VILLA CONSTITUCIÓN
Confirman condena a un obstetra por la muerte de una beba
Lunes 27 de
Mayo 2019
Una mala maniobra. La Justicia rosarina confirmó la condena a un médico obstetra por homicidio culposo contra una beba a la que atendió en su nacimiento y sufrió un desgarro en la base del cuello. El hecho ocurrió en octubre de 2006, la niña nació y una hora y media después murió. El profesional se defendió diciendo que la beba tenía malformaciones congénitas.
El diario El Ciudadano publicó que los jueces Gabriela Sanso, Bibiana Alonso y Javier Beltramone ratificaron la decisión del juez de primera instancia Rodolfo Zvala, quien determinó la condena de un año de prisión de ejecución condicional y cinco de inhabilitación especial al obstetra de Villa Constitución por la muerte de la bebé. El hecho sucedió en octubre de 2006 cuando él atendía el parto donde la niña sufrió un desgarro en la base del cuello. Nació y una hora más tarde murió. Una junta médica definió que el profesional debería haber intentado la tracción desde las axilas y no de la cabeza. También debía sedar a la mujer que daba a luz.
Según el fallo, el 24 de octubre de 2006 Georgina se internó para dar a luz a su hija. La beba nació a las 6.10 y murió una hora después en un sanatorio de Villa Constitución. El médico obstetra fue Bruno Debuchy, quien después de una denuncia penal llegó a juicio. En el fallo aseguraron: “La muerte fue provocada por maniobras extractivas practicadas sobre la misma durante el desarrollo del parto, donde el imputado intervino como médico obstetra atendiendo a la madre, ocasionando a raíz de una conducta imperita y violatoria del deber de cuidado que le competía el desgarro de la base lateral izquierda del cuello de la menor. Todo efectuando una tracción excesiva, sostenida y reiterada que originó una grave lesión cervical y medular con características de vitalidad”.
Los camaristas también recordaron que el condenado era un profesional con equipo y condiciones regulares. En este contexto, según los jueces, la maniobra no fue la indicada. Se apoyaron en un informe de una junta médica. “El profesional debió intentar la tracción desde las axilas y no desde la cabeza. Tras la salida de los hombros, debido a una inflamación abdominal de la bebé, ésta quedó encajada. También debieron sedar a la madre porque se había descontrolado, y así poder terminar las maniobras”, señalaron los jueces en el fallo al que accedió El Ciudadano. Según explicaron, el médico no podía desconocer el resultado.
Los jueces descartaron la defensa del obstetra, que sostuvo otras probables causas de la muerte. Habló de malformaciones, algo que fue descartado por la junta médica. “Nada puede extraerse del examen neonatal ni de los estudios posteriores. No se infiere que una particular anatomía de la bebé o especiales condiciones de la madre hubieren interferido en el desarrollo del parto”, explicaron a través del fallo.
La jueza Paula Sansó, parte del tribunal, agregó en torno a la muerte: “Ocurrió como consecuencia de las maniobras extractivas con una tracción excesiva, sostenida y reiterada. Originó un grave lesión cervical y medular con características de vitalidad, siendo exigible otra conducta en las circunstancias de tiempo, persona y lugar en que se practicó la intervención médica”.
Según el fallo, el 24 de octubre de 2006 Georgina se internó para dar a luz a su hija. La beba nació a las 6.10 y murió una hora después en un sanatorio de Villa Constitución. El médico obstetra fue Bruno Debuchy, quien después de una denuncia penal llegó a juicio. En el fallo aseguraron: “La muerte fue provocada por maniobras extractivas practicadas sobre la misma durante el desarrollo del parto, donde el imputado intervino como médico obstetra atendiendo a la madre, ocasionando a raíz de una conducta imperita y violatoria del deber de cuidado que le competía el desgarro de la base lateral izquierda del cuello de la menor. Todo efectuando una tracción excesiva, sostenida y reiterada que originó una grave lesión cervical y medular con características de vitalidad”.
Los camaristas también recordaron que el condenado era un profesional con equipo y condiciones regulares. En este contexto, según los jueces, la maniobra no fue la indicada. Se apoyaron en un informe de una junta médica. “El profesional debió intentar la tracción desde las axilas y no desde la cabeza. Tras la salida de los hombros, debido a una inflamación abdominal de la bebé, ésta quedó encajada. También debieron sedar a la madre porque se había descontrolado, y así poder terminar las maniobras”, señalaron los jueces en el fallo al que accedió El Ciudadano. Según explicaron, el médico no podía desconocer el resultado.
Los jueces descartaron la defensa del obstetra, que sostuvo otras probables causas de la muerte. Habló de malformaciones, algo que fue descartado por la junta médica. “Nada puede extraerse del examen neonatal ni de los estudios posteriores. No se infiere que una particular anatomía de la bebé o especiales condiciones de la madre hubieren interferido en el desarrollo del parto”, explicaron a través del fallo.
La jueza Paula Sansó, parte del tribunal, agregó en torno a la muerte: “Ocurrió como consecuencia de las maniobras extractivas con una tracción excesiva, sostenida y reiterada. Originó un grave lesión cervical y medular con características de vitalidad, siendo exigible otra conducta en las circunstancias de tiempo, persona y lugar en que se practicó la intervención médica”.
Con información de
Rosario3

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