El Gobierno oficializa la jubilación mínima a $15.891,49
Miércoles 18 de
Marzo 2020

También el aumento del 13% dispuesto para las asignaciones familiares, a través de las resoluciones 75 y 76/2020 de la Administración Nacional de la Seguridad Social.
El Gobierno oficializó el haber mínimo jubilatorio a partir de este mes en $ 15.891,49 y el aumento del 13% dispuesto para las asignaciones familiares, a través de las resoluciones 75 y 76/2020 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) publicadas hoy en el Boletín Oficial.
También, fijó formalmente el haber máximo para jubilados en $ 106.934,71 y precisó que las bases imponibles mínima y máxima quedan establecidas en $ 5.352,24 y $ 173.945,70, respectivamente.
Al mismo tiempo, estableció el importe de la Prestación Básica Universal (PBU) en $ 6.799,08, y el de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) en $ 12.713,19.
En cuanto a las asignaciones familiares, la resolución publicada hoy en el Boletín Oficial fijó que el límite de ingresos mínimo y máximo aplicable a las familias en $ 5.352,24 y $ 155.328, respectivamente.
La percepción de un ingreso superior a $ 77.664 por parte de uno de los integrantes del grupo familiar, lo excluye del cobro de las asignaciones familiares, aun cuando la suma de sus ingresos no supere el límite máximo establecido en el artículo precedente.
Así, la asignación por nacimiento para trabajadores en relación de dependencia quedó en $ 3.618; por adopción, en $ 21.646; y por matrimonio, en $ 5.417 para todos los rangos salariales.
En cambio, la asignación prenatal y por hijo para ingresos hasta $ 48.093 se fijó entre $ 3.103 y $ 6.695, dependiendo de la zona de residencia en el país.
Para ingresos entre $ 48.093,01 y $ 70.536, la retribución está entre $ 2.091 y $ 5.507; para salarios entre $ 70.536,01 y $ 81.436, de $ 1.262 a $ 4.976; y para los que ganan entre $ 81.436,01 y $ 155.328, los montos van de $ 649 a $ 2.527.
La asignación por hijo con discapacidad pasa a ser entre $ 10.111 y $ 20.199, para el primer rango de ingresos; entre $ 7.150 y $ 19.483, para el segundo; y de $ 4.511 a 18.762, para el resto.
La ayuda escolar anual para hijo con discapacidad quedó entre $ 2.599 y $ 5.187 para todos los niveles de ingresos.
También, fijó formalmente el haber máximo para jubilados en $ 106.934,71 y precisó que las bases imponibles mínima y máxima quedan establecidas en $ 5.352,24 y $ 173.945,70, respectivamente.
Al mismo tiempo, estableció el importe de la Prestación Básica Universal (PBU) en $ 6.799,08, y el de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) en $ 12.713,19.
En cuanto a las asignaciones familiares, la resolución publicada hoy en el Boletín Oficial fijó que el límite de ingresos mínimo y máximo aplicable a las familias en $ 5.352,24 y $ 155.328, respectivamente.
La percepción de un ingreso superior a $ 77.664 por parte de uno de los integrantes del grupo familiar, lo excluye del cobro de las asignaciones familiares, aun cuando la suma de sus ingresos no supere el límite máximo establecido en el artículo precedente.
Así, la asignación por nacimiento para trabajadores en relación de dependencia quedó en $ 3.618; por adopción, en $ 21.646; y por matrimonio, en $ 5.417 para todos los rangos salariales.
En cambio, la asignación prenatal y por hijo para ingresos hasta $ 48.093 se fijó entre $ 3.103 y $ 6.695, dependiendo de la zona de residencia en el país.
Para ingresos entre $ 48.093,01 y $ 70.536, la retribución está entre $ 2.091 y $ 5.507; para salarios entre $ 70.536,01 y $ 81.436, de $ 1.262 a $ 4.976; y para los que ganan entre $ 81.436,01 y $ 155.328, los montos van de $ 649 a $ 2.527.
La asignación por hijo con discapacidad pasa a ser entre $ 10.111 y $ 20.199, para el primer rango de ingresos; entre $ 7.150 y $ 19.483, para el segundo; y de $ 4.511 a 18.762, para el resto.
La ayuda escolar anual para hijo con discapacidad quedó entre $ 2.599 y $ 5.187 para todos los niveles de ingresos.
Con información de
Télam

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