a concejal no podrán contratar publicidad en radio y TV
Viernes 05 de
Julio 2013

Debe considerarse que luce fuera de época y descontextualizado que en la era de la comunicación y el marketing político candidatos y medios audiovisuales se vean privados de ofrecer sus propuestas
Los candidatos, partidos políticos y frentes electorales que participarán de los comicios a concejal, intendente y presidentes de comuna no podrán contratar publicidad televisiva ni radial para las elecciones primarias del 11 de agosto próximo. La información fue revelada a LaCapital por fuentes oficiales y legislativas, y será notificada en las próximas horas a los partidos y a los medios de comunicación.
Los candidatos, partidos políticos y frentes electorales que participarán de los comicios a concejal, intendente y presidentes de comuna no podrán contratar publicidad televisiva ni radial para las elecciones primarias del 11 de agosto próximo. La información fue revelada a LaCapital por fuentes oficiales y legislativas, y será notificada en las próximas horas a los partidos y a los medios de comunicación.
La decisión —inédita en la historia electoral de la provincia— se produce tras la imposibilidad de acceder a los espacios gratuitos, un episodio que generó fortísimos cortocircuitos entre funcionarios del gobierno provincial y legisladores de la oposición.
Ayer, el ministro de Gobierno, Rubén Galassi, admitió que "como no se pudo conseguir la cesión de espacios gratuitos, interpretando la voluntad de distribución equitativa, está vigente la ley 13.325 que en el artículo 16º prohíbe la contratación de espacios audiovisuales".
A su vez, la Casa Gris se comprometió a firmar un decreto disponiendo la contratación de espacios publicitarios en radio y televisión para las generales de octubre. "Evaluaremos la forma para que el Estado se haga cargo de los costos de esos espacios para que todos los partidos puedan promocionar sus ofertas electorales", señaló Galassi. Esa norma será ad referéndum de la Legislatura, aunque ya existe un compromiso previo de la oposición para aceptarlo.
En horas de la mañana el presidente de la Cámara de Diputados, Luis Rubeo, reunió en forma urgente a los titulares de los bloques legislativos para comunicarles la novedad. "Aceptamos que no haya publicidad para nadie. Todo esto debió haberse solucionado de otra forma, y se lo comuniqué en su momento al ministro Galassi. Estamos igualando para abajo, pero no existía otra forma", dijo Rubeo.
"Toda intervención sobre los medios de comunicación audiovisuales es competencia del gobierno federal. Desde el nivel provincial nosotros podemos requerir, y es lo que plasmaron los diputados provinciales en la ley 13.235, que el gobierno solicite a la Afsca el listado de los medios habilitados. Pero hay que tener en claro que si bien la nueva ley de servicios de comunicación permite acceder a los espacios gratuitos, la distribución de los mismos está a cargo de otra dependencia, que es la Dirección Nacional Electoral", había manifestado a su vez Galassi.
Lo cierto es que el tiempo pasó y, al fin, no habrá publicidad de campaña ni en la radio ni en la televisión. Ayer, desde la oposición comentaron que el gobierno santafesino dispuso la aplicación de la norma en lo que respecta a la prohibición "por temor a una denuncia penal que se había acordado entre los diferentes bloques ".
La situación es inédita y generará numerosos episodios contradictorios. Al tiempo que los canales de televisión y las radios no podrán emitir los spots de los postulantes a intendente, presidente comunal y concejal, sí podrán hacerlo con los candidatos a diputado nacional, que serán elegidos el mismo día, a la misma hora y en los mismos centros de votación.
A través de la ley 3.235/11, la Legislatura santafesina estableció en el artículo 16º: "Las agrupaciones políticas, así como los candidatos oficializados por ésas, no podrán contratar o adquirir, por sí o por terceros, espacios en radio o televisión, para promoción con fines electorales, cualquier modalidad empleada". Mientras esté vigente dicha norma o hasta tanto no se modifique el mencionado artículo, esta limitación se aplicará en las próximas elecciones internas.
Salida de emergencia. Pese a que la novedad caerá como una patada en el hígado en las gerencias comerciales de canales y radios, ayer parecía reinar consenso entre oficialistas y opositores por la salida de emergencia que se encontró al conflicto. A la hora de la lectura política, debe considerarse que luce fuera de época y descontextualizado que en la era de la comunicación y el marketing político candidatos y medios audiovisuales se vean privados de ofrecer sus propuestas.
La decisión será publicada en las próximas horas por la autoridad electoral que, además se lo notificará a los partidos y a los titulares de licencias en los medios de comunicación.
Para la campaña que comenzará en septiembre de cara a las elecciones generales, el gobierno santafesino deberá disponer una partida importante para contratar los espacios en medios de toda la provincia, previa aprobación legislativa de un decreto que se redactará en los próximos días.
Hasta ese momento los partidos y los candidatos a cargos municipales deberán poner en el freezer la batería de spots que habían preparado minuciosamente para promocionar sus menúes en las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias. La prohibición que se dispondrá no regirá para los medios escritos, las redes sociales y las formas de comunicación alternativas.
El artículo de la polémica
La ley 13.235 incorporó una serie de artículos a la ley 12.080 que es la que rige las campañas electorales en la provincia de Santa Fe. Ésta es la redacción vigente del artículo 16 que la Dirección Nacional Electoral determinó que era de imposible cumplimiento en la elección simultánea.
“Artículo 16.- Espacios en emisoras de radiodifusión televisiva y sonora abierta o por suscripción. A los efectos de esta ley, se entiende por espacio de publicidad electoral, a la cantidad de tiempo asignado a los fines de transmitir publicidad política por parte de la agrupación.- Los espacios de publicidad electoral en las emisoras de radiodifusión sonora, televisiva abierta o por suscripción, serán distribuidos por el Tribunal Electoral de la Provincia juntamente con la Autoridad de Aplicación de los procesos electorales del Poder Ejecutivo, entre todas las agrupaciones políticas que oficialicen candidaturas para cargos públicos electivos, para la difusión de sus mensajes de campaña, de conformidad con lo establecido por esta ley.
Las agrupaciones políticas, así como los candidatos oficializados por éstas, no podrán contratar o adquirir, por sí o por terceros, espacios en radio o televisión, para promoción con fines electorales, cualquier modalidad empleada.
Asimismo, las emisoras de radiodifusión sonora, televisiva abierta o por suscripción, no podrán emitir publicidad electoral que no sea la distribuida y autorizada por el Tribunal Electoral de la Provincia”.
Con información de
La Capital | El Litoral | NOTA22
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