Crimen del parrillero Borda: condenaron a 3 años y 8 meses al agresor por homicidio preterintencional
Jueves 13 de
Agosto 2020
En una audiencia de juicio abreviado que se llevó a cabo este jueves, las partes acordaron la recalificación de la causa y la pena para Marcos Alejandro Toledo, acusado de haber matado al comerciante tras darle un golpe con un caño luego una riña vinculada a las elecciones provinciales del 2019.
La Justicia provincial condenó este jueves al autor del homicidio de Horacio Borda, el parrillero de la zona norte de la ciudad que murió el 15 de julio de 2019 luego de agonizar cuatro meses en el hospital J.M.Cullen por las heridas recibidas durante una pelea de punteros políticos dentro de su comedor el 29 de marzo de ese año.
La audiencia tuvo lugar en tribunales y participaron la fiscal del caso, Ana Laura Gioria, el abogado querellante, Raúl Sartori, la defensa del acusado, a cargo de Ignacio Alfonso Garrone y el propio imputado, Marcos Alejandro Toledo. La resolución estuvo a cargo del juez Dr. Rodolfo Mingarini, quien homologó el juicio abreviado acordado entre las partes e impuso una pena de 3 años y 8 meses de prisión para Toledo.
Si bien el joven de 27 años fue imputado por la Fiscalía por el delito de “homicidio simple” en carácter autor, a partir del avance de la investigación y una declaración del imputado reconociendo el hecho y argumentando que no había tenido intención de quitarle la vida a Borda tras golpearlo con un palo, se tomó la decisión de bajar la calificación del homicidio a preterintencional, es decir, se establece que el agresor tuvo la intención de dañar, pero no de matar.
En diálogo con Aire Digital, Sartori, abogado querellante en la causa, manifestó que la familia de Horacio Borda prestó su conformidad "porque necesitaban terminar con la situación", pero recalcó que "no hay condena que satisfaga el dolor que están atravesando", y que las circunstancias económicas actuales de la familia "se han complicado bastante" debido al cierre del comedor ubicado en Blas Parera al 9300 luego de la muerte de su dueño. Por último, el letrado agradeció "el trabajo efectuado por la fiscal Gioria, que colaboró en todo momento con las pretensiones de la defensa".
La causa por el homicidio de Horacio Borda tiene además otro imputado: el "pelado" Toledo, que inició la agresión dentro del comedor y es padre del joven condenado este jueves. La fiscal Ana Laura Gioria lo imputó en libertad por el delito de lesiones leves en perjuicio de otro de los presentes. Borda lo estaba reteniendo cuando fue atacado.
El caso
El hecho en cuestión ocurrió el 29 de marzo del año pasado cerca de las 1.30 en un local gastronómico de Blas Parera al 9300. Toledo junto a otras tres personas ingresó al local comercial con un caño en la mano por lo que increpó y agredió a un comensal que estaba en la parrilla lo que motivó que se provocara una gresca generalizada.
A raíz del conflicto, intervino el dueño del comercio, Horacio Borda, que cuando estaba intentando separar a algunos de los agresores, el imputado lo golpeó con un caño provocando que Borda caiga al suelo e impacte su cráneo contra un elemento de hierro apostado en el suelo. El parrillero fue trasladado al hospital Cullen, donde fue intervenido quirúrgicamente en tres oportunidades y quedó internado con asistencia respiratoria mecánica en la Unidad de Terapia Intensiva hasta el 15 de julio cuando se constató su fallecimiento.
La audiencia tuvo lugar en tribunales y participaron la fiscal del caso, Ana Laura Gioria, el abogado querellante, Raúl Sartori, la defensa del acusado, a cargo de Ignacio Alfonso Garrone y el propio imputado, Marcos Alejandro Toledo. La resolución estuvo a cargo del juez Dr. Rodolfo Mingarini, quien homologó el juicio abreviado acordado entre las partes e impuso una pena de 3 años y 8 meses de prisión para Toledo.
Si bien el joven de 27 años fue imputado por la Fiscalía por el delito de “homicidio simple” en carácter autor, a partir del avance de la investigación y una declaración del imputado reconociendo el hecho y argumentando que no había tenido intención de quitarle la vida a Borda tras golpearlo con un palo, se tomó la decisión de bajar la calificación del homicidio a preterintencional, es decir, se establece que el agresor tuvo la intención de dañar, pero no de matar.
En diálogo con Aire Digital, Sartori, abogado querellante en la causa, manifestó que la familia de Horacio Borda prestó su conformidad "porque necesitaban terminar con la situación", pero recalcó que "no hay condena que satisfaga el dolor que están atravesando", y que las circunstancias económicas actuales de la familia "se han complicado bastante" debido al cierre del comedor ubicado en Blas Parera al 9300 luego de la muerte de su dueño. Por último, el letrado agradeció "el trabajo efectuado por la fiscal Gioria, que colaboró en todo momento con las pretensiones de la defensa".
La causa por el homicidio de Horacio Borda tiene además otro imputado: el "pelado" Toledo, que inició la agresión dentro del comedor y es padre del joven condenado este jueves. La fiscal Ana Laura Gioria lo imputó en libertad por el delito de lesiones leves en perjuicio de otro de los presentes. Borda lo estaba reteniendo cuando fue atacado.
El caso
El hecho en cuestión ocurrió el 29 de marzo del año pasado cerca de las 1.30 en un local gastronómico de Blas Parera al 9300. Toledo junto a otras tres personas ingresó al local comercial con un caño en la mano por lo que increpó y agredió a un comensal que estaba en la parrilla lo que motivó que se provocara una gresca generalizada.
A raíz del conflicto, intervino el dueño del comercio, Horacio Borda, que cuando estaba intentando separar a algunos de los agresores, el imputado lo golpeó con un caño provocando que Borda caiga al suelo e impacte su cráneo contra un elemento de hierro apostado en el suelo. El parrillero fue trasladado al hospital Cullen, donde fue intervenido quirúrgicamente en tres oportunidades y quedó internado con asistencia respiratoria mecánica en la Unidad de Terapia Intensiva hasta el 15 de julio cuando se constató su fallecimiento.
Con información de
Aire de Santa Fe
#Docentes #SantaFe
— 𝗠𝗮𝘅𝗶 𝗥𝗼𝗺𝗲𝗿𝗼 (@MaxiRomero22) May 7, 2024
Es la “declaración jurada” individual impuesta de modo anterior a una medida colectiva (paro) lo que la censura previa a la libertad de expresión.
Fíjese Gobierno:
Si se dice “designa toda acción u omisión dirigida a dificultar o imposibilitar, en forma…