Coronavirus: oficializan la suspensión de la venta y promoción de pasajes al exterior
Lunes 27 de
Abril 2020
El Gobierno nacional confirmó este lunes la suspensión de la venta y promoción de pasajes aéreos al exterior. Lo hizo a través de la Resolución 143/2020
En medio de las medidas de prevención por el coronavirus, el Gobierno nacional confirmó este lunes la suspensión de la venta y promoción de pasajes aéreos al exterior. Lo hizo a través de la Resolución 143/2020 de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), publicada en el Boletín Oficial.
La norma establece que "en el marco de la emergencia sanitaria generada por el Covid-19" solamente se podrán comercializar vuelos de pasajeros "desde, hacia o dentro del territorio nacional" autorizados por la ANAC.
En su artículo 2, resuelve que se sancionará la "promoción y/o comercialización de servicios regulares y/o no regulares de transporte aéreo de pasajeros".
La resolución explica que aún no hay una fecha cierta para el reinicio de las operaciones de transporte aéreo de pasajeros y que el regreso de ese servicio deberá ser "de manera ordenada".
Y agrega que "se ha detectado que algunas líneas aéreas" promocionan, "por sí o por terceros", la venta de pasajes para vuelos regulares sin contar con la autorización de la ANAC.
Las operaciones aerocomerciales, tanto al exterior como dentro de la Argentina, se encuentran suspendidas desde fines de marzo, días después de que el Gobierno decretara la cuarentena por coronavirus.
Por otro lado, la Administración Nacional de Aviación Civil estableció el 1 de septiembre como la fecha inicial para la reprogramación de vuelos regulares y la autorización de vuelos no regulares, tal como había trascendido el sábado.
Será para aquellas líneas aéreas que "operan servicios de transporte aéreo de pasajes desde, hacia o dentro del territorio nacional".
Las aerolíneas también podrán comercializar servicios que se inicien en esa fecha, el 1 de septiembre.
De todas maneras, el organismo aclaró que estas reprogramaciones y autorizaciones de vuelos quedarán supeditadas a "la salida ordenada de la emergencia" por el coronavirus, según la resolución 144/2020.
La norma establece que "en el marco de la emergencia sanitaria generada por el Covid-19" solamente se podrán comercializar vuelos de pasajeros "desde, hacia o dentro del territorio nacional" autorizados por la ANAC.
En su artículo 2, resuelve que se sancionará la "promoción y/o comercialización de servicios regulares y/o no regulares de transporte aéreo de pasajeros".
La resolución explica que aún no hay una fecha cierta para el reinicio de las operaciones de transporte aéreo de pasajeros y que el regreso de ese servicio deberá ser "de manera ordenada".
Y agrega que "se ha detectado que algunas líneas aéreas" promocionan, "por sí o por terceros", la venta de pasajes para vuelos regulares sin contar con la autorización de la ANAC.
Las operaciones aerocomerciales, tanto al exterior como dentro de la Argentina, se encuentran suspendidas desde fines de marzo, días después de que el Gobierno decretara la cuarentena por coronavirus.
Por otro lado, la Administración Nacional de Aviación Civil estableció el 1 de septiembre como la fecha inicial para la reprogramación de vuelos regulares y la autorización de vuelos no regulares, tal como había trascendido el sábado.
Será para aquellas líneas aéreas que "operan servicios de transporte aéreo de pasajes desde, hacia o dentro del territorio nacional".
Las aerolíneas también podrán comercializar servicios que se inicien en esa fecha, el 1 de septiembre.
De todas maneras, el organismo aclaró que estas reprogramaciones y autorizaciones de vuelos quedarán supeditadas a "la salida ordenada de la emergencia" por el coronavirus, según la resolución 144/2020.
Con información de
Iprofesional

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