Sector estrella en Argentina: proyecta crear 2.500 empleos y con buenos sueldos

Miércoles 10 de Junio 2020

En un contexto marcado por la pandemia, en el que las empresas están suspendiendo personal, un rubro se desmarca y traza proyecciones positivas
El  nivel de empleo privado registrado cayó un 0,6% en abril con respecto a marzo, la mayor baja de todos los meses de abril desde 2002, cuando la contracción fue de 0,8%, informó el Ministerio de trabajo en su estudio mensual de estadísticas laborales.
 
En la Encuesta de Indicadores Laborales (EIL) de abril, la cartera que dirige Claudio Moroni apuntó que el confinamiento que alcanzó el mes completo impactó de lleno en el mercado laboral, especialmente en los sectores considerados no esenciales.
 
Sin embargo, en este contexto sumamente difícil, un sector se permite vislumbrar un escenario prometedor en elcorto plazo: la industria del software proyecta para el corriente año un crecimiento de 19,6% en la facturación y la creación de 2.500 nuevos puestos de trabajo en el sector, según un informe elaborado por la Cámara de la Industria Argentina del Software (Cessi).
 
 
Al dar a conocer los resultados de la encuesta anual del Observatorio Permanente de la Industria de Software y Servicios Informáticos (Opssi) de 2019, la cámara precisó que "la facturación total expresada en dólares fue de u$s3.078 millones a un tipo de cambio anual promedio de $48, de los cuales u$s1.787 provienen de las exportaciones".
 
El presidente de CESSI, Sergio Candelo, señaló que se tiene "una industria que frente a las adversidades siempre ha sabido salir adelante, por lo que esperamos inminentemente la sanción de la Ley de Economía del Conocimiento para seguir siendo una industria federal, con perspectiva de género e inclusión y produciendo las divisas indispensables para nuestro país".
 
En ese sentido, la Cessi advirtió que de no sancionarse la Ley de Economía del Conocimiento -que se encuentra actualmente en el Congreso- eso podría determinar "una caída del 11% en el empleo, del 6% en la facturación, el 2% en las exportaciones y 17% en las inversiones en I+D+i (investigación, desarrollo e innovación), sobre las expectativas originales".
 
"La industria perderá una oportunidad de ganar mercados externos por falta de competitividad con países de la región que ya cuentan con beneficios fiscales similares a los de esta ley y, como consecuencia, correrá un gran riesgo en la generación de empleo y divisas", alertaron.
 
 
La crisis generada por la pandemia del coronavirus y las medidas de aislamiento preventivo dispuesto por el Gobierno está provocando un incremento formidable en la cantidad de decisiones de empresas de suspender trabajadores como paso previo al cierre definitivo, a tal punto que se tramitan hoy en el Ministerio de trabajo hasta 1.000 expedientes por día.
 
Esos 1.000 expedientes no corresponden a trabajadores sino a empresas que buscan suspender pero como algunas pueden tener dos o tres sindicatos con lo que negociar, son algunas menos, aunque todavía se cuenten por cientos de compañías que cada día deciden suspender a sus trabajadores pagándoles menos salario.
 
Gran parte de ese aumento en las suspensiones obedece a la implementación de Acuerdos Colectivos de Suspensión en los términos de la Ley de Contrato de trabajo, dijo Gonzalo D. Vázquez, abogado senior del Estudio de Diego y Asoc.
 
 
Esos acuerdos se suscriben con los sindicatos y son la herramienta prioritaria, al menos hasta el momento, que tienen las empresas para sobrellevar el agobio económico actual, de acuerdo a los decretos que prohibieron los despidos.
 
 
El estudio Marval, O’Farrell & Mairal recordó que el pasado 19 de mayo el Gobierno decretó la prorroga de la prohibición de efectuar despidos sin justa causa, y despidos y suspensiones de empleados por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, por el plazo de 60 días, contados a partir del 1 de junio de 2020.
 
Según ese decreto, los despidos que se dispongan en violación de la norma serán nulos.
 
Sin embargo, el Gobierno exceptuó de la prohibición a las suspensiones concertadas con los sindicatos, efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, enfatizó el estudio Marval, O’Farrell & Mairal.
 
Tanto es así, que en el Programa ATP, de ayuda a las empresas para pagar sueldos y contribuciones patronales, previó que la misma pueda aplicarse para pagar los salarios reducidos de trabajadores suspendidos.
Con información de Iprofesional

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