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Condenado por prostituir en la calle a su pareja embarazada

Por: José Amado
Viernes 15 de Septiembre 2017

El proxeneta Ernesto Marchesini irá cinco años a prisión por explotar a la joven que cursaba siete semanas de gestación, en Gualeguaychú.
Una mujer llamó a la línea 145 y denunció que su pareja la obligaba a prostituirse en una esquina de la ciudad de Gualeguaychú. Al día siguiente allanaron el domicilio donde vivía con Ernesto Luis Marchesini en calle Primera Junta 487 y la rescataron. El hombre, hoy de 58 años, quedó detenido y en la investigación surgió que el hombre era un viejo proxeneta de la localidad, que explotaba a su pareja, tres décadas menor que él, en la calle y la ofrecía por mensajes de texto a una larga lista de clientes que tenía agendados en el celular. Fue a juicio y el Tribunal Oral Federal de Paraná lo condenó a cinco años de prisión por Promoción de la prostitución.
 
La víctima cursaba la séptima semana de embarazo, y esto no le importó al explotador. La situación de sumisión de la mujer detonó cuando vio el maltrato que también sufría su pequeña hija, y fue cuando decidió denunciarlo.
 
En el juicio, el fiscal auxiliar Leandro Ardoy afirmó: "El caso demuestra una práctica muy extendida en nuestra sociedad que se resiste a desaparecer. Tiene que ver con cuestiones de género y de estructuras desigualitarias (de clase, de etnia, etc.) que exceden la cuestión de género y que agravan el problema".
Detalló los informes que dan cuenta que Marchesini regenteaba prostíbulos, entre ellos Tentación y otro en Pueblo Belgrano. Destacó que en cámara Gessel la víctima dio "un relato expuesto con claridad y sin dudas, contundente y tranquilo, y en algunos momentos angustiada, dolida o quebrada por el llanto".
 
"Quedó probado -sostuvo- que (la víctima) conoció a Marchesini en Santa Fe cuando tenía 24 años; entonces se hallaba inmersa en una situación de precariedad laboral, salía de una situación de violencia familiar y sintió que Marchesini la protegía. Ella se fue enamorando y el imputado fue tejiendo una telaraña hasta captarla, al prometerle un mejor nivel de vida y trabajo, hasta que logró que se mudara a Gualeguaychú".
 
"Luego se incrementaron los celos como mecanismo de control y manipulación y, al regreso de uno de sus viajes a Santa Fe, la invitó a ir a bailar para hacerla luego bajar del auto a comprar profilácticos y mandarla a prostituirse a la calle. Cuando unos días después la mujer se negó, Marchesini le respondió con violencia física", detalló.
 
El fiscal refirió que la mecánica consistía en llevarla él o mandarla en remís; en no dejar que se repitieran los clientes; en vigilarla desde una cuadra. Marchesini le ponía el precio a los encuentros sexuales: 350 la media hora y 700 la hora y los moteles a los que debía concurrir. Distribuía el dinero que ella obtenía reteniendo para sí casi todo y dejándole un poco para comprar el alimento para sus hijos. La celaba todo el tiempo, le revisaba el celular y no podía tener comunicaciones con los clientes. Esto fue generando miedo en la víctima, porque no solo la golpeaba sino que la amenazaba incluso con un arma de fuego. Los chicos quedaban al cuidado de la cuñada del imputado. Marchesini utilizaba cinismo para amedrentarla, diciéndole que debía llamar al 144 (línea de recepción de denuncias por violencia de género) cuando la moliera a palos.
"Toda esta situación de explotación sexual duró cinco meses hasta que la mujer finalmente hizo la denuncia, mientras estaba con un cliente prostituyente. Decidió irse de la casa que compartían y le pidió ayuda a su madre y a un tal Víctor", afirmó Ardoy.
 
Por su parte, el fiscal general José Ignacio Candioti mencionó el caso de Alika Kinan, víctima del delito de trata de personas en Tierra del Fuego y de una conferencia que se realizó en Paraná en la que refirió que la trata había mutado y que se debe entender que también hay trata cuando se obliga a alguien a ejercer la prostitución en las calles. Asimismo, refirió que una vez más como en tantas causas, se confirma la existencia del corredor Santa Fe- Entre Ríos de la explotación sexual. Finalmente, pidió siete años de prisión para Marchesini por el delito de Trata.
 
