Extienden por dos meses los beneficios impositivos para empresas de salud
Viernes 19 de
Junio 2020
El Gobierno amplió por otros dos meses los beneficios en el impuesto al cheque y en el pago de contribuciones patronales para las empresas de salud que había establecido originalmente en marzo.
Así lo dispuso el decreto 545/2020, que indicó que estas firmas continuarán con el pago reducido en un 95% de sus contribuciones patronales y una alícuota menor del impuesto a los débitos y créditos.
Ante la extensión de la cuarentena y el cumplimiento de los 90 días corridos de bonificación inicial, el Ejecutivo resolvió dar otros dos meses de descuentos a todas las empresas y establecimientos que presten servicios sanitarios, por lo que los beneficios durarán 150 días.
Por un lado, verán reducidas en un 95% sus cargas patronales, mientras que pagarán alícuotas de 2,50‰ y 5,00‰ del impuesto sobre los créditos y débitos (más conocido como impuesto al cheque) en cuentas bancarias y otras operatorias, respectivamente, que originalmente estaban vedadas a obras sociales.
"A raíz de la situación de emergencia, no solo se debe procurar la adopción de medidas tendientes a la protección de la salud, sino también resulta relevante coordinar esfuerzos en aras de garantizar a los beneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud el acceso a las prestaciones médicas necesarias", indica la norma.
Al igual que lo dispuesto en el decreto de marzo, será la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) quien se encargue de recopilar qué empleadores se verán beneficiados por la medida.
Ante la extensión de la cuarentena y el cumplimiento de los 90 días corridos de bonificación inicial, el Ejecutivo resolvió dar otros dos meses de descuentos a todas las empresas y establecimientos que presten servicios sanitarios, por lo que los beneficios durarán 150 días.
Por un lado, verán reducidas en un 95% sus cargas patronales, mientras que pagarán alícuotas de 2,50‰ y 5,00‰ del impuesto sobre los créditos y débitos (más conocido como impuesto al cheque) en cuentas bancarias y otras operatorias, respectivamente, que originalmente estaban vedadas a obras sociales.
"A raíz de la situación de emergencia, no solo se debe procurar la adopción de medidas tendientes a la protección de la salud, sino también resulta relevante coordinar esfuerzos en aras de garantizar a los beneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud el acceso a las prestaciones médicas necesarias", indica la norma.
Al igual que lo dispuesto en el decreto de marzo, será la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) quien se encargue de recopilar qué empleadores se verán beneficiados por la medida.
Con información de
Cronista

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