SANTA FE
El lunes los empleados de comercio festejan su día y no habrá actividad en ese sector
Sábado 23 de
Septiembre 2017
Por disposición de la Federación Argentina que los nuclea, la celebración del 26 de septiembre se adelanta un día. Esa jornada será no laborable.
Apedido de la Federación Argentina de Empleados de Comercios y Servicios (FAECYS), el día del Empleado de Comercio, que se celebra el 26 de septiembre, será trasladado al lunes 25. En consecuencia en la ciudad no habrá actividad del sector durante toda esa jornada.
La disposición en Santa Fe fue acatada tras la firma de un acuerdo –en el Ministerio de Trabajo de la ciudad de Santa Fe–, entre el Centro Unión Empleados de Comercio y distintas Cámaras Empresariales de la ciudad, a fin de dar cumplimento a la Ley 26.541.
Cabe recordar que para los municipios que se encuentran adheridos a la ley de aperturas y cierre de comercio Ley 13.441 el día de Empleados de Comercio se celebrará el ultimo miércoles del mes de septiembre (27/09 ).
"Los trabajadores que quieran podrán tomarse el día, como así también será decisión de cada dueño abrir o no su comercio si dispone atenderlo él mismo, por ejemplo, o contar con la colaboración del trabajador si éste así lo quiere", remarcó en diálogo con UNO uno de los referentes del Centro Comercial de Santa Fe, Jorge Baremberg.
Detalles
Desde 2009 y a través de la Ley 26.541 se estableció que el Día del Empleado de Comercio se asocie al 26 de septiembre de cada año, sumándose como uno de los feriados nacionales. Estos días no exigen el otorgamiento de un descanso compensatorio cuando se trabaja, sino el pago de un recargo equivalente del 100%. Si no se trabaja, el empleado de comercio tiene descanso ese día, pero su remuneración mensual no varía.
Vale decir que la ley remarca que se "deja a libre criterio de los comerciantes y prestadores de servicios comprendidos en el ámbito del Convenio Colectivo 130/75, la posición a adoptar respecto de sus dependientes".
La disposición en Santa Fe fue acatada tras la firma de un acuerdo –en el Ministerio de Trabajo de la ciudad de Santa Fe–, entre el Centro Unión Empleados de Comercio y distintas Cámaras Empresariales de la ciudad, a fin de dar cumplimento a la Ley 26.541.
Cabe recordar que para los municipios que se encuentran adheridos a la ley de aperturas y cierre de comercio Ley 13.441 el día de Empleados de Comercio se celebrará el ultimo miércoles del mes de septiembre (27/09 ).
"Los trabajadores que quieran podrán tomarse el día, como así también será decisión de cada dueño abrir o no su comercio si dispone atenderlo él mismo, por ejemplo, o contar con la colaboración del trabajador si éste así lo quiere", remarcó en diálogo con UNO uno de los referentes del Centro Comercial de Santa Fe, Jorge Baremberg.
Detalles
Desde 2009 y a través de la Ley 26.541 se estableció que el Día del Empleado de Comercio se asocie al 26 de septiembre de cada año, sumándose como uno de los feriados nacionales. Estos días no exigen el otorgamiento de un descanso compensatorio cuando se trabaja, sino el pago de un recargo equivalente del 100%. Si no se trabaja, el empleado de comercio tiene descanso ese día, pero su remuneración mensual no varía.
Vale decir que la ley remarca que se "deja a libre criterio de los comerciantes y prestadores de servicios comprendidos en el ámbito del Convenio Colectivo 130/75, la posición a adoptar respecto de sus dependientes".
Con información de
unosantafe