Una sola testigo, contradictoria
El defensor oficial Mario Franchi sostuvo, entre otras cosas, tener la convicción de que no hay prueba alguna en la causa que permita arribar a una condena. "Se trata de un caso de testigo único, porque más allá de que hubo pluralidad de testimonios, lo cierto es que la prueba de cargo está dada por el testimonio de la mujer y los restantes son testimonios de oídas", expresó, y agregó: "Lo que se tiene como elemento de cargo es un único testimonio, decodificado por las psicólogas del Programa de Rescate". En este sentido, dijo que "las psicólogas tienen la mirada desde la víctima y no desde la presunta víctima y esto trae consecuencias preocupantes, porque se entroniza el testimonio de oídas que se utiliza para fundar algunas sentencias en las que pareciera que no es judicialmente correcto absolver a una persona por este tipo de delito".
 
Luego, Franchi aseguró que la explicación que dio Marchesini "es clara: ella quería irse con todos los bienes que eran de su defendido y por eso buscó a la madre y a otro para que la ayudaran a llevárselos. Marchesini no tenía idea de que la mujer ejerciera la prostitución. Regresaba en las noches a su casa y siempre la encontraba con sus hijos. Nada lo desmiente", señaló, y agregó: "Si acaso ejercía la prostitución, lo hacía por su cuenta, sin la intervención de su asistido".
 
La incitó a la prostitución
En su última palabra antes del veredicto, Marchesini manifestó al tribunal que hace más de dos años que está preso injustamente por algo que no hizo, que su expareja no se tomó en serio la denuncia que formulaba y que ahora está volviendo con el primer marido que la golpeaba. Le pidió a los jueces que, al decidir, tuvieran en consideración que es una persona mayor y que está enfermo.
Los vocales Noemí Berros, Roberto López Arango y Lilia Carnero, valoraron como prueba objetiva clave los contactos hallados en el celular de Marchesini: Azul Roberto Siena, Blanco K, Blanco Nacho Fiesta, Blanco Pesado Del Clio, Camionero, Cangu Javier, Cliente Abel, Cliente Alberto, Cliente Ale, Cliente Esteban, Cliente Héctor, Cliente Hernán, Cliente Iván, Cliente Jonaa, Cliente Joseee, Cliente Juan, Cliente Roke, Griss Gool, Martín cliente, Miguel Villaguay, Negro Gustavo Fiesta, Negro Oscar 147, Prosti Yesii, Toyota Corola Víctor, Urdinarrain Juan, entre otras decenas.
Asimismo, refirieron que el "comportamiento hostil y agresivo que Marchesini tenía para con la víctima y sobre todo para con su hija, refuerza la veracidad del testimonio de la víctima y explica que, entre otros, este último fuera el elemento detonante para que se decidiera a hacer la denuncia, según lo declaró".
"Está acreditado que, al menos entre marzo y agosto de 2015, la mujer ejerció la prostitución en las calles de Gualeguaychú", y que su testimonio "da cuenta de modo contundente de que fue Marchesini quien la impulsó, incitó, persuadió y colocó en situación de prostitución, obligándola a ello o sintiéndose obligada frente a la exigencia, -lo que es lo mismo-, y le proporcionó los medios para que se prostituyera, llevándola al lugar en que desarrollaba su actividad y controlando en ocasiones su ejercicio desde escasa distancia", sostuvo el Tribunal.
"Se ha probado también -agregaron los jueces- la consumación de la explotación sexual a la que Marchesini la sometió y la obtención de ganancias o réditos económicos que obtenía".
A su vez, mencionaron que "mediante la ordenanza, sancionada el 12 de febrero de 2010, se prohibía en todo el ejido municipal de Gualeguaychú la habilitación de locales de diversión nocturna (whiskerías, club nocturno, cabaret o similares) y que las habilitaciones vigentes a esa fecha caducarían automática y definitivamente a los 24 meses, lo que ocurrió el 12 de febrero de 2012. Para esta fecha no debían funcionar más prostíbulos en Gualeguaychú. Pero el de Marchesini siguió funcionando pese a la prohibición".
A su vez, en el fallo califican de "edulcorada" la versión dada por Marchesini de los hechos, por lo que los vocales decidieron condenarlo a cinco años de prisión, pero no por el delito de Trata, sino por Promoción y facilitación de la prostitución de persona mayor de 18 años, agravado por ser conviviente de la víctima, que es muy similar.
Con información de unoentrerios

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