Tras los reclamos empresarios, el BCRA flexibilizó las normas para la compra de dólares para los importadores
Jueves 11 de
Junio 2020

El Banco Central dispuso algunas modificaciones para simplificar la operatoria comercial de la compra de mercaderías al exterior, con especial orientación a las pymes
Tras haber mantenido reuniones con diversos sectores empresarios, el directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) decidió hoy flexibilizar algunas de las normas de la Comunicación A7030 de la entidad recientemente dictada, que dispone restricciones y pedidos de autorización previa a las empresas que quieren acceder al mercado de cambios para pagar importaciones.
Según fuentes del Banco Central, “se simplificó el acceso al mercado oficial de cambios a sectores productivos, atendiendo las condiciones comerciales habituales que transmitieron directivos de empresas y cámaras sectoriales”, con el objeto de “superar los inconvenientes que puedan surgir para la actividad productiva del cumplimiento de la Circular 7030 que dispone las condiciones de acceso al mercado único y libre de cambio”.
Entre las medidas adoptadas, se elevó de USD 250.000 a USD 1 millón el acceso directo al Mercado Libre y Único de Cambios para la realización de pagos anticipados de importaciones. “Esta medida tiene un claro sentido de facilitar las importaciones a pymes”, explicaron en el BCRA.
Asimismo, agregaron que “quedarán fuera del concepto de Formación de Activos Externos líquidos un saldo de libre disponibilidad por USD 100.000 y los fondos que no pudiesen ser utilizados por el cliente por tratarse de fondos de reserva o de garantía constituidos en virtud de las exigencias previstas en contratos de endeudamiento con el exterior o de fondos constituidos como garantía de operaciones con derivados concertadas en el exterior”.
Ese saldo de USD 100.000 podría funcionar como una “caja chica” para algunas empresas con operaciones con el exterior sin necesidad de quedar alcanzado por el principio general que indica que si una empresa tiene fondos líquidos en el extranjero debe utilizarlos para pagar importaciones antes de pedir el acceso al mercado de cambios.
Tampoco entrarán dentro de esta calificación “los saldos que se originan en cobros de exportaciones de bienes y/o servicios para los cuales no ha transcurrido el plazo de 5 días hábiles desde su percepción”.
El BCRA dispuso, además, que los importadores de fertilizantes e insumos medicinales, entendiendo por ello tanto los medicamentos terminados como los insumos para su elaboración, podrán acceder al mercado de cambios sin pedirle autorización previa al Central para el pago de las importaciones.
También se dispuso un cambio que impacta en las operaciones de dólar Bolsa y “contado con liqui”. “Se determinó que se considerará a partir del 1 de mayo de 2020 los 90 días corridos anteriores sin realizar en el país ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior”, señalaron en el BCRA.
La norma original ubicaba el comienzo de ese plazo el 1° de abril. Este cambio implica que quienes hicieron su última operación de dólar Bolsa o “contado con liqui” durante abril están habilitados a comprar dólares nuevamente. Quienes lo hicieron del 1° de mayo en adelante, deberán contar 90 días desde la operación para volver al mercado.
Esta modificación en la aplicación del compromiso de no haber comprado dólar Bolsa o “contado con liqui” en los 90 días corridos previos a la compra de dólares rige también para las personas físicas, que pueden comprar USD 200 mensuales.
La controversial Comunicación 7030 dictada por el BCRA el pasado 28 de mayo generó preocupación y reclamos por parte de empresas de diversos sectores por las limitaciones para acceder a las divisas para importar. Tras una reunión del presidente del BCRA, Miguel Pesce, con el presidente de la Unión Industrial Argentina (UIA), Miguel Acevedo, se coordinó la aplicación de un procedimiento estandarizado para agilizar el pedido de autorización previa para las operaciones de importación. Ese procedimiento se materializó en un formulario único que deberá presentarse en cada operación.
Con posterioridad, y por el mismo tema, Pesce también se reunió también con las entidades agropecuarias que forman la Mesa de Enlace y con los fabricantes de insumos para ese sector, a fin de contener los reclamos por la aplicación de la medida y dar certezas de que esos insumos van a ser importados al valor oficial del dólar, sensiblemente más bajo que las cotizaciones alternativas.
Según fuentes del Banco Central, “se simplificó el acceso al mercado oficial de cambios a sectores productivos, atendiendo las condiciones comerciales habituales que transmitieron directivos de empresas y cámaras sectoriales”, con el objeto de “superar los inconvenientes que puedan surgir para la actividad productiva del cumplimiento de la Circular 7030 que dispone las condiciones de acceso al mercado único y libre de cambio”.
Entre las medidas adoptadas, se elevó de USD 250.000 a USD 1 millón el acceso directo al Mercado Libre y Único de Cambios para la realización de pagos anticipados de importaciones. “Esta medida tiene un claro sentido de facilitar las importaciones a pymes”, explicaron en el BCRA.
Asimismo, agregaron que “quedarán fuera del concepto de Formación de Activos Externos líquidos un saldo de libre disponibilidad por USD 100.000 y los fondos que no pudiesen ser utilizados por el cliente por tratarse de fondos de reserva o de garantía constituidos en virtud de las exigencias previstas en contratos de endeudamiento con el exterior o de fondos constituidos como garantía de operaciones con derivados concertadas en el exterior”.
Ese saldo de USD 100.000 podría funcionar como una “caja chica” para algunas empresas con operaciones con el exterior sin necesidad de quedar alcanzado por el principio general que indica que si una empresa tiene fondos líquidos en el extranjero debe utilizarlos para pagar importaciones antes de pedir el acceso al mercado de cambios.
Tampoco entrarán dentro de esta calificación “los saldos que se originan en cobros de exportaciones de bienes y/o servicios para los cuales no ha transcurrido el plazo de 5 días hábiles desde su percepción”.
El BCRA dispuso, además, que los importadores de fertilizantes e insumos medicinales, entendiendo por ello tanto los medicamentos terminados como los insumos para su elaboración, podrán acceder al mercado de cambios sin pedirle autorización previa al Central para el pago de las importaciones.
También se dispuso un cambio que impacta en las operaciones de dólar Bolsa y “contado con liqui”. “Se determinó que se considerará a partir del 1 de mayo de 2020 los 90 días corridos anteriores sin realizar en el país ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior”, señalaron en el BCRA.
La norma original ubicaba el comienzo de ese plazo el 1° de abril. Este cambio implica que quienes hicieron su última operación de dólar Bolsa o “contado con liqui” durante abril están habilitados a comprar dólares nuevamente. Quienes lo hicieron del 1° de mayo en adelante, deberán contar 90 días desde la operación para volver al mercado.
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Con información de
Infobae
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