La Provincia posterga hasta el 1 de abril implementación del "impuesto Netflix"
Lunes 06 de
Enero 2020
Fue comunicado en una resolución de la ARBA y se debe a "razones de administración tributaria vinculadas con cuestiones operativas". Se trata de un impuesto por Vidal, que debía regir desde el 1 de enero.
La implementación del cobro de un impuesto a los Ingresos Brutos sobre los servicios digitales prestados desde el exterior fue postergada hasta el 1° de abril de 2020 por el gobierno bonaerense, a partir de una resolución de la Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA).
Se trata del denominado "impuesto Netflix", impulsado por el gobierno de María Eugenia Vidal, que debía comenzar a regir desde el 1 de enero. Es distinto del que rige a nivel nacional de 8% que se implementó a raíz de la Ley de Solidaridad Social.
Mediante la resolución 1, publicada hoy en el Boletín Oficial del distrito, se prorrogó hasta el 1° de abril de 2020 "la entrada en vigencia de las disposiciones establecidas en la Resolución Normativa N° 38/19".
Esa medida determinaba que "las entidades que sean contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, que faciliten o administren pagos al exterior de los servicios previstos en el art. 184 bis del Código Fiscal, a favor de sujetos prestadores no residentes en el país, y el BAPRO actuarán como agentes de liquidación e ingreso de Ingresos Brutos que corresponda a los usuarios de tales servicios en su carácter de responsables sustitutos".
La medida, que lleva la firma del director ejecutivo de ARBA, Cristian Girard, establece que la resolución "comenzaría a regir a partir del 1º de enero de 2020, inclusive". Entre los fundamentos se explica que la decisión se adoptó por "razones de administración tributaria vinculadas con cuestiones operativas" y las necesarias adaptaciones que deben desarrollar e implementar los agentes de liquidación".
Además, se aclara que "por motivos operativos mediante nota fechada el 13/12/19 la Cámara de Tarjetas de Crédito y Compra solicitó a esta Agencia de Recaudación extender el diferimiento de la entrada en vigencia de la Resolución Normativa N° 38/19
Se trata del denominado "impuesto Netflix", impulsado por el gobierno de María Eugenia Vidal, que debía comenzar a regir desde el 1 de enero. Es distinto del que rige a nivel nacional de 8% que se implementó a raíz de la Ley de Solidaridad Social.
Mediante la resolución 1, publicada hoy en el Boletín Oficial del distrito, se prorrogó hasta el 1° de abril de 2020 "la entrada en vigencia de las disposiciones establecidas en la Resolución Normativa N° 38/19".
Esa medida determinaba que "las entidades que sean contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, que faciliten o administren pagos al exterior de los servicios previstos en el art. 184 bis del Código Fiscal, a favor de sujetos prestadores no residentes en el país, y el BAPRO actuarán como agentes de liquidación e ingreso de Ingresos Brutos que corresponda a los usuarios de tales servicios en su carácter de responsables sustitutos".
La medida, que lleva la firma del director ejecutivo de ARBA, Cristian Girard, establece que la resolución "comenzaría a regir a partir del 1º de enero de 2020, inclusive". Entre los fundamentos se explica que la decisión se adoptó por "razones de administración tributaria vinculadas con cuestiones operativas" y las necesarias adaptaciones que deben desarrollar e implementar los agentes de liquidación".
Además, se aclara que "por motivos operativos mediante nota fechada el 13/12/19 la Cámara de Tarjetas de Crédito y Compra solicitó a esta Agencia de Recaudación extender el diferimiento de la entrada en vigencia de la Resolución Normativa N° 38/19
Con información de
Ámbito
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