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LA PLATA
Declaran "ilegal" cobrar el servicio de mesa si el cliente no lo solicita
Lunes 12 de
Noviembre 2018 - 13:53
Un fallo de la Justicia bonaerense determinó que los clientes no estarán obligados a pagar por un servicio que no consumen.
Los restaurantes de La Plata no podrán cobrar el servicio de mesa. Un fallo de la Cámara Civil y Comercial dictaminó que es ilegal a raíz de una denuncia contra la cadena de restoranes La Trattoria realizada por una asociación de consumidores.
"Si La Trattoría decide, por la presunción que hace o por cualquier otra razón, entregar a sus consumidores la panera, el croissant y el recipiente con queso crema o similar a los que identifica como 'servicio de mesa y/o cubierto', no puede luego requerir o esperar la negativa a su recepción por parte del cliente a fin de omitir cargar el consumo a su cuenta", concluyó el fallo firmado por la jueza Ana Maria Bourimborde y el juez Luis Maggi.
En la sentencia, los jueces resolvieron que dicho servicio no sólo es mal informado por los restaurantes -por violar el derecho básico de los consumidores a una información adecuada y veraz-, sino que también es ilegal, "por la imposición del cobro y por violar el derecho de los consumidores a elegir".
El texto ordenó que el restaurant La Trattoria, con varias sucursales, informe en todas las cartas "bajo qué circunstancias podrán los consumidores optar por el servicio de mesa y/o cubierto", y también a aclarar que si eligen dicho servicio "deberán cobrarlo por persona; es decir, multiplicado por la cantidad de comensales que efectivamente los consuman".
Por otro lado, los jueces ordenaron a la cadena de restoranes a "cesar de inmediato con la práctica de entregar el servicio de mesa y/o cubierto sin requerimiento previo del consumidor y luego cobrar su consumo a falta del rechazo de su recepción".
La Justicia platense resolvió el pedido preventivo y colectivo de la asociación Centro de Orientación, Defensa y Educación del Consumidor (CODEC), en el que plantea que estos cobros son "el típico caso de los pequeños ilícitos lucrativos, también denominados ilícitos hormiga, cuya efectividad radica en la invisibilidad de la práctica por lo nimio de los montos, pero que en la reiteración, generan cuantiosas sumas ilegítimas para los proveedores".
"Si La Trattoría decide, por la presunción que hace o por cualquier otra razón, entregar a sus consumidores la panera, el croissant y el recipiente con queso crema o similar a los que identifica como 'servicio de mesa y/o cubierto', no puede luego requerir o esperar la negativa a su recepción por parte del cliente a fin de omitir cargar el consumo a su cuenta", concluyó el fallo firmado por la jueza Ana Maria Bourimborde y el juez Luis Maggi.
En la sentencia, los jueces resolvieron que dicho servicio no sólo es mal informado por los restaurantes -por violar el derecho básico de los consumidores a una información adecuada y veraz-, sino que también es ilegal, "por la imposición del cobro y por violar el derecho de los consumidores a elegir".
El texto ordenó que el restaurant La Trattoria, con varias sucursales, informe en todas las cartas "bajo qué circunstancias podrán los consumidores optar por el servicio de mesa y/o cubierto", y también a aclarar que si eligen dicho servicio "deberán cobrarlo por persona; es decir, multiplicado por la cantidad de comensales que efectivamente los consuman".
Por otro lado, los jueces ordenaron a la cadena de restoranes a "cesar de inmediato con la práctica de entregar el servicio de mesa y/o cubierto sin requerimiento previo del consumidor y luego cobrar su consumo a falta del rechazo de su recepción".
La Justicia platense resolvió el pedido preventivo y colectivo de la asociación Centro de Orientación, Defensa y Educación del Consumidor (CODEC), en el que plantea que estos cobros son "el típico caso de los pequeños ilícitos lucrativos, también denominados ilícitos hormiga, cuya efectividad radica en la invisibilidad de la práctica por lo nimio de los montos, pero que en la reiteración, generan cuantiosas sumas ilegítimas para los proveedores".
Con información de
minutouno

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