Si no se aprueba la ley, el Congreso podrá volver a tratar el aborto en la reforma al Código Penal
Por:
Martín Angulo
Miércoles 08 de
Agosto 2018
Macri enviará el proyecto en dos semanas. Mantiene el aborto como delito pero establece que el juez puede eximir de pena a la mujer. Insiste en que no es punible en caso de violación o cuando haya riesgo para la mujer
En caso de que el Senado de la Nación rechace el proyecto de despenalización del aborto, el Congreso tendrá una nueva oportunidad de tratar el tema en el corto plazo. Será en el proyecto de reforma al Código Penal que el presidente Mauricio Macri tiene previsto enviar el próximo 21 de agosto al Poder Legislativo.
La iniciativa no contempla la legalización de la interrupción voluntaria del embarazo -como aprobó Diputados y trató el Senado- y mantiene el aborto como delito pero establece que la mujer puede quedar exenta de la pena o no cumplirla, aunque esa facultad es una decisión de cada juez.
"Se impondrá prisión de UNO (1) a TRES (3) años, a la mujer que causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare. La tentativa de la mujer embarazada de causar su propio aborto no es punible. El juez podrá disponer que la pena se deje en suspenso o eximirla de ella, teniendo en cuenta los motivos que impulsaron a la mujer a cometer el hecho, su actitud posterior, la naturaleza del hecho y las demás circunstancias que demuestren la inconveniencia de aplicar pena privativa de la libertad", dice el artículo que propone reformar el Código Penal respecto al aborto. También mantiene la despenalización para los casos de violaciones -que el proyecto renomina abuso sexual para que sea más amplio- o cuando esté en riesgo la salud física o mental de la mujer.
La elaboración estuvo a cargo de una comisión especial presidida por el juez federal Mariano Borinsky e integrada por magistrados, fiscales y funcionarios del gobierno nacional trabajaron en distintos cambios al Código Penal y que, entre otros, incluye el aumento de penas para delitos de corrupción y narcotráfico, la despenalización de la tenencia de drogas para consumo personal y la creación de nuevos delitos.
El aborto fue uno de los temas que más discusión generó. De hecho hubo tres posturas distintas dentro de la Comisión.
La más restrictiva establecía que el aborto se puede realizar dentro de las 12 semanas del embarazado cuando fue producto de un abuso sexual o cuando esté en riesgo la vida de la mujer. La postura intermedia (la más cercana a la redacción final) fijaba la despenalización del aborto en cualquier momento del embarazo cuando haya sido por una violación o cuando esté en riesgo la vida de la mujer. Y la más amplia establecía las pautas de la segunda y agregaba la libertad de la mujer de abortar dentro de las 12 semanas de gestión.
El proyecto llegará al Congreso a fin de mes cuando lo presenten públicamente Macri, el ministro de Justicia de la Nación, Germán Garavano, y los integrantes de la Comisión.
Si el Congreso decide discutir este año la reforma al Código Penal también podrá hacerlo sobre el aborto. Ocurre que la ley establece que si un proyecto fue rechazado, no puede tratarse dentro del mismo año legislativo. Pero eso es para los proyectos que ya se trataron y en este caso la reforma al aborto está dentro de un proyecto de reforma del Código Penal que no analizado por el Poder Legislativo.
La iniciativa no contempla la legalización de la interrupción voluntaria del embarazo -como aprobó Diputados y trató el Senado- y mantiene el aborto como delito pero establece que la mujer puede quedar exenta de la pena o no cumplirla, aunque esa facultad es una decisión de cada juez.
"Se impondrá prisión de UNO (1) a TRES (3) años, a la mujer que causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare. La tentativa de la mujer embarazada de causar su propio aborto no es punible. El juez podrá disponer que la pena se deje en suspenso o eximirla de ella, teniendo en cuenta los motivos que impulsaron a la mujer a cometer el hecho, su actitud posterior, la naturaleza del hecho y las demás circunstancias que demuestren la inconveniencia de aplicar pena privativa de la libertad", dice el artículo que propone reformar el Código Penal respecto al aborto. También mantiene la despenalización para los casos de violaciones -que el proyecto renomina abuso sexual para que sea más amplio- o cuando esté en riesgo la salud física o mental de la mujer.
La elaboración estuvo a cargo de una comisión especial presidida por el juez federal Mariano Borinsky e integrada por magistrados, fiscales y funcionarios del gobierno nacional trabajaron en distintos cambios al Código Penal y que, entre otros, incluye el aumento de penas para delitos de corrupción y narcotráfico, la despenalización de la tenencia de drogas para consumo personal y la creación de nuevos delitos.
El aborto fue uno de los temas que más discusión generó. De hecho hubo tres posturas distintas dentro de la Comisión.
La más restrictiva establecía que el aborto se puede realizar dentro de las 12 semanas del embarazado cuando fue producto de un abuso sexual o cuando esté en riesgo la vida de la mujer. La postura intermedia (la más cercana a la redacción final) fijaba la despenalización del aborto en cualquier momento del embarazo cuando haya sido por una violación o cuando esté en riesgo la vida de la mujer. Y la más amplia establecía las pautas de la segunda y agregaba la libertad de la mujer de abortar dentro de las 12 semanas de gestión.
El proyecto llegará al Congreso a fin de mes cuando lo presenten públicamente Macri, el ministro de Justicia de la Nación, Germán Garavano, y los integrantes de la Comisión.
Si el Congreso decide discutir este año la reforma al Código Penal también podrá hacerlo sobre el aborto. Ocurre que la ley establece que si un proyecto fue rechazado, no puede tratarse dentro del mismo año legislativo. Pero eso es para los proyectos que ya se trataron y en este caso la reforma al aborto está dentro de un proyecto de reforma del Código Penal que no analizado por el Poder Legislativo.
Con información de
infobae

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