SANTA FE
Habilitan las celebraciones religiosas de hasta 30 personas
Martes 30 de
Junio 2020
La cantidad de fieles permitidos no tendrán relación con el espacio físico en que se realicen. Hay localidades excluídas.
Las celebraciones religiosas ya están habilitadas en la provincia de Santa Fe, luego que el gobernador Omar Perotti firmara el decreto permitiendo la actividad.
Este lunes, funcionarios del gobierno ya habían anunciado que se reanudarían este fin de semana en los templos, con un máximo de 30 personas, independientemente de la superficie del ámbito donde la reunión o celebración se realice.
Aquellos que quieran organizar o participar de las ceremonias deberán tener en cuenta:
Utilizar elementos de protección de nariz, boca y mentón
Asegurar la permanente ventilación del espacio
Máximo de ocupación del cincuenta por ciento (50%) de la superficie
Las actividades o celebraciones con una pausa entre ellas que permita la desinfección del local y de los elementos de uso habitual previo a la realización de la siguiente programada
Las autoridades municipales y comunales, en concurrencia con las autoridades provinciales competentes, coordinarán los procedimientos de fiscalización necesarios para garantizar el cumplimiento de las medidas dispuestas en virtud de la vigencia del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, de los protocolos vigentes y de las normas dispuestas en virtud de la emergencia sanitaria.
Quedan excluidas de lo dispuesto, las localidades de Ceres (Departamento San Cristóbal), Santa Rosa de Calchines (Departamento Garay), Carreras y Venado Tuerto (Departamento General López), mientras subsistan las restricciones de actividades vigentes para cada una de ellas.
Este lunes, funcionarios del gobierno ya habían anunciado que se reanudarían este fin de semana en los templos, con un máximo de 30 personas, independientemente de la superficie del ámbito donde la reunión o celebración se realice.
Aquellos que quieran organizar o participar de las ceremonias deberán tener en cuenta:
Utilizar elementos de protección de nariz, boca y mentón
Asegurar la permanente ventilación del espacio
Máximo de ocupación del cincuenta por ciento (50%) de la superficie
Las actividades o celebraciones con una pausa entre ellas que permita la desinfección del local y de los elementos de uso habitual previo a la realización de la siguiente programada
Las autoridades municipales y comunales, en concurrencia con las autoridades provinciales competentes, coordinarán los procedimientos de fiscalización necesarios para garantizar el cumplimiento de las medidas dispuestas en virtud de la vigencia del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, de los protocolos vigentes y de las normas dispuestas en virtud de la emergencia sanitaria.
Quedan excluidas de lo dispuesto, las localidades de Ceres (Departamento San Cristóbal), Santa Rosa de Calchines (Departamento Garay), Carreras y Venado Tuerto (Departamento General López), mientras subsistan las restricciones de actividades vigentes para cada una de ellas.
Con información de
LT10
